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Publicación 579SP, Cómo Preparar la Declaración de Impuesto Federal 2005 Tax Year

1.   Información para la Presentación de la Declaración de Impuestos

Qué hay de nuevo

Quién debe declarar. Generalmente, la cantidad de ingresos que usted puede recibir antes de declarar ha sido aumentada. Vea la Tabla 1-1, Tabla 1-2 y Tabla 1-3 para las cantidades específicas.

La declaración por teléfono (Telefile) ya no está disponible. Usted ya no puede presentar su declaración de impuestos por teléfono a través del sistema (TeleFile). Hay otras opciones del sistema electrónico del IRS para pagar los impuestos (e-file) que usted puede usar.

Extensión (Prórroga) automática de 6 meses.  Ahora usted puede usar la Forma 4868(SP), Solicitud de Prórroga Automática para Presentar la Declaración del Impuesto sobre el Ingreso Personal de los Estados Unidos, para obtener una prórroga de plazo automático de 6 meses para presentar su declaración de impuestos.

Enviando su declaración de impuestos por correo. Es posible que usted envíe su declaración a una dirección distinta este año debido a que el IRS ha cambiado la dirección que se usa para presentar su declaración de impuestos en varias áreas. Si usted recibió un sobre con su juego de formas e instrucciones, por favor úselo. Si no, vea más adelante en esta sección el tema titulado, ¿Dónde Presento Mi Declaración?

Recordatorios

Alternativas para declarar sus impuestos. En vez de declarar sus impuestos en papel, usted pudiera declarar electrónicamente usando el sistema electrónico e-file del IRS. Cree su propio número de identificación personal y declare sin usar papel. Para más información, vea el tema titulado, ¿Tengo que Presentar Mi Declaración en Papel?, más adelante.

Cambio de dirección. Si usted cambia su dirección, usted debe notificar al IRS. Vea, Cambio de Dirección, más adelante, bajo, ¿Qué Ocurre Después de que Presento Mi Declaración? Si usted fue afectado(a) por los huracanes Katrina o Rita, pudiera cambiar su dirección verbalmente.

Anote su número de seguro social. Usted debe anotar su número de seguro social en el espacio correspondiente. Si usted presenta una declaración conjunta, anote los números de seguro social (SSN) en el mismo orden en que aparecen los nombres.

Depósito directo de su reembolso. En vez de recibir un cheque, usted puede recibir su reembolso por medio de un depósito directo a su cuenta de banco u otra institución financiera. Vea más adelante el tema titulado, Depósito Directo, bajo, Reembolsos.

Opciones de pago alternativos. Si usted debe impuestos adicionales, puede pagarlos electrónicamente. Vea más adelante el tema titulado, Cómo Pagar.

Acuerdo de pagar a plazos. Si usted no puede pagar todo lo que debe al presentar su declaración de impuestos, podrá solicitar un plan para pagar a plazos mensuales. Vea más adelante el tema titulado, Acuerdo de Pagar a Plazos, bajo, Cantidad que Usted Adeuda.

Servicio en zona de combate. Si usted es miembro de las Fuerzas Armadas que ha prestado servicio en una zona de combate o si prestó servicio en zona de combate en apoyo de las Fuerzas Armadas, a usted se le permite tomar tiempo adicional para atender a sus asuntos tributarios. Vea más adelante el tema titulado, Individuos Prestando Servicio en Zona de Combate, bajo, ¿Cuándo Tengo que Presentar la Declaración?

Número de identificación de contribuyente para hijos adoptados. Si un(a) niño(a) fue puesto(a) en su hogar con el fin de una adopción legal y usted no podrá obtener un número de seguro social para el(la) niño(a) con tiempo para presentar su declaración de impuestos, usted pudiera obtener un número de identificación de contribuyente adoptado. Para más información, vea más adelante el tema titulado, Número de Seguro Social.

Número de identificación de contribuyente individual para extranjeros. Si usted o su dependiente es un(a) extranjero(a) residente o no residente que no posee ni tiene derecho a obtener un número de seguro social, llene y presente la Forma W-7SP, Solicitud de Número de Identificación Personal del Contribuyente del Servicio de Impuestos Internos ante el IRS. Para más información, vea más adelante el tema titulado, Número de Seguro Social.

Introducción

Este capítulo discute:

  • Si usted tiene que presentar una declaración de impuestos,

  • Cuál forma debe usar,

  • Cómo presentar su declaración electrónicamente,

  • Cuándo, cómo y dónde presentar su declaración de impuestos,

  • Qué ocurre si paga muy poco o demasiado impuesto,

  • Qué archivos o registros debe guardar y por cuánto tiempo debe guardarlos y

  • Cómo puede cambiar una declaración de impuestos que ya presentó.

Tabla Requisitos para la Presentación de laDeclaración de Impuestos del 2004 para la Mayoría de los Contribuyentes. Tabla 1-1. Requisitos Para la Presentación de la Declaración del 2005 para la Mayoría de los Contribuyentes.

SI su estado civil para los efectos de la declaración es... Y al final del 2005 usted tenía...* ENTONCES presente una declaración si su ingreso bruto era al menos...**
Soltero(a) menor de 65 años de edad $8,200  
  65 años de edad o mayor $9,450  
Casado(a),
declaración conjunta***
menor de 65 años de edad (ambos cónyuges) $16,400  
  65 años de edad o mayor (un(a) cónyuge) $17,400  
  65 años de edad o mayor (ambos cónyuges) $18,400  
Casado(a),
declaración separada
cualquier edad $3,200  
Cabeza de familia menor de 65 años de edad $10,500  
  65 años de edad o mayor $11,750  
Viudo(a)
calificado(a) con
hijo(a) dependiente
menor de 65 años de edad $13,200  
  65 años de edad o mayor $14,200  
* Si nació el primero de enero del 1941, a usted se le considera que tiene 65 años de edad al final del 2005.
** El ingreso bruto significa todo ingreso que usted recibió en efectivo, mercancías, bienes, propiedades y servicios que no estén exentos de impuestos, incluyendo cualquier ingreso de fuentes fuera de los Estados Unidos (aun si usted pudiera excluir una parte o todo de ese ingreso). No incluya los beneficios del seguro social a menos que usted sea un(a) contribuyente casado(a) que presenta una declaración por separado y haya vivido con su cónyuge en cualquier momento del 2005.
*** Si usted no vivió con su cónyuge al final del 2005 (o en la fecha en que falleció su cónyuge) y su ingreso bruto era al menos $3,200, deberá presentar una declaración sin tener en cuenta su edad.

¿Debo Presentar una Declaración?

Usted debe presentar una declaración de impuestos federales sobre el ingreso si es ciudadano(a) o residente de los Estados Unidos o residente de Puerto Rico y reúne los requisitos para la presentación de la declaración para cualquiera de las siguientes categorías que le apliquen a usted.

  1. Individuos en general. (Hay reglas especiales para los cónyuges sobrevivientes, albaceas, administradores, representantes legales, ciudadanos y los residentes estadounidenses que viven fuera de los Estados Unidos, los residentes de Puerto Rico y los individuos con ingresos provenientes de posesiones de los Estados Unidos.)

  2. Dependientes.

  3. Hijos menores de 14 años de edad.

  4. Personas que trabajan por cuenta propia.

  5. Extranjeros.

Los requisitos para la presentación de la declaración de impuestos para cada categoría se explican en este capítulo.

Los requisitos para la presentación de la declaración de impuestos aplican aunque usted no adeude impuestos.

Consejo
Aunque usted no tenga que presentar una declaración, le pudiera ser ventajoso hacerlo. Vea, Quién Debe Presentar una Declaración, más adelante.

Precaución
Presente solamente una declaración de impuestos federales sobre el ingreso para el año, sin tomar en cuenta cuántos trabajos tuvo, cuántas Formas W-2 recibió o en cuántos estados vivió durante el año.

Individuos—En General

Si usted es ciudadano(a) estadounidense o residente, hay tres factores que determinan si tiene que presentar una declaración o no:

  1. Su ingreso bruto,

  2. Su estado civil para efectos de la declaración y

  3. Su edad.

Para saber si debe presentar una declaración, vea la Tabla 1-1, Tabla 1-2 y Tabla 1-3. Aunque ninguna tabla indique que deba presentar una declaración, usted tal vez necesitará presentar una declaración para que le devuelvan dinero. (Vea, ¿Quién Deberá Presentar una Declaración?, más adelante.)

Ingreso bruto.   El ingreso bruto incluye todo ingreso que reciba en forma de dinero, bienes, propiedad y servicios que no está exento de impuesto. También incluye ingresos provenientes de fuentes fuera de los Estados Unidos (aunque pueda excluir todo o parte de ello). Las clases de ingreso corrientes se discuten en los capítulos del 5 al 12 de esta publicacíón.

Ingreso de la comunidad de bienes.   Si está casado(a) y su hogar permanente está en un estado donde rigen las leyes de la comunidad de bienes matrimoniales, la mitad de cualquier ingreso descrito por la ley estatal como ingreso de la comunidad conyugal puede ser considerada como suya. Esto afecta sus impuestos federales, incluyendo si está obligado(a) a presentar una declaración si no presenta conjuntamente con su cónyuge. Para más información, vea, la Publicación 555, Community Property (Comunidad de Bienes), en inglés.

Personas que trabajan por cuenta propia.   Si usted trabaja por cuenta propia, su ingreso bruto incluye la cantidad en la línea 7 del Anexo C (Forma 1040), Profit or Loss From Business (Ganancias y Pérdidas de Negocios), en inglés, o la línea 1 del Anexo C-EZ (Forma 1040), Net Profit from Business (Ganancias Netas de Negocios), en inglés. El ingreso bruto también incluye la cantidad en la línea 11 del Anexo F (Forma 1040), Profit or Loss From Farming (Ganancias o Pérdidas Agrícolas), en inglés. Vea más adelante el tema titulado, Personas que Trabajan por Cuenta Propia, para más información sobre los requisitos para presentar su declaración.

  
Precaución
Si usted no declara todo su ingreso de trabajo por cuenta propia, sus beneficios del seguro social pudieran ser disminuidos cuando se jubile.

Estado civil para efectos de la declaración.   Su estado civil para efectos de la declaración se determina por su situación familiar y si es soltero(a) o casado(a). Su estado civil se determina el último día de su año tributable, el cual es el 31 de diciembre para casi todos los contribuyentes. Vea el capítulo 2 para una explicación de cada estado civil para efectos de la declaración.

Edad.   En general, si tiene 65 años de edad o más antes del fin de año, usted puede tener un ingreso bruto mayor que otros contribuyentes antes de tener que presentar una declaración. Vea la Tabla 1-1. A usted se le considera tener 65 años de edad el día antes de cumplir los 65 años. Por ejemplo, si usted cumple 65 años el primero de enero del 2006, se considera que usted tenía 65 años de edad durante el 2005.

Cónyuges Sobrevivientes, Albaceas, Administradores o Representantes Legales

Usted debe presentar una declaración de impuestos final para el(la) difunto(a) (persona que falleció) si ambas de las siguientes condiciones se cumplen:

  • Usted es el(la) cónyuge sobreviviente, albacea, administrador(a) o representante legal.

  • El(la) difunto(a) cumplió con los requisitos para presentar una declaración de impuestos en la fecha de su fallecimiento.

Vea la Publicación 559, Survivors, Executors and Administrators (Sobrevivientes, Albaceas y Administradores), en inglés, para más información sobre las reglas de presentación de la declaración final de un(a) difunto(a).

Ciudadanos de los Estados Unidos y Residentes que Viven Fuera de los Estados Unidos

Si usted es ciudadano(a) de los Estados Unidos o es un(a) residente que vive fuera de los Estados Unidos, deberá presentar una declaración si reúne los requisitos para presentar una declaración. Para información sobre las reglas de impuestos especiales que le pudieran corresponder, vea la Publicación 54, Tax Guide for U.S. Citizens and Resident Aliens Abroad (Guía de Impuestos para Ciudadanos de los Estados Unidos y Residentes Extranjeros que Residen en el Extranjero), en inglés. Está disponible en casi todas las embajadas y consulados de los Estados Unidos. Vea también Cómo Obtener Ayuda con los Impuestos al final de esta publicación.

Residentes de Puerto Rico

Generalmente, si usted es un(a) ciudadano(a) estadounidense y residente de Puerto Rico, debe presentar una declaración de impuestos sobre el ingreso de los Estados Unidos si usted cumple con los requisitos de presentación. Esto es además de cualquier requisito legal que usted pudiera tener de presentar una declaración de impuestos sobre el ingreso de Puerto Rico.

Si usted es un(a) residente de Puerto Rico durante todo el año, el ingreso bruto no incluye ingreso proveniente de fuentes dentro de Puerto Rico, excepto por cantidades recibidas como empleado(a) de los Estados Unidos o de una agencia de los Estados Unidos. Si recibe ingresos provenientes de fuentes de Puerto Rico que no están sujetos a impuestos estadounidenses, debe reducir su deducción estándar. Como resultado, la cantidad de ingreso que usted debe tener antes de que se le requiera presentar una declaración de impuestos sobre el ingreso de los Estados Unidos es menor de la cantidad aplicable en la Tabla 1-1 ó la Tabla 1-2. Para obtener más información, vea la Publicación 570, Tax Guide for Individuals With Income From U.S. Possessions (Guía Tributaria para Individuos con Ingreso de Posesiones de los Estados Unidos), en inglés.

Individuos con Ingresos Provenientes de Posesiones de los Estados Unidos

Si usted tuvo ingreso proveniente de Guam, la Mancomunidad de las Islas Marianas del Norte, la Samoa Estadounidense o de las Islas Vírgenes, le pudieran aplicar reglas especiales al determinar si usted debe presentar una declaración de impuestos federales sobre el ingreso. Además, tal vez deberá presentar una declaración con el gobierno de la isla en cuestión. Para más información, vea la Publicación 570, en inglés.

Dependientes

Si usted es un(a) dependiente (una persona que cumple con los requisitos para ser reclamado(a) como dependiente como se indica en el capítulo 3), vea la Tabla 1-2 para determinar si debe presentar una declaración. Usted también debe presentar una declaración si su situación se describe en la Tabla 1-3.

Tabla This table provides the 2003 filing requirements for dependents, enespañol.. Tabla 1-2. Requisitos Para la Presentación de la Declaración para Dependientes en el 2005.

Vea el capítulo 3 para saber si alguien puede reclamarle a usted como un(a) dependiente.
Si sus padres (u otra persona) pueden reclamarle a usted como dependiente y cualquiera de las situaciones siguientes le corresponde, usted debe presentar una declaración. (Vea la Tabla 1-3 para ver otras situaciones en que usted debe presentar una declaración.)
En esta tabla, el ingreso del trabajo incluye sueldos, salarios, propinas y honorarios profesionales. También incluye becas gravables tradicionales y para hacer investigaciones académicas. (Vea el tema titulado, Becas académicas y de investigaciones académicas, en el capítulo 12.) El ingreso no derivado del trabajo incluye ingresos relacionados con las inversiones, tales como intereses tributables, dividendos y ganancias de capital. Esto también incluye la compensación por desempleo, beneficios tributables del seguro social, pensiones, anualidades y distribuciones de ingresos no derivados del trabajo provenientes de un fideicomiso. El ingreso bruto es el total de su ingreso del trabajo e ingresos no derivados del trabajo.
Dependientes solteros — ¿Tenía usted 65 años de edad o más, o estaba ciego(a)?
No. Usted debe presentar una declaración de impuestos si cualquiera de las siguientes situaciones le corresponde:
    Sus ingresos no derivados del trabajo eran mayores de $800.
    Su ingreso del trabajo era mayor de $5,000.
    Su ingreso bruto era más de la cantidad mayor entre:
      $800 ó
      Su ingreso del trabajo (hasta $4,750) más $250.
Sí. Usted debe presentar una declaración de impuestos si cualquiera de las siguientes situaciones le corresponde:
    Sus ingresos no derivados del trabajo eran mayores de $2,050 ($3,300 si tiene 65 años de edad o más y estaba ciego(a)).
    Su ingreso del trabajo era mayor de $6,250 ($7,500 si tiene 65 años de edad o más y estaba ciego(a)).
    Su ingreso bruto era mayor de $1,250 ($2,500 si tiene 65 años de edad o más y estaba ciego(a)), más la cantidad mayor entre:
      $800 ó
      Su ingreso del trabajo (hasta $4,750) más $250.
Dependientes casados — ¿Tenia usted 65 años de edad o más,o estaba ciego(a)?
No. Usted debe presentar una declaración de impuestos si cualquiera de las siguientes situaciones le corresponde:
    Sus ingresos no derivados del trabajo eran mayores de $800.
    Su ingreso del trabajo era mayor de $5,000.
    Su ingreso bruto era de por lo menos $5 y su cónyuge presenta una declaración de impuestos separada y detalla sus deducciones.
    Su ingreso bruto era la cantidad mayor entre:
      $800 ó
      Su ingreso del trabajo (hasta $4,750) más $250.
Sí. Usted debe presentar una declaración de impuestos si cualquiera de las siguientes situaciones le corresponde:
    Sus ingresos no derivados del trabajo eran mayores de $1,800 ($2,800 si tiene 65 años de edad o más y estaba ciego(a)).
    Su ingreso del trabajo era mayor de $6,000 ($7,000 si tiene 65 años de edad o más y estaba ciego(a)).
    Su ingreso bruto era de por lo menos $5 y su cónyuge presenta una declaración de impuestos separada y detalla sus deducciones.
    Su ingreso bruto era mayor de $1,000 ($2,000 si tiene 65 años de edad o más y estaba ciego(a)), más la cantidad mayor entre:
      $800 ó
      Su ingreso del trabajo (hasta $4,750) más $250.

Responsabilidad del padre.   En general, un(a) hijo(a) tiene el deber de presentar su propia declaración de impuestos y pagar los impuestos debidos. Pero si por algún motivo un(a) hijo(a) dependiente que debe presentar una declaración de impuestos sobre el ingreso no puede presentarla, ya sea por su edad u otra razón, el padre o madre, tutor(a) u otra persona responsable bajo la ley por ese(a) dependiente debe presentarla de parte del(la) hijo(a). Si el(la) hijo(a) no puede firmar la declaración, el padre o madre, o tutor(a) debe firmar el nombre del(la) hijo(a) junto a las palabras: “By (your signature), parent for minor child” (Por (su firma), padre (o tutor) para un(a) hijo(a) menor).

Ganancias de un(a) hijo(a).   El ingreso bruto de un(a) hijo(a) es la cantidad que el(la) mismo(a) gana por prestar servicios. Esto es cierto aunque bajo las leyes locales los padres del(la) hijo(a) tengan derecho a las ganancias e incluso las hayan recibido. Si el(la) hijo(a) no paga los impuestos debidos sobre este ingreso, el padre es responsable por pagar los impuestos.

Hijos Menores de 14 Años de Edad

Si los únicos ingresos de un menor son intereses y dividendos (incluyendo reparticiones de ganancias de capital y dividendos del Alaska Permanent Fund (Fondo Permanente de Alaska)) y reúne ciertas otras condiciones, el padre o madre puede elegir la opción de incluir el ingreso del(la) niño(a) en la declaración del padre o madre. Si los padres eligen esta opción, el(la) hijo(a) no tiene que presentar una declaración. Vea el tema, Parent's Election To Report Child's Interest and Dividends (Elección de los Padres de Declarar los Intereses y Dividendos de un(a) Hijo(a)) en el capítulo 31 de la Publicación 17, en inglés.

Personas que Trabajan por Cuenta Propia

Usted trabaja por cuenta propia si:

  • Opera una ocupación o negocio como dueño único,

  • Es contratista independiente,

  • Es miembro de una sociedad colectiva,

  • Hace negocios para usted mismo de cualquier otra manera.

    Además de sus actividades de negocio regulares a tiempo completo, el trabajo por cuenta propia puede incluir ciertos trabajos de medio tiempo que hace en casa o además de su trabajo regular.

    Tiene que presentar una declaración si su ingreso bruto es por lo menos tanto como la cantidad para los requisitos para la presentación de la declaración de impuestos que corresponde a su estado civil para efectos de la declaración y su edad (se encuentra en la Tabla 1-1). También, usted tiene que presentar la Forma 1040 y el Anexo SE (Forma 1040), Self-Employment Tax (Impuesto Sobre el Trabajo por Cuenta Propia), en inglés, si:

  1. Su ingreso neto del trabajo por cuenta propia (excluyendo ingresos como empleado de una iglesia) era de $400 ó más, o

  2. Tenía ingreso como empleado de una iglesia de $108.28 ó más. (Vea la Tabla 1-3.)

Use el Anexo SE (Forma 1040) para calcular su impuesto sobre el trabajo por cuenta propia. El impuesto sobre el trabajo por cuenta propia es comparable al impuesto del seguro social y del Medicare que se retiene del sueldo de un(a) empleado(a). Para mas información sobre este impuesto, consiga la Publicación 334, en inglés.

Empleados de gobiernos extranjeros y de organismos internacionales.   Si usted es un(a) ciudadano(a) de los Estados Unidos que trabaja en los Estados Unidos para un organismo internacional, un gobierno extranjero o una entidad que opera enteramente bajo un gobierno extranjero y su patrono(a) o empleador(a) no está obligado(a) a retener impuestos del seguro social y del Medicare de su sueldo, deberá incluir su compensación por servicios prestados en los Estados Unidos cuando calcule su ingreso neto del trabajo por cuenta propia.

Ministros.   Usted debe incluir el ingreso procedente de servicios prestados como ministro cuando calcule su ingreso neto del trabajo por cuenta propia, a menos que tenga una exención de la contribución sobre el trabajo por cuenta propia. Esto incluye a los practicantes de la Ciencia Cristiana y a miembros de órdenes religiosas que no han tomado un voto de pobreza. Para más información, obtenga la Publicación 517, Social Security and Other Information for Members of the Clergy and Religious Workers (El Seguro Social y Otra Información para Miembros del Clero y Trabajadores Religiosos), en inglés.

Extranjeros

Su estado como extranjero(a)—residente, no residente o extranjero(a) con doble residencia—determina si, y cómo, usted debe presentar una declaración de impuestos sobre el ingreso.

Las reglas que se usan para determinar su estado de extranjero(a) se discuten en la Publicación 519, U.S. Tax Guide for Aliens (Guía de Impuestos para Extranjeros), en inglés.

Extranjero(a) residente.   Si usted es un(a) extranjero(a) residente durante todo el año, tiene que presentar una declaración de impuestos acatando las mismas reglas que les aplican a los ciudadanos estadounidenses. Use las formas discutidas en esta publicación.

Extranjero(a) no residente.   Si usted es un(a) extranjero(a) no residente, las reglas y formas de impuestos que le aplican son distintas de las que les aplican a los ciudadanos estadounidenses y a los extranjeros residentes. Vea la Publicación 519 para saber si las leyes tributarias de los Estados Unidos le aplican a usted y cuáles formas deberá presentar.

Contribuyente con doble residencia.   Si es extranjero(a) residente por una parte del año y extranjero(a) no residente por el resto del año, usted es contribuyente con doble residencia. Se aplican unas reglas distintas para cada parte del año. Para información sobre contribuyentes con doble residencia, vea la Publicación 519.

Quién Deberá Presentar una Declaración

Aunque usted no tenga que presentar, deberá presentar una declaración de impuestos federales sobre el ingreso para que le devuelvan dinero si cualquiera de las siguientes condiciones le corresponde.

  1. Le retuvieron a usted impuestos federales sobre el ingreso de su sueldo.

  2. Califica para el crédito por ingreso del trabajo. Vea el capítulo 36 de la Publicación 17, en inglés, para más información.

  3. Califica para el crédito tributario adicional por hijos. Vea el capítulo 17 para más información.

  4. Califica para el crédito por seguro de salud. Vea el capítulo 37 de la Publicación 17 para más información.

¿Cuál Forma Deberé Usar?

Usted debe escoger una de tres formas para presentar su declaración de impuestos. Éstas son: la Forma 1040EZ, la Forma 1040A o la Forma 1040. (Pero vea también el tema titulado, ¿Tengo que Presentar Mi Declaración en Papel?, más adelante).

Tabla This table provides the 2003 filing requirements for dependents, enespañol.. Tabla 1-3. Otras Situaciones en que Usted Debe Presentar una Declaración de Impuestos para el 2005

Si cualquiera de las cuatro condiciones que se indican más abajo le corresponde, usted debe presentar una declaración de impuestos aunque su ingreso sea menor de la cantidad mostrada en la Tabla 1-1 ó la Tabla 1-2.
1. Usted debe impuestos especiales, tales como:
 
  • El impuesto del seguro social o del Medicare sobre propinas que usted no informó a su patrono(a) o empleador(a). (Vea el capítulo 6 .)

  • El impuesto del seguro social, del Medicare o de la jubilación ferroviaria sobre propinas no retenido o recaudado que usted informó a su patrono(a) o empleador(a). (Vea el capítulo 6 .)

  • El impuesto del seguro social, del Medicare o de la jubilación ferroviaria sobre su seguro temporal de vida colectivo no retenido o recaudado. Esta cantidad debe mostrarse en el encasillado 12 de su Forma W-2.

  • Impuesto mínimo alternativo. (Vea el capítulo 30 de la Publicación 17, en inglés.)

  • Impuestos adicionales sobre un plan de jubilación calificado, incluyendo un plan de ahorro para la jubilación (IRA). (Vea el capítulo 17 de la Publicación 17, en inglés.)

  • Impuestos adicionales sobre una cuenta Archer de ahorros médicos o una cuenta de ahorros para la salud. (Vea la Publicación 969, Health Savings Accounts and Other Tax-Favored Health Plans (Cuentas de Ahorros para la Salud y Otros Planes para la Salud con Beneficios Tributarios), en inglés.)

  • Impuestos adicionales sobre una cuenta Coverdell para la educación o un programa de matrícula calificada. (Vea la Publicación 970, Tax Benefits for Education (Beneficios Tributarios para la Educación), en inglés.)

  • Recuperación de un crédito de inversión o de un crédito para viviendas para personas de bajos recursos. (Vea las instrucciones para la Forma 4255, Recapture of Investment Credit (Recuperación del Crédito por Inversiones), o para la Forma 8611, Recapture of Low-Income Housing Credit (Recuperación del Crédito para Residencias de Bajos Recursos, en inglés.)

  • Recuperación de impuestos sobre la disposición de una casa comprada con una hipoteca subvencionada por el gobierno federal. (Vea el capítulo 15.)

  • Recuperación del crédito por vehículos eléctricos calificados. (Vea el capítulo 37 de la Publicación 17, en inglés.)

  • Recuperación de un crédito educativo. (Vea el capítulo 35 de la Publicación 17, en inglés.)

  • Recuperación del crédito por empleo de amerindios. (Vea las instrucciones para la Forma 8845, Indian Employment Credit (Crédito por el Empleo de Amerindios), en inglés.)

  • Recuperación del crédito por mercados nuevos. (Vea la Forma 8874, New Market Credit (Crédito por Mercados Nuevos), en inglés.)

2. Usted recibió algún pago por adelantado del crédito del ingreso del trabajo de su patrono(a) o empleador(a). Esta cantidad debe aparecer en el encasillado 9 de su Forma W-2. (Vea el capítulo 36 de la Publicación 17, en inglés.)
3. Usted tiene ingreso neto del trabajo por cuenta propia de por lo menos $400. (Vea el tema titulado, Personas que Trabajan por Cuenta Propia, anteriormente en este capítulo.)
4. Usted tiene salarios de $108.28 ó más de una iglesia o una organización calificada controlada por una iglesia que está exenta de los impuestos del seguro social y del Medicare del patrono(a) o empleador(a). (Vea la Publicación 334, en inglés.)

Forma 1040EZ

La Forma 1040EZ es la forma más sencilla que usted puede usar.

Usted podrá usar la Forma 1040EZ si todas las siguientes situaciones le aplican:   
  1. Su estado civil para efectos de la declaración es soltero(a) o casado(a) que presenta conjuntamente. Si usted era extranjero(a) no residente en cualquier momento del 2005, su estado civil para efectos de la declaración deberá ser casado(a) que presenta conjuntamente.

  2. Usted (y su cónyuge si es casado(a) que presenta una declaración conjunta) tenía menos de 65 años de edad y no estaba ciego(a) al final del 2005. Si usted nació el 1ro. de enero de 1941, a usted se le considera tener 65 años de edad al final del 2005.

  3. Usted no reclama ningún dependiente.

  4. Su ingreso tributable es menor de $100,000.

  5. Su ingreso proviene únicamente de sueldos, salarios, propinas, compensación por desempleo, dividendos del Alaska Permanent Fund (Fondo Permanente de Alaska), subvenciones o becas tributables, e intereses tributables de $1,500 ó menos.

  6. Usted no recibió ningún pago por adelantado del crédito por ingreso del trabajo.

  7. Usted no reclama ningún ajuste al ingreso, tal como una deducción por aportaciones hechas a una cuenta de ahorros individual para la jubilación (conocida por sus siglas en inglés, IRA) o intereses sobre un préstamo estudiantil.

  8. Usted no reclama ningún crédito que no sea el crédito por ingreso del trabajo.

  9. Usted no debe impuestos por trabajadores domésticos sobre salarios que le pagó a un(a) trabajador(a) doméstico(a).

  Usted debe cumplir con todos estos requisitos para poder usar la Forma 1040EZ. Si no lo hace, usted debe utilizar la Forma 1040A o la Forma 1040.

Calcular el impuesto.   En la Forma 1040EZ, usted puede usar sólo la tabla de impuestos para calcular su impuesto. Usted no puede usar la Forma 1040EZ para declarar cualquier otro impuesto.

Forma 1040A

Si usted no llena los requisitos para utilizar la Forma 1040EZ, entonces pudiera utilizar la Forma 1040A.

Usted podrá usar la Forma 1040A si todas las siguientes situaciones le aplican:


  1. Su ingreso proviene únicamente de salarios, sueldos, propinas, reparticiones de una cuenta de ahorros individual para la jubilación (conocida por sus siglas en inglés, IRA), pensiones y anualidades, beneficios del seguro social y de la jubilación ferroviaria que son tributables, subvenciones o becas tributables, intereses, dividendos ordinarios (incluyendo dividendos del Alaska Permanent Fund (Fondo Permanente de Alaska)), reparticiones de ganancias de capital y la compensación por desempleo.

  2. Su ingreso tributable es menor de $100,000.

  3. Sus ajustes al ingreso se deben solamente a los siguientes artículos:

    1. Gastos del(la) educador(a).

    2. Deducción de una cuenta de ahorros individual para la jubilación (conocida por sus siglas en inglés, IRA).

    3. Deducción de intereses sobre un préstamo estudiantil.

    4. Deducción de matrícula y cargos escolares.

  4. Usted no detalla sus deducciones.

  5. Sus impuestos son únicamente de los siguientes artículos:

    1. La Tabla de Impuesto .

    2. El impuesto mínimo alternativo. (Vea el capítulo 30 de la Publicación 17, en inglés.)

    3. Pagos adelantados del crédito por ingreso del trabajo, si es que usted haya recibido alguno. (Vea el capítulo 36 de la Publicación 17, en inglés.)

    4. Recuperación de un crédito educativo. (Vea el capítulo 35 de la Publicación 17, en inglés.)

    5. La Forma 8615, Tax for Children Under Age 14 With Investment Income of More Than $1,600 (Impuesto para Hijos Menores de 14 Años de Edad con Ingreso de Inversiones Mayor de $1,600), en inglés.

    6. La hoja de trabajo Qualified Dividends and Capital Gain Tax Worksheet (Hoja de Trabajo para el Impuesto sobre Dividendos Calificados y Ganancias de Capital), en inglés.

  6. Usted reclama sólo los siguientes créditos tributarios:

    1. El crédito por gastos de cuidado de hijos y dependientes. (Vea el capítulo 16.)

    2. El crédito para ancianos o para personas incapacitadas. (Vea el capítulo 33 de la Publicación 17, en inglés.)

    3. El crédito tributario por hijos. (Vea el capítulo 17.)

    4. El crédito tributario adicional por hijos. (Vea el capítulo 17.)

    5. Los créditos por enseñanza superior. (Vea el capítulo 35 de la Publicación 17, en inglés.)

    6. El crédito por contribuciones a los ahorros para la jubilación. (Vea el capítulo 37 de la Publicación 17, en inglés.)

    7. El crédito por ingreso del trabajo. (Vea el capítulo 36 de la Publicación 17, en inglés.)

    8. El crédito por adopción. (Vea el capítulo 37 de la Publicación 17, en inglés.)

  7. Usted no tuvo un ajuste al impuesto mínimo alternativo sobre acciones que adquirió al ejercer una opción de compra de acciones con incentivo. (Vea la Publicación 525, Taxable and Nontaxable Income (El Ingreso Desgravable y no Desgravable), en inglés.)

Usted debe cumplir con todos los requisitos mencionados arriba para usar la Forma 1040A. Si no lo hace, deberá usar la Forma 1040.

Si cumple con los requisitos arriba, usted puede usar la Forma 1040A aunque usted haya recibido beneficios por adopción o beneficios para el cuidado de dependientes provistos por su patrono(a) o empleador(a).

Precaución
Si usted recibe una repartición de ganancias de capital que incluye ganancias bajo la sección 1250 no recuperadas, ganancias bajo la sección 1202 ó ganancias cobrables (28%), usted no puede usar la Forma 1040A. Debe usar la Forma 1040.

Forma 1040

Si no puede usar la Forma 1040EZ o la Forma 1040A, usted debe usar la Forma 1040. Usted puede usar la Forma 1040 para informar todos los tipos de ingresos, deducciones y créditos.

Usted pudiera haber recibido la Forma 1040A o la Forma 1040EZ en el correo debido a la declaración que presentó el año pasado. Si su situación ha cambiado este año, pudiera ser de su provecho presentar la Forma 1040 en su lugar. Usted pudiera pagar menos impuesto presentando la Forma 1040 porque puede tomar deducciones detalladas, algunos ajustes al ingreso y créditos que usted no puede tomar en la Forma 1040A ni en la Forma 1040EZ.

Usted debe usar la Forma 1040 si cualquiera de las siguientes situaciones le aplica:   
  1. Su ingreso tributable es de $100,000 ó más.

  2. Usted detalla sus deducciones.

  3. Usted tenía ingreso que no puede ser declarado en la Forma 1040EZ o en la Forma 1040A, incluyendo intereses exentos de impuesto provenientes de bonos de actividad privada que fueron emitidos después del 7 de agosto del 1986.

  4. Usted reclama cualquier ajuste al ingreso bruto que no sean los ajustes mencionados anteriormente bajo, Forma 1040A.

  5. El encasillado 12 de su Forma W-2 muestra impuesto no cobrado (impuesto del seguro social y del Medicare) sobre propinas correspondiente al(la) empleado(a) (vea el capítulo 6 ) o sobre el seguro temporal de vida colectivo (vea el capítulo 5 ).

  6. Usted recibió $20 ó más en propinas en cualquier mes y no las informó todas a su patrono(a) o empleador(a). (Vea el capítulo 6 ).

  7. Usted reclama cualesquier créditos que no sean los mencionados anteriormente bajo, Forma 1040A.

  8. Usted adeuda impuestos indirectos sobre remuneraciones por acciones negociadas por oficiales de una corporación expatriada.

  9. Su Forma W-2 muestra una cantidad en el encasillado 12 con un código Z.

  10. Usted tiene que presentar otras formas con su declaración para declarar ciertas exclusiones, impuestos o transacciones.

¿Tengo que Presentar Mi Declaración en Papel?

A lo mejor usted podrá presentar una declaración de impuestos sin papel usando el sistema IRS e-file (presentación electrónica de declaraciones de impuesto). Es tan fácil que el año pasado más de 68 millones de contribuyentes prefirieron presentar su declaración electrónicamente en vez de hacerlo en una declaración usando papel.

Esta sección explica cómo presentar electrónicamente:

  • Usando a un(a) proveedor(a) autorizado(a) para la presentación electrónica IRS e-file o,

  • Usando su computadora personal.

El Sistema Electrónico e-file del IRS

Tabla Sistema Electrónico para la Presentación de la Declaración de impuestos.

Sistema Electrónico para la Presentación de la Declaración deimpuestos

En la Tabla 1-4 se encuentra una lista de los beneficios de la presentación electrónica de declaraciones de impuesto e-file del IRS. El sistema e-file del IRS hace uso de la automatización para reemplazar la mayor parte de los pasos manuales que se necesitan para procesar declaraciones usando papel. Por lo tanto, el procesamiento de las declaraciones electrónicas se hace mas rápidamente y con mas exactitud que la de las declaraciones en papel. Sin embargo, como en el caso de una declaración en papel, usted tiene la responsabilidad de asegurarse de que la declaración se presente puntualmente y que la información en la misma sea exacta.

Utilizar el sistema electrónico e-file del IRS no afecta la posibilidad de que el IRS realice una auditoría de su declaración.

Firmas electrónicas.   Cree usted su propio número de identificación personal (conocido por sus siglas en inglés, PIN) y emplee a un(a) especialista en impuestos o presente su propia declaración electrónica sin usar papel. Si está presentando una declaración conjunta, usted y su cónyuge cada uno tendrá que crear un PIN y usar ambos PIN como firmas electrónicas.

  Un PIN es cualquier combinación de 5 números que escoja, excluyendo cinco ceros. Si usa un número de identificación personal no habrá nada que firmar y nada para enviar por correo, ni siquiera sus Formas W-2.

  Para verificar su identidad, se le pedirá que provea la cantidad de su ingreso bruto ajustado que presentó originalmente en su declaración de impuestos del año 2004, si es aplicable. No use su ingreso bruto ajustado de una declaración enmendada (la Forma 1040X), en inglés, aviso de error matemático u otra cantidad cambiada por el IRS. El ingreso bruto ajustado es la suma que aparece en la línea 36 de la Forma 1040 del 2004; la línea 21 de la Forma 1040A del 2004; la línea 4 de la Forma 1040EZ del 2004 y en la línea 1 del Telefile Tax Record (Récord o Archivo de la Presentación por Teléfono (TeleFile)). Si usted no tiene su declaración de impuestos del 2004, llame al IRS a 1-800-829-1040 para obtener una apógrafo (transcripción) gratuita de su cuenta de impuestos. A usted también se le pedirá que provea su fecha de nacimiento. Vea su estado de cuenta anual que le provee la Administración de Seguro Social para verificar que la información que tiene la Administración de Seguro Social en sus archivos esté correcta y que sea igual a la fecha de nacimiento que usted tiene.

  
Precaución
Usted no puede firmar su declaración de impuestos electrónicamente si está presentando su declaración por primera vez y es menor de 16 años de edad al final del 2005, o si está presentando las Formas 3115, 3468 (si se requieren documentos adjuntos), 5713, 8283 (si está completando la Sección B), 8332, 8858 ó 8885, todas en inglés.

  Para más detalles sobre el método para auto-seleccionar un PIN, visite la página Web del IRS www.irs.gov/efile y haga clic en el tema “IRS e-file for Individual Taxpayers ” (Presentación por e-file del IRS para Contribuyentes Individuales).

Tabla Beneficios del IRS-efile. Tabla 1-4. Beneficios del sistema e-file del IRS

¡Elegible para Opciones Gratuitas para la Presentación de la Declaración!
  • Las opciones gratuitas para la presentación de la declaración permiten a los contribuyentes calificados preparar y presentar electrónicamente su declaración de impuestos en línea por medio de programas comerciales de computadoras gratuitos para la preparación de la declaración de impuestos.

  • Estudie los programas comerciales de computadoras para la preparación de la declaración de impuestos en línea ofrecidos por proveedores de dichos servicios y determine si usted es elegible al visitar la ciberpágina de opciones gratuitas para la presentación de la delaración a www.irs.gov.

¡Rápido! ¡Fácil! ¡Conveniente!
  • Obtenga su reembolso en la mitad del tiempo que les toma a los presentadores en formas de papel, aun más rápido y seguro con el uso del Depósito Directo.

  • Firme electrónicamente y presente su declaración sin usar papel.

  • Reciba electrónicamente dentro de 48 horas un acuso de recibo como prueba de que el IRS recibió su declaración de impuestos.

  • Si usted adeuda impuestos, puede presentar electrónicamente y autorizar un retiro de fondos electrónico o pagar con tarjeta de crédito. Si usted presenta electrónicamente antes del 17 de abril del 2006, puede preparar un retiro de fondos electrónico de su cuenta corriente o de ahorros aún hasta el 17 de abril del 2006, a más tardar.

  • Prepare y presente sus declaraciones de impuestos federales y estatales juntos y ahorre tiempo.

¡Veraz! ¡Seguro!
  • Las computadoras del IRS revisan rápida y automáticamente para ver si hay errores o si falta cualquier información.

  • La probabilidad de que se le haga una auditoría (revisión) no difiere si usted presenta una declaración electrónica o si presenta su declaración en papel.

  • La información de su cuenta bancaria es asegurada junto con la otra información de su declaración de impuestos. El IRS no tiene acceso a números de tarjetas de crédito.

consejo
Un(a) proveedor(a) autorizado(a) para la presentación electrónica del e-file del IRS puede, con la autorización de usted, crearle un PIN .

Formas 8453 y 8453-OL.   Su declaración no está completa sin su firma. Si usted no es elegible o si decide no firmar su declaración electrónicamente, usted debe completar, firmar y presentar la Forma 8453(SP), Declaración del Impuesto sobre el Ingreso Personal de los Estados Unidos por medio de la Presentación Electrónica del IRS (e-file) o la Forma 8453-OL(SP), Declaración del Impuesto sobre el Ingreso Personal de los Estados Unidos por medio de la Presentación Electrónica del IRS (e-file) En-Línea, cualquiera que le corresponda.

Declaraciones estatales.   En la mayoría de los estados, usted puede presentar electrónicamente una declaración de impuestos del estado simultáneamente con su declaración del impuesto federal. Para más información, póngase en contacto con su oficina local del IRS, agencia estatal de impuestos, un(a) preparador(a) profesional de impuestos o visite el cibersitio del IRS a: www.irs.gov/efile.

Reembolsos.   Usted puede recibir un cheque de reembolso por correo o puede hacer que su reembolso se deposite directamente en su cuenta corriente o de ahorros. Con el sistema e-file, su reembolso será expedido en la mitad del tiempo que demoraría si presentara en papel.

   Así como con una declaración de impuestos en papel, usted quizás no obtenga su reembolso completo si usted adeuda ciertas cantidades atrasadas o vencidas, tales como cantidades debidas en concepto de impuesto federal, impuesto estatal, un préstamo estudiantil o para la manutención de un(a) menor. Vea el tema, Compensación contra deudas, bajo, Reembolsos, más adelante.

Averiguación sobre el estado de reembolsos.   Si usted no recibe su reembolso dentro de 3 semanas después de que su declaración de impuestos fue aceptada por el IRS, vea el tema, Reembolsos Vencidos, más adelante.

Saldo adeudado.   Si adeuda impuestos, usted debe pagarlos para el 17 de abril del 2006 para evitar multas e intereses por no pagar a tiempo. Usted puede hacer su pago electrónicamente programando un retiro de fondos electrónico de su cuenta corriente o de ahorros o pagando con una tarjeta de crédito.

   Vea, Cómo Pagar, más adelante, para más información sobre cómo pagar su saldo.

Usando un(a) Profesional Especialista Autorizado(a) en Impuestos por Medio de e-file

Use IRS e-file proveedor autorizado
Muchos profesionales de impuestos presentan declaraciones electrónicamente de parte de sus clientes. Como contribuyente tiene dos opciones:

  1. Usted puede preparar su propia declaración, entregársela a un(a) preparador(a) autorizado(a) y pedirle al(la) mismo(a) que se la transmita electrónicamente al IRS.

  2. Usted puede solicitar que un(a) profesional especialista en impuestos prepare y transmita su declaración electrónicamente.

Usted puede personalmente firmar la declaración usando un PIN o completar la Forma 8879(SP), Autorización de Firma para Presentar por medio del IRS e-file, para autorizar a un(a) proveedor(a) que firme su número de identificación personal en su declaración de impuestos.

Nota.

Un(a) profesional especialista en impuestos le puede cobrar para presentar por medio del sistema electrónico e-file del IRS dependiendo del(la) profesional y de los servicios específicos que solicite.

Usando una Computadora Personal

Acceso por computadora
Usted puede presentar su declaración de impuestos de una manera rápida, fácil y cómoda usando su computadora personal. Una computadora con un módem o con acceso a la red Internet y un programa comercial para la preparación de impuestos es todo lo que usted necesita. Lo mejor de todo es que usted puede presentar su declaración de impuestos usando el sistema electrónico e-file cómodamente desde su hogar a cualquier hora del día o de la noche.

Los programas comerciales de computadoras para la preparación de impuestos que son aprobados por el IRS están disponibles para su uso en-línea de la red Internet, para ser descargados (bajados) de la red Internet, y en varias tiendas.

Para información, visite nuestro sitio en la red Internet a: www.irs.gov/efile.

A Través de su Patrono(a) e Instituciones Financieras

Algunos negocios les ofrecen a sus empleados, miembros o clientes la oportunidad de presentar sus declaraciones por medio del sistema e-file. Otros lo ofrecen por un cargo. Pregúntele a su patrono(a) o empleador(a) o a su institución financiera si ofrecen el uso del sistema e-file del IRS como beneficio para empleados, miembros o clientes.

Ayuda Gratuita con la Preparación de la Declaración de Impuestos

Ayuda gratuita para la preparación de su declaración de impuestos está disponible en la mayoría de las comunidades con voluntarios que están capacitados por el IRS. El programa Volunteer Income Tax Assistance (VITA) (Programa de Ayuda Voluntaria a los Contribuyentes) está diseñado para ayudar a los contribuyentes de bajos recursos y el programa Tax Counseling for the Elderly (TCE) (Programa de Asesoramiento para las Personas Mayores) está diseñado para ayudar a los contribuyentes de 60 años de edad o más con su declaración de impuestos. En muchas de estas oficinas usted puede presentar su declaración electrónicamente gratis y todos los voluntarios le avisarán de los créditos y deducciones a los que usted pudiera tener derecho. Para ubicar un sitio de ayuda cerca de usted, llame al 1-800-829-1040. O para encontrar el sitio de ayuda del AARP TaxAide (Programa de Ayuda Tributaria de la Asociación Estadounidense de Personas Jubiladas, organización conocida por sus siglas en inglés, AARP), más cercano a usted, visite el cibersitio de la AARP a: www.aarp.org/taxaide o llame al 1-888-227-7669. Para más información sobre estos programas, diríjase a: www.irs.gov e introduzca la palabra clave “VITA” en la esquina derecha superior.

¿Cuándo Tengo que Presentar la Declaración?

El 17 de abril del 2006 es la fecha de vencimiento para presentar su declaración de impuestos sobre el ingreso para el 2005 si usted usa un año calendario. Para una vista rápida de las fechas de vencimiento para la presentación de una declaración con o sin una extensión de tiempo (que se discute más tarde), vea la Tabla 1-5.

Si usted usa un año fiscal (un año que termina en el último día de cualquier mes menos diciembre o un año de 52-53 semanas), su declaración de impuestos sobre el ingreso debe ser presentada a más tardar el día 15 del cuarto mes después del cierre del año fiscal.

Cuando la fecha de vencimiento o límite para hacer cualquier actividad relacionada con los impuestos - tal como presentar una declaración, pagar impuestos, etc. - cae un sábado, domingo o día de fiesta (feriado) legal, entonces la fecha de vencimiento o límite se retrasa hasta el siguiente día laborable.

Presentar su declaración a tiempo.   Su declaración de impuestos en papel se considera estar presentada a tiempo si es enviada en un sobre que tiene la dirección correcta, tiene suficientes sellos (estampillas) y la fecha del matasellos tiene una fecha que es, a más tardar, la fecha de vencimiento (límite) para la presentación de la declaración. Si usted envía una declaración por correo registrado, la fecha de registro es la fecha del matasellos. El registro es prueba de que la declaración fue entregada. Si usted envía una declaración certificada por correo y tiene su recibo con el matasellos marcado por un(a) empleado(a) del correo, la fecha sobre el recibo es la fecha de matasellos. El recibo de correo certificado con el matasellos prueba que la declaración fue entregada.

Tabla Cuando Declarar sus Impuestos del año 2003. Tabla 1-5. Cuándo Presentar su Declaración del 2005

Para ciudadanos(a) estadounidenses y residentes que declaran impuestos basado en el año calendario.
  Para la Mayoría de los Contribuyentes Para Ciertos Contribuyentes que Residen Fuera de los Estados Unidos
No se solicita una extensión El 17 de abril del 2006 El 15 de junio del 2006
Extensión automática Se ha presentado la Forma 4868(SP) o se ha hecho un pago con tarjeta de crédito El 17 de octubre del 2006 El 17 de octubre del 2006

Servicios de entrega privados.   Si usted usa un servicio privado designado por el IRS para enviar su declaración de impuestos, la fecha del matasellos es generalmente la fecha que el servicio de entrega privado archiva en su base de datos o que marca en la etiqueta de envío. El servicio de entrega privado puede indicar cómo obtener prueba escrita de esta fecha.

  Los siguientes están designados como servicios de entrega privados:
  • DHL Express (DHL): DHL “Same Day” Service, DHL “Next Day” 10:30am, DHL “Next Day” 12:00pm, DHL “Next Day” 3:00pm y DHL “2nd Day” Service.

  • Federal Express (FedEx): FedEx Priority Overnight, FedEx Standard Overnight, FedEx 2Day, FedEx International Priority y FedEx International First.

  • United Parcel Service (UPS): UPS Next Day Air, UPS Next Day Air Saver, UPS 2nd Day Air, UPS 2nd Day Air A.M., UPS Worldwide Express Plus y UPS Worldwide Express.

  
Precaución
Los servicios de entrega privados no pueden entregar artículos a un apartado postal. Usted debe usar el servicio postal de los Estados Unidos para enviar cualquier artículo a un apartado postal del IRS .

Declaraciones de impuesto presentadas electrónicamente.   Si usted usa el sistema e-file del IRS, su declaración se considera presentada a tiempo si el transmisor electrónico autorizado de declaraciones matasella la transmisión para la fecha de vencimiento. Un transmisor electrónico autorizado de declaraciones es un participante en el programa e-file del IRS que transmite información sobre la declaración de impuestos por medios electrónicos directamente al IRS.

  El matasellos electrónico es un registro de cuándo el transmisor electrónico autorizado de la declaración de impuestos recibió la transmisión de la declaración de usted presentada electrónicamente en su sistema sede. La fecha y la hora en su huso horario controla si su declaración electrónica es entregada a tiempo.

Presentando la declaración tardíamente.   Si usted no presenta su declaración de impuestos en la fecha debida, a lo mejor tendrá que pagar una multa e intereses por no cumplir con el requisito de presentación de la declaración. Para más información, vea el tema, Multas, más adelante. También vea el tema, Intereses, bajo, Cantidad que Usted Adeuda.

  Si le deben a usted un reembolso pero no presentó una declaración de impuestos, generalmente usted debe presentarla dentro de tres años a partir de la fecha límite en que la declaración debía haber sido presentada (incluyendo extensiones) para obtener ese reembolso.

Extranjero(a) no residente.   Si usted es un(a) extranjero(a) no residente y gana un salario sujeto a la retención de los impuestos sobre los ingresos de los Estados Unidos, su declaración de impuestos sobre su ingreso del 2005 (Forma 1040NR o Forma 1040NR-EZ) vence:
  • El 17 de abril del 2006, si usa un año calendario o

  • El día 15 del 4to mes después del final de su año fiscal si usa el año fiscal como base.

  Si usted gana un salario que no está sujeto a la retención de los impuestos federales sobre el ingreso, su declaración vence:
  • El 15 de junio del 2006, si usted usa el año calendario como base o

  • El día 15 del 6to mes después del final de su año fiscal, si usted usa un año fiscal como base.

  Obtenga la Publicación 519, U.S. Tax Guide for Aliens (Guía de Impuestos para Extranjeros) en inglés, para más información sobre la declaración de impuestos.

Declarando los impuestos para un(a) difunto(a).   Si usted debe presentar una declaración final de impuestos sobre los ingresos para un(a) contribuyente quien murió durante el año (un(a) difunto(a)), la declaración se debe entregar para el día 15 del cuarto mes después del final del año tributario normal del(la) difunto(a). En la mayoría de los casos, para una declaración del 2005, esto será el 17 de abril del 2006. Vea la Publicación 559, en inglés.

Extensiones de Tiempo para Presentar la Declaración de Impuestos

Usted pudiera obtener una extensión (prórroga) de tiempo para presentar su declaración de impuestos. Reglas especiales le aplican si usted estaba:

  • Fuera de los Estados Unidos o

  • Sirviendo en una zona de combate.

Extensión Automática

Si usted no puede presentar su declaración de impuestos del 2005 en la fecha debida, tal vez podrá conseguir automáticamente una extensión de tiempo de 6 meses para presentar su declaración de impuestos.

Ejemplo 1. .1. Ejemplo.

Si su declaración se debe antes del 17 de abril del 2006, usted podrá esperar hasta el 17 de octubre del 2006 para presentar su declaración.

Precaución
Si no paga los impuestos que usted debe antes de la fecha límite regular (generalmente, el 15 de abril), usted deberá interés. A lo mejor usted tendrá que pagar multas, como se le indicará más adelante.

Cómo obtener una extensión automática.   Usted puede obtener una extensión automática:
  1. Usando el sistema e-file del IRS (para presentar electrónicamente la declaración de impuestos) o

  2. Completando una forma en papel.

Opciones del sistema e-file.   Hay dos maneras en que usted puede usar el sistema e-file para obtener una extensión (prórroga) de tiempo para presentar la declaración. Complete la Forma 4868(SP), Solicitud de Prórroga Automática para Presentar la Declaración del Impuesto sobre el Ingreso Personal de los Estados Unidos, para usar como hoja de trabajo. Si usted cree que tal vez deberá impuestos cuando presente su declaración, use la Parte II de la forma para hacer un estimado del saldo que debe. No envíe la Forma 4868(SP) al IRS. Si envía la Forma 4868(SP) al IRS por medio del sistema electrónico e-file no envíe una Forma 4868(SP) en papel además.

El sistema e-file usando su computadora personal o un(a) preparador(a) profesional de impuestos.   Usted puede usar un programa comercial para la preparación de impuestos con su computadora personal o un(a) profesional especialista en impuestos para presentar la Forma 4868(SP) electrónicamente. Usted tendrá que proveer cierta información de su declaración de impuestos para el 2004. Si desea hacer un pago por un retiro de fondos electrónico, vea, Opciones para el pago electrónico, bajo, Cómo Pagar, más adelante en este capítulo.

El sistema e-file y el pago con una tarjeta de crédito.   Usted puede obtener una extensión pagando parte o todo su impuesto estimado que debe usando su tarjeta de crédito. Puede hacer esto por teléfono o usando la red Internet. Usted no presenta la Forma 4868(SP). Vea, Tarjeta de Crédito, bajo, Cómo Pagar, más adelante en este capítulo.

Presentando la Forma 4868(SP) en papel.   Usted puede obtener una extensión para la presentación de la declaración usando la Forma 4868(SP) en papel. Envíela a la dirección que se encuentra en las instrucciones de la forma.

  Si usted quiere hacer un pago con esta forma, haga un cheque o giro pagadero al “United States Treasury” (Tesoro de los Estados Unidos). Escriba su número de seguro social, su número de teléfono durante el día y “2005 Form 4868(SP)” (Forma 4868(SP) del 2005) en su cheque o giro.

Cuándo presentar la declaración de impuestos.   Usted debe solicitar la extensión automática a más tardar en la fecha de vencimiento de su declaración. Usted puede presentar su declaración de impuestos en cualquier momento antes de que la extensión de cuatro meses termine.

Cuando usted presenta la declaración de impuestos.   Anote cualquier pago que usted hizo relacionado a la extensión de tiempo para presentar su declaración de impuestos en la línea 69 de la Forma 1040. Si usted presenta su declaración usando la Forma 1040EZ o la Forma 1040A, incluya ese pago en su pago total en la línea 9 en la Forma 1040EZ o en la línea 43 en la Forma 1040A. También escriba “Form 4868(SP)” (Forma 4868(SP)) y la cantidad pagada en el espacio a la izquierda de la línea 9 ó de la línea 43 .

Individuos Fuera de los Estados Unidos

Se le permitirá a usted una extensión automática de 2 meses (hasta el 15 de junio del 2006, si es un(a) contribuyente con base del año calendario) para presentar su declaración del 2005 y pagar cualquier impuesto federal sobre el ingreso pendiente si:

  1. Es ciudadano(a) de los Estados Unidos o es residente y

  2. En la fecha de vencimiento de su declaración:

    1. Está viviendo fuera de los Estados Unidos o Puerto Rico y su lugar principal de negocios o puesto de servicio se encuentra fuera de los Estados Unidos y de Puerto Rico o

    2. Usted está prestando servicio militar o naval fuera de los Estados Unidos y Puerto Rico.

No obstante, si usted paga el impuesto debido después de la fecha de vencimiento en que debe pagarlo (generalmente, el 15 de abril), se le cargará interés desde esa fecha hasta que el impuesto sea pagado.

Si prestó servicio en una zona de combate o en un área calificada de alto riesgo, usted pudiera calificar para una extensión de tiempo más larga para presentar su declaración. Para saber las reglas que le apliquen, vea más tarde el tema titulado, Individuos Prestando Servicio en Zona de Combate.

Contribuyentes casados.   Si usted presenta una declaración conjunta, sólo un(a) cónyuge tiene que calificar para esta extensión automática. Si usted y su cónyuge presentan declaraciones separadas, esta extensión automática es aplicable sólo al(la) cónyuge que califica.

Cómo obtener la extensión.   Para utilizar esta extensión automática, usted debe adjuntar una explicación a su declaración donde explica la situación que lo(la) califica para la extensión. (Vea anteriormente las situaciones que aparecen bajo (2).)

Extensiones mayores de los 2 meses.   Si no puede presentar su declaración dentro del plazo de extensión automática de 2 meses, pudiera recibir una extensión adicional de 4 meses, para un total de 6 meses. Presente y marque el encasillado en la línea 8 .

  Esta extensión adicional de 4 meses para presentar su declaración de impuestos no es una extensión adicional de tiempo para pagar. Usted puede usar una tarjeta de crédito para pagar su impuesto estimado que usted debe. Vea, Cómo Pagar, más adelante en este capítulo.

Extensión no será extendida.   Generalmente, no se aprobará una extensión de más de 6 meses. No obstante, si vive fuera de los Estados Unidos y cumple con ciertos requisitos, se le pudiera conceder a usted una extensión más larga. Para más información, vea, Further extensions (Extensiones adicionales), bajo, When to File and Pay (Cuándo Presentar su Declaración y Cuándo Pagar) en la Publicación 54, en inglés.

Individuos Prestando Servicio en Zona de Combate

El plazo para presentar su declaración de impuestos, pagar impuestos debidos y presentar una reclamación para un reembolso se extiende automáticamente si usted presta servicio en una zona de combate. Esto les aplica a los miembros de las Fuerzas Armadas, igual que a los marinos mercantes que prestan servicio en naves cuyo control está bajo el Departamento de Defensa, el personal de la Cruz Roja, corresponsales acreditados y civiles bajo la dirección de las Fuerzas Armadas en apoyo de las Fuerzas Armadas.

Zona de combate.   Para propósitos de la extensión automática, el término “zona de combate” incluye a las siguientes áreas:
  1. La zona del Golfo Pérsico, en vigor desde el 17 de enero de 1991.

  2. La zona calificada de servicio de alto riesgo de Bosnia y Hercegovina, Croacia y Macedonia, en vigor desde el 21 de noviembre de 1995.

  3. La zona calificada de servicio de alto riesgo de la República Federal de Yugoeslavia (Serbia/Montenegro), Albania, el Mar Adriático y el Mar Jónico (parte del Mediterráneo) norte del paralelo 39°, en vigor desde el 24 de marzo de 1999.

  4. Afganistán, en vigor desde el 19 de septiembre del 2001.

  Vea la Publicación 3, Armed Forces Tax Guide (Guía de Impuestos para las Fuerzas Armadas), en inglés, para saber información sobre otros beneficios tributarios disponibles para el personal militar prestando servicio en una zona de combate.

Período de extensión.   El plazo para presentar su declaración de impuestos, pagar impuestos debidos y presentar una reclamación para un reembolso se extiende por lo menos 180 días después de la fecha más tardía entre:
  1. El último día en que presta servicio en una zona de combate o el último día en que la zona califica como zona de combate o

  2. El último día de una hospitalización continua calificada por lesiones provenientes del servicio en la zona de combate.

  Además de los 180 días, su plazo también se extiende por el número de días que le faltaban para tomar acción con el IRS cuando usted entró en la zona de combate. Por ejemplo, tiene 3 meses y medio (1ero de enero-15 de abril) para presentar su declaración de impuestos. Los días que quedaban en este período cuando entró en la zona de combate (o los 3 meses y medio completos si usted entró antes del principio del año) son añadidos a los 180 días. Vea, Extension of Deadline (Extensión del Fin del Plazo) en la Publicación 3, en inglés, para más información.

  Las reglas más arriba que se refieren a la extensión para declarar su presentación también aplican cuando usted está desplegado(a) fuera de los Estados Unidos (fuera de su puesto de servicio permanente) mientras participa en una operación de contingencia designada.

¿Cómo Preparo Mi Declaración de Impuestos?

Esta sección explica cómo prepararse para llenar su declaración de impuestos y cuándo declarar su ingreso y sus gastos. También explica cómo completar ciertas secciones de la forma. Usted pudiera encontrar que la Tabla 1-6 le puede ayudar cuando prepara su declaración.

En la mayoría de los casos, basado en lo que usted declaró el año pasado, el IRS le enviará por correo la Forma 1040, la Forma 1040A o la Forma 1040EZ, cada una con sus instrucciones respectivas. Antes de llenar la forma, vea las instrucciones de la forma para saber si usted necesita, o se beneficiaría de, presentar una forma distinta este año. También vea si necesita formas o anexos adicionales. Usted tal vez quisiera leer ¿Tengo que Presentar Mi Declaración en Papel?, anteriormente.

Si usted no recibe un juego o paquete de formas para la declaración de impuestos por correo, o si necesita otras formas, puede solicitarlas o imprimirlas de la red Internet. Vea la sección titulada, Cómo Obtener Ayuda con los Impuestos, al final de esta publicación.

Tabla Seis Pasos Para Preparar su Declaración de Impuestos. Tabla 1-6. Seis Pasos Para Preparar su Declaración de Impuestos

1 — Junte los documentos relacionados con sus ingresos y sus gastos.
2 — Obtenga las formas, anexos y publicaciones que usted necesite.
3 — Complete su declaración de impuestos.
4 — Revise su declaración de impuestos para asegurarse que está correcta.
5 — Firme y póngale la fecha a su declaración de impuestos.
6 — Adjunte todas las formas y anexos requeridos.

Formas sustitutas para la declaración.   No puede usar su propia versión de una forma para la declaración de impuestos a no ser que la misma cumpla con los requisitos explicados en la Publicación 1167, General Rules and Specifications for Substitute Forms and Schedules (Reglas Generales y las Especificaciones para los Anexos y Formas Sustitutas), en inglés.

Forma W-2.   Si usted es un(a) empleado(a), deberá recibir una Forma W-2 de su patrono(a) o empleador(a). Usted necesitará la información contenida en esta forma para preparar su declaración. Vea el tema titulado, Forma W-2, bajo, Crédito por Impuesto Retenido e Impuesto Estimado, en el capítulo 4 .

  Si usted no recibe una Forma W-2 a más tardar el 31 de enero del 2006, póngase en contacto con su patrono(a) o empleador(a). Si aún no recibe la forma para el 15 de febrero, el IRS le puede ayudar solicitándole la forma a su patrono(a) o empleador(a). Cuando solicita la ayuda del IRS, esté preparado(a) a proveer la siguiente información:
  • Su nombre, dirección (incluyendo su código o zona postal) y número de teléfono.

  • Su número de seguro social.

  • Las fechas del período en que usted trabajó.

  • El nombre, dirección (incluyendo su código o zona postal) y número de teléfono de su patrono(a) o empleador(a).

Forma 1099.   Si usted recibió ciertos tipos de ingreso, pudiera recibir una Forma 1099. Por ejemplo, si recibió intereses tributables de $10 ó más, el pagador generalmente deberá darle una Forma 1099-INT, en inglés. Si usted no la ha recibido a más tardar el 31 de enero del 2006, póngase en contacto con el pagador. Si aún no ha recibido la forma para el 15 de febrero, llame al IRS para recibir ayuda.

¿Cuándo Declaro Mis Ingresos y Gastos?

Usted debe calcular su ingreso tributable en base a un año tributario. Un “año tributario” es un período contable anual que se usa para mantener archivos o récords y para declarar ingresos y gastos. Usted debe dar cuenta de sus ingresos y gastos en una manera que claramente muestra su ingreso tributable. La manera en que usted hace esto se llama un método contable. Esta sección explica los períodos y métodos contables que usted puede usar.

Períodos Contables

La mayoría de las declaraciones de impuestos individuales cubren un año calendario— los 12 meses desde el primero de enero hasta el 31 de diciembre. Si no usa el año calendario, su período contable es un año fiscal. El año fiscal ordinario es un período de 12 meses que termina el último día de cualquier mes con excepción de diciembre. Un año fiscal de 52-53 semanas varía de 52 a 53 semanas y siempre termina el mismo día de la semana.

Usted escoge un período contable (año tributario) cuando presenta su primera declaración de impuestos. No puede extenderse más de 12 meses.

Más información.   Para más información sobre períodos contables, incluyendo cómo cambiar su período contable, vea la Publicación 538, Accounting Periods and Methods (Períodos y Métodos Contables), en inglés.

Métodos de Contabilidad

Su método de contabilidad es la forma en que usted da cuenta de sus ingresos y de sus gastos. La mayoría de los contribuyentes usan el método a base de efectivo o el método a base de lo devengado. Usted escoge un método cuando presenta su primera declaración de impuestos. Si quiere cambiar su método de contabilidad después de esto, generalmente deberá conseguir aprobación del IRS.

Método a base de efectivo.   Si usa este método, declare todas las partidas de su ingreso en el año en que las recibe o que están implícitamente disponibles. Por lo general, deduce todos sus gastos en el año en que actualmente los paga. Éste es el método más usado por los contribuyentes.

Recibo implícito.   Generalmente, usted recibe ingreso implícitamente cuando se le acredita a su cuenta o se reserva de una manera en que se le hace disponible a usted. No tiene que tener posesión física de él. Por ejemplo, el interés acreditado a su cuenta el 31 de diciembre del 2005 es ingreso tributable a usted en el 2005 si lo pudo haber retirado en el 2005 (aunque la cantidad no fue anotada en su libreta de banco o no fue retirada hasta el 2006).

Salarios embargados.   Si su patrono(a) o empleador(a) usa el sueldo de usted para pagar deudas de usted o su sueldo es anexado o embargado, la cantidad completa es recibida implícitamente por usted. Debe incluir este sueldo en su ingreso en el año en que lo hubiera recibido.

Cuentas de corretaje y otras cuentas.   Las ganancias de una cuenta de corretaje o cuentas similares son plenamente tributables en el año en que las gana. Esto es cierto aunque:
  1. No retire sus ganancias,

  2. El saldo o balance del crédito de su cuenta pudiera ser reducido o eliminado por pérdidas en los siguientes años o

  3. Las ganancias actuales se usen para reducir o eliminar un saldo deudor de años previos.

Deudas que otra persona ha pagado para usted.   Si otra persona cancela o paga sus deudas (pero no en concepto de un regalo o préstamo), usted recibió implícitamente la cantidad y generalmente debe incluirla en su ingreso bruto anual. Vea el tema titulado, Deudas Canceladas, en el capítulo 12 para más información.

Pagos a un tercero.   Si un tercero recibe ingreso de una propiedad suya, usted ha recibido implícitamente ese ingreso. Es lo mismo que si en realidad hubiera recibido el ingreso y se lo hubiera pagado al tercero.

Pago a un agente.   Ingreso que un agente recibe para usted es ingreso implícitamente recibido en el año en que el agente lo recibe. Si indica en un contrato que su sueldo deberá ser pagado a otra persona, usted deberá incluir la cantidad en su ingreso bruto cuando la otra persona lo recibe.

Cheque recibido o disponible.   Un cheque válido recibido por usted o que se le hizo disponible a usted antes del fin del año tributable es recibido implícitamente por usted en ese año. Un cheque que “se le hizo disponible a usted” incluye un cheque que ya ha recibido, pero que no ha cobrado ni depositado. También incluye, por ejemplo, su último cheque de la paga que su patrono(a) o empleador(a) le hizo disponible a usted para recoger en la oficina antes del fin del año. Se recibe implícitamente por usted en ese año, que lo recoja antes del fin del año o que espere recibirlo por correo después del fin del año.

No hay recibo implícito.   Pudieran existir hechos que demuestran que no recibió ingreso implícitamente.

Ejemplo 1. .2. Ejemplo.

Alicia Jiménez, una maestra, acordó a la condición de su junta escolar de que en su ausencia, ella sólo recibiría la diferencia entre su salario normal y el salario de una maestra sustituta contratada por la junta escolar. Por lo tanto, Alicia no recibió implícitamente la cantidad por la cual fue reducida su salario para pagar a la maestra sustituta.

Método a base de lo devengado.   Si utiliza un método a base de lo devengado, por lo general usted informa su ingreso cuando lo gana y no cuando lo recibe. En general, usted deduce sus gastos cuando incurre en ellos, en vez de cuando los paga.

Pago adelantado de ingreso.   Generalmente, se incluye ingreso prepagado en el ingreso bruto del año en que lo recibe. Su método de contabilidad no importa siempre que el ingreso le esté disponible a usted. El ingreso prepagado puede incluir el alquiler o interés que recibe por adelantado así como pagar por servicios que prestará más tarde.

  Se pudiera permitir que ciertos pagos adelantados sean diferidos de manera limitada hasta el año tributario siguiente. Vea la Publicación 538, en inglés, para información específica.

Información adicional.   Para más información sobre los métodos de contabilidad, incluyendo cómo cambiar su método de contabilidad, obtenga la Publicación 538, en inglés.

Número de Seguro Social

Usted debe anotar su número de seguro social (o SSN — siglas en inglés) en el espacio provisto en su declaración de impuestos. Asegúrese de que el número de seguro social en su declaración sea el mismo que el número de seguro social en su tarjeta de seguro social. Si usted está casado(a), anote el número de seguro social de usted y el de su cónyuge, sin importar si presenta conjuntamente o por separado.

Si usted presenta una declaración conjunta, anote los números de seguro social en el mismo orden en que aparecen los nombres. Use este mismo orden al proveer otras formas y documentos al IRS.

Cambio de nombre.   Si usted ha cambiado su nombre debido a matrimonio, divorcio, etc., notifique inmediatamente a la Administración del Seguro Social (o SSA — siglas en inglés) para que su nombre en su declaración de impuestos sea el mismo que la Administración del Seguro Social tiene en sus archivos. Esto ayudará a prevenir demoras al emitir su reembolso y a salvaguardar sus beneficios futuros del seguro social.

Número de seguro social de su dependiente.   Usted debe proveer el número de seguro social de cada dependiente que usted reclame, sin importar la edad del(la) dependiente. Este requisito aplica a todos los dependientes (no sólo a sus hijos) reclamados en su declaración de impuestos.

Excepción.   Si su hijo(a) nació y murió en el 2005 y usted no tiene un número de seguro social para su hijo(a), usted puede adjuntar una copia del certificado (acta) de nacimiento de su hijo(a) en su lugar. Si hace esto, escriba “DIED” (Falleció) en la columna (2) de la línea 6c (de la Forma 1040 ó la Forma 1040A).

No tiene un número de seguro social.   Presente la Forma SS-5(SP), Solicitud para una Tarjeta de Seguro Social, o la Forma SS-5, en inglés, Application for a Social Security Card , ante su oficina local de la Administración del Seguro Social para obtener un número de seguro social para usted o para su dependiente. Por lo general, lleva alrededor de 2 semanas para obtener un número de seguro social. Si usted o su dependiente no es elegible para recibir un número de seguro social, vea el tema titulado, Número de identificación del contribuyente, más adelante.

  Si usted es un(a) ciudadano(a) estadounidense o un(a) extranjero(a) residente deberá mostrar prueba de su edad, identidad y ciudadanía junto con su Forma SS-5(SP) o la Forma SS-5, en inglés. Si usted tiene al menos 12 años de edad, y nunca le han asignado un número de seguro social a usted, deberá comparecer personalmente con estas pruebas ante una oficina de la Administración del Seguro Social.

  La Forma SS-5(SP) o la Forma SS-5, en inglés está disponible en cualquier oficina de la Administración del Seguro Social, en la página en la red Internet a: www.socialsecurity.gov o al llamar a 1-800-772-1213. Si usted tiene cualesquier preguntas sobre cuáles documentos puede utilizar como prueba de edad, identidad y ciudadanía, póngase en contacto con su oficina local de la Administración del Seguro Social.

  Si su dependiente no tiene un número de seguro social para la fecha en que tiene que presentar su declaración de impuestos, usted pudiera querer solicitar una extensión de tiempo para presentar la declaración, como se explicó anteriormente bajo, ¿Cuándo Tengo que Presentar la Declaración?

  Si usted no provee un número de seguro social requerido o si provee un número de seguro social incorrecto, su impuesto pudiera ser aumentado y cualquier reembolso pudiera ser reducido.

Numero de identificación de adopción del contribuyente.   Si usted está en el proceso de adoptar a un(a) hijo(a) que es un(a) ciudadano(a) estadounidense o residente y no puede obtener un número de seguro social para el(la) hijo(a) hasta que la adopción sea final, puede solicitar un número de identificación de adopción del contribuyente (conocido por sus siglas en inglés, ATIN) para usar en lugar de un número de seguro social.

  Presente la Forma W-7A, Application for Taxpayer Identification Number for Pending U.S. Adoptions (Solicitud para Número de Identificación del Contribuyente Estadounidense para Adopciones Pendientes), en inglés, ante el IRS para obtener un número de identificación de adopción del contribuyente si todos los siguientes puntos le aplican:
  • Usted tiene un(a) niño(a) viviendo consigo que fue puesto(a) en su hogar con el fin de una adopción legal por una agencia de colocación autorizada.

  • No puede obtener el número de seguro social actual del(la) niño(a) a pesar de que ha hecho un intento razonable para obtenerlo de los padres biológicos, de la agencia de colocación y de otras personas.

  • No puede obtener un número de seguro social para el(la) niño(a) de la Administración de Seguro Social porque, por ejemplo, la adopción no se ha finalizado.

  • No puede obtener un numero de identificación de contribuyente individual (que se explica luego) para el(la) niño(a).

  • Usted es elegible para reclamar al(la) niño(a) como dependiente en su declaración de impuestos.

  Después de que la adopción esté finalizada, usted deberá solicitar un número de seguro social para el(la) niño(a). Usted no podrá continuar usando el número de identificación de adopción del contribuyente.

  Vea la Forma W-7A para más información.

Cónyuge extranjero(a) no residente.   Si su cónyuge es un(a) extranjero(a) no residente y usted presenta una declaración conjunta o separada, su cónyuge deberá tener o un número de seguro social o un número de identificación del contribuyente individual. Si su cónyuge no es elegible para un número de seguro social, vea la siguiente discusión.

Numero de identificación del contribuyente individual.   El IRS le emitirá un número de identificación del contribuyente individual (conocido por sus siglas en inglés, ITIN) si usted es un(a) extranjero(a) no residente o residente y no tiene ni es elegible para obtener un número de seguro social. Para solicitar un número de identificación del contribuyente individual, presente la Forma W-7(SP) o la Forma W-7 ante el IRS. Por lo general lleva de 4 a 6 semanas para obtener un número de identificación del contribuyente individual. Anote este número en su declaración de impuestos en dondequiera que se le solicite su número de seguro social.

Precaución
Si usted solicita un número de identificación del contribuyente individual para presentar su declaración de impuestos, adjunte su declaración de impuestos, debidamente completada, a la Forma W-7(SP) o a la Forma W-7. Vea las instrucciones para la Forma W-7(SP) o la Forma W-7 para saber cómo y dónde presentar su declaración de impuestos.

Dependiente extranjero(a).   Si su dependiente es un(a) extranjero(a) no residente o residente que no tiene o no es elegible para obtener un número de seguro social, presente la Forma W-7(SP) o la Forma W-7 ante el IRS para solicitar un número de identificación del contribuyente individual. Anote este número en su declaración de impuestos en dondequiera que se le solicite el número de seguro social de su dependiente.

Precaución
Un número de identificación del contribuyente individual es sólo para propósitos tributarios. No le da el derecho a usted ni a su dependiente de obtener beneficios del seguro social y no cambia el estado de empleo ni el estado inmigratorio de usted o de su dependiente bajo las leyes estadounidenses.

Multa por no proveer el número de seguro social.   Si usted no incluye su número de seguro social o el de su cónyuge o dependiente tal como se exige, tal vez se le cobrará un recargo. Vea más adelante el tema titulado, Multas, para más información.

Número de seguro social en correspondencia.   Si usted le escribe al IRS para preguntar acerca de su cuenta, asegúrese de incluir su número de seguro social (y el nombre y número de seguro social de su cónyuge, si presentó una declaración conjunta) en su correspondencia. Esto ayuda al IRS a contestar su correspondecia en seguida porque se usa su número de seguro social para identificar su cuenta.

Fondo para la Campaña Electoral Presidencial

Este fondo fue establecido para ayudar a pagar las campañas electorales presidenciales. Dicho fondo reduce la dependencia de los candidatos de contribuciones cuantiosas aportadas por individuos y grupos y pone en pie de igualdad a los candidatos en las elecciones generales. Si usted quiere aportar $3 a este fondo, marque el encasillado. Si presenta conjuntamente, su cónyuge también puede aportar $3 al fondo. Si marca “Yes” (Sí), esto no cambiará el impuesto que paga ni el reembolso que recibe.

Cálculos

La siguiente información sobre la anotación de números en su declaración de impuestos podrá serle de ayuda en hacer las declaraciones más fáciles de completar.

Redondear los dólares.   Puede redondear los centavos a dólares enteros en su declaración y en los anexos. Si redondea a dólares completos, deberá redondear todas las cantidades. Para redondear, elimine las cantidades menores de 50 centavos y aumente las cantidades desde los 50 hasta los 99 centavos al siguiente dólar. Por ejemplo, $1.39 sería $1.00 y $2.50 sería $3.00.

  Si usted tiene que sumar dos o más cantidades para computar la cantidad por anotar en una línea, incluya los centavos cuando suma las cantidades y redondee sólo el total.

Ejemplo 1. .3. Ejemplo.

Usted recibe dos Formas W-2: una que indica salarios de $5,000.55 y otra que indica salarios de $18,500.73. En la línea 7 de la Forma 1040, usted anota $23,501 ($5,000.55 + $18,500.73 = $23,501.28), y no $23,502 ($5,001 + $18,501).

Cantidades iguales.   Si se le pide anotar la suma menor o mayor de dos cantidades iguales, anote esa cantidad.

Ejemplo 1. .4. Ejemplo.

La línea 1 es $500. La línea 3 es $500. La línea 5 le pide que anote la cantidad menor entre la línea 1 y la línea 3. Anote $500 en la línea 5 .

Cantidades negativas.   Si tiene que anotar una cantidad negativa, escriba la cantidad en paréntesis en vez de usar un signo negativo. Para combinar cantidades positivas y negativas, sume todas las cantidades positivas y luego reste las cantidades negativas.

Anexos

Según la forma que presente y las partidas que anoten en su declaración de impuestos, usted pudiera tener que completar anexos y formas adicionales y adjuntarlos a su declaración.

Precauión
Usted pudiera presentar una declaración sin papel por medio del sistema e-file del IRS . No hay nada que firmar, adjuntar, o enviar por correo, ni siquiera sus Formas W-2.

Forma W-2.   La Forma W-2 es un extracto de cuenta de su patrono(a) o empleador(a) en el que se resumen los sueldos y otra compensación que se le pagaron a usted y también los impuestos que fueron retenidos de su salario. Debería tener una Forma W-2 de cada empleador(a). Asegúrese de adjuntar una copia de la Forma W-2 donde se indica en la primera página de su declaración. Adjúntela solamente a la primera página de su declaración, no a cualquiera de los anexos. Para más información, vea el tema titulado, Forma W-2, en el capítulo 4 .

  Si recibió una Forma 1099-R, Distributions From Pensions, Annuities, Retirement or Profit-Sharing Plans, IRAs, Insurance Contracts, etc. (Distribuciones de Pensiones, Anualidades, Retiros o Planes de Participación en las Ganancias, Cuentas Personales de JubiIación (IRA), Contratos de Seguros, etc.), en inglés, en la que se indica impuesto federal retenido, adjunte una copia de dicha forma donde se indica en la primera página de su declaración.

Forma 1040EZ.   No hay anexos adicionales que declarar con la Forma 1040EZ.

Forma 1040A.   Adjunte los anexos adicionales que tuvo que completar, en orden según el número de cada uno, detrás de la Forma 1040A. Si usted presenta un anexo EIC, póngalo por último. No adjunte documentos ni anexos a menos que se le exija.

Forma 1040.   Adjunte cualesquier formas y anexos detrás de la Forma 1040 en orden según “El número de orden de los anexos” que se ve en la esquina derecha superior de la forma o anexo. Luego, ordene todos los extractos de cuentas o anexos en el mismo orden que el de las formas y los anexos a los que se refieren y adjúntelos por último. No adjunte documentos o anexos a menos que se le exija.

Designación de un Tercero

Usted puede autorizar al IRS para que hable sobre su declaración de impuestos con un(a) amigo(a), con un miembro de su familia o con cualquier persona que usted elija. Si marca el encasillado “Yes” (Sí) en el área titulada, Third party designee (Designación de un tercero) de su declaración de impuestos del 2005 y provee la información solicitada, usted autoriza:

  1. Al IRS para que llame al(la) designado(a) para responder a cualesquier preguntas que surjan durante el procesamiento de la declaración de impuestos y

  2. Al(la) designado(a) a:

    1. Proveer información que falta de su declaración al IRS,

    2. Llamar al IRS para obtener información sobre el procesamiento de su declaración o el estado de su reembolso o de sus pagos,

    3. Llamar al IRS para solicitar copias de avisos o apógrafos relacionados con su declaración y

    4. Responder a ciertas notificaciones del IRS sobre errores matemáticos, compensaciones (vea el tema titulado Reembolsos, más adelante) y la preparación de la declaración.

La autorización terminará automáticamente no más tarde de la fecha límite (de vencimiento) (sin cualesquier extensiones) para la presentación de su declaración de impuestos del 2006. Esta fecha es el 16 de abril del 2007 para la mayoría de las personas.

Para más información, vea las instrucciones de su forma.

Consejo
Si quiere permitir que el(la) preparador(a) compensado(a) quien firmó su declaración hable sobre su declaración con el IRS , simplemente anote “Preparer ” (Preparador(a)) en el espacio para el nombre del designado.

Firmas

Usted debe firmar y fechar su declaración. Si presenta una declaración conjunta, tanto usted como su cónyuge deberán firmar la declaración, aunque sólo uno(a) de ustedes haya recibido ingreso.

Precaución
Si usted presenta una declaración conjunta, por lo general, tanto usted como su cónyuge son responsables del impuesto, y el total de impuesto pudiera ser gravado a cualquiera de los dos cónyuges. Vea el capítulo 2.

Consejo
Si presenta su declaración por medio del sistema e-file , usted puede usar una firma electrónica para firmar su declaración. Vea anteriormente, ¿Tengo que Presentar Mi Declaración en Papel?

Si usted tiene derecho a recibir un reembolso, el mismo no le será enviado si usted no firmó la declaración.

Anote su ocupación en el espacio correspondiente en la sección para la firma. Si presenta una declaración conjunta, anote tanto su ocupación como la de su cónyuge. El anotar el número de teléfono donde usted puede ser localizado(a) durante el día pudiera ayudar a acelerar el procesamiento de su declaración de impuestos.

Cuándo alguien puede firmar por usted.   Puede nombrar a un agente para que firme su declaración si usted:
  1. No puede firmar su declaración por causa de enfermedad o lesión,

  2. Está ausente de los Estados Unidos por un período continuo de por lo menos 60 días antes de la fecha en que debe presentar su declaración o

  3. Recibe permiso para hacerlo de la oficina del IRS en su área.

Poder legal.   Una declaración firmada por un agente en cualquiera de estos casos debe tener un poder legal adjunto que autoriza que el agente firme por usted. Puede usar un poder legal que declara que se le concede autoridad al agente para firmar por usted o puede usar la Forma 2848 , Power of Attorney and Declaration of Representative (Poder Legal y Declaración de Representante), en inglés. La Parte I de la Forma 2848 debe constar que se le concede autoridad al agente para firmar su declaración.

Si no puede firmar.   Si el(la) contribuyente está incapacitado(a) mentalmente y no puede firmar su declaración, debe ser firmada por un representante nombrado por la corte (tribunal) para representar al(la) contribuyente.

  Si el(la) contribuyente está capacitado(a) mentalmente pero no puede firmar físicamente la declaración o el poder legal, una “firma” válida se define bajo ley estatal. Puede ser cualquier cosa que muestre claramente la intención del(la) contribuyente para firmar. Por ejemplo, la “X” del(la) contribuyente junto con la firma de dos testigos pudiera ser considerada como una firma válida bajo ley estatal.

Cónyuge que no puede firmar.   Si por alguna razón su cónyuge no puede firmar, vea el tema titulado, Firmando una declaración conjunta, en el capítulo 2.

Declaración de un(a) hijo(a).   Si un(a) hijo(a) debe presentar una declaración de impuestos pero no puede firmar su declaración, el padre (o madre) del(la) hijo(a), el(la) tutor(a) u otra persona legalmente responsable debe firmar el nombre del hijo(a) seguido por las palabras “By” (Por) seguido por la firma de usted y luego “parent for minor child” (padre (o tutor(a)) por un(a) hijo(a) menor).

Preparador(a) Remunerado(a)

Por regla general, cualquier persona a la que usted le pague por el servicio de preparar, ayudarle a preparar o revisar su declaración de impuestos, deberá firmarla y llenar los otros espacios en blanco reservados para el(la) preparador(a) remunerado(a) de su declaración de impuestos.

Un(a) preparador(a) remunerado(a) puede firmar la declaración a mano o usar un sello de goma, un dispositivo mecánico o un programa para computadoras. El(la) preparador(a) es responsable personalmente de poner su firma a la declaración de impuestos.

Si el(la) preparador(a) es empleado(a) por cuenta propia (es decir que, no está empleado(a) por alguna otra persona o negocio para preparar la declaración), él o ella debe marcar el encasillado para empleado(a) por cuenta propia en el espacio de Paid Preparer's Use Only (Espacio Sólo para Preparadores Remunerados) en su declaración.

El(la) preparador(a) deberá entregarle a usted una copia de su declaración de impuestos, además de la copia que presenta ante el IRS.

Si usted prepara su propia declaración, deje en blanco este espacio. Si otra persona prepara su declaración y no le cobra por el servicio, la misma no deberá firmarla.

Si tiene preguntas en cuanto a que si el(la) preparador(a) debe firmar su declaración, comuníquese con cualquier oficina del IRS.

Reembolsos

Cuando complete su declaración, usted determinará si pagó impuestos sobre el ingreso en exceso de lo que debía. Si es así, puede recibir un reembolso de la cantidad que pagó en exceso, o si presenta la Forma 1040 ó 1040A, puede elegir que se le aplique todo o parte de su pago en exceso al impuesto estimado del próximo año (2006). No podrá aplicar el pago en exceso a su impuesto estimado del 2006 si presenta la Forma 1040EZ.

Precaución
Si elige que el pago en exceso del 2005 se le aplique al impuesto estimado del 2006, usted no podrá cambiar de idea y recibir cualquier parte del pago en exceso reembolsado después de la fecha límite en que debe presentar su declaración (sin extensiones) en el 2005.

Siga las instrucciones para completar las partidas para reclamar su reembolso y/o para aplicar su pago en exceso a su impuesto estimado para el 2006.

Consejo
Si su reembolso del 2005 es cuantioso, quizás querrá disminuir la cantidad de impuestos sobre el ingreso retenida de su sueldo en el 2006. Para más información, vea el capítulo 4.

Escoga el Depósito Directo

En vez de recibir un cheque en papel, pudiera obtener su reembolso depositado directamente a su cuenta en un banco u otra institución financiera. Siga las instrucciones de su forma para solicitar el Depósito Directo.

Si el depósito directo no se puede hacer, el IRS le enviará un cheque en su lugar.

El pago en exceso es menor de un dólar.   Si su pago en exceso es menor de un dólar, no lo recibirá a no ser que lo pida por escrito.

Cobrando el cheque de su reembolso.   Cobre el cheque de su reembolso de impuestos tan pronto como lo reciba. Los cheques no cobrados dentro de 12 meses de la fecha en que fueron expedidos serán cancelados y los ingresos devueltos al IRS.

  Si su cheque ha sido cancelado, podrá solicitarle al IRS para que vuelva a expedirlo.

Reembolso mayor o menor de lo esperado.   Si recibe un cheque de reembolso que no le corresponde o por un pago en exceso que debería haber sido acreditado a su impuesto estimado, no cobre el cheque. Llame al IRS.

  Si recibe un cheque por más de lo que reclamó, no lo cobre hasta que reciba una notificación explicando la diferencia.

  Si recibe un cheque por menos de lo que reclamó, debería estar acompañado por una notificación explicando la diferencia. Cobrar el cheque no le impide reclamar una suma adicional de reembolso.

  Si no recibió una notificación y tiene preguntas sobre la cantidad de su reembolso, usted debería esperar dos semanas. Si todavía no ha recibido una notificación, llame al IRS.

Compensación contra deudas.   Si le deben un reembolso pero no ha pagado ciertas cantidades que usted adeuda, todo o parte de su reembolso puede ser usado para pagar toda o parte de la cantidad adeudada. Esto incluye impuestos sobre el ingreso federal adeudados, otras deudas federales (tales como los préstamos estudiantiles), impuestos estatales y pagos de manutención para hijos y cónyuges. Usted será notificado(a) si el reembolso que reclamó ha sido aplicado contra sus deudas.

Declaración conjunta y cónyuge lesionado(a).   Cuando se presenta una declaración conjunta y sólo un cónyuge debe una cantidad adeudada, el(la) otro(a) cónyuge puede ser considerado(a) cónyuge lesionado(a). Un(a) cónyuge lesionado(a) puede recibir un reembolso de su parte del pago en exceso que de otra manera sería usado para pagar una cantidad adeudada.

  Para ser considerado(a) un(a) cónyuge lesionado(a) deberá:
  1. Presentar una declaración conjunta y

  2. Tener ingreso que se ha informado (tales como salarios, intereses, etc.) o

  3. Haber hecho y declarado pagos de impuestos (tales como la retención de impuestos federales de su sueldo o pagos estimados de impuestos), o haber reclamado el crédito por ingreso del trabajo o algún otro crédito reembolsable y

  4. No estar obligado(a) a pagar la cantidad adeudada.

Aviso.

Si el hogar permanente del(la) cónyuge lesionado(a) está ubicado en un estado de comunidad conyugal, el cónyuge lesionado(a) debe cumplir solamente (1) y (4) arriba. Para más información, vea la Publicación 555, Community Property (Comunidad de Bienes), en inglés.

Si usted es un(a) cónyuge lesionado(a), debe presentar la Forma 8379, Injured Spouse Claim and Allocation (Reclamo del Cónyuge Lesionado y Asignación), en inglés, para que se le reembolsen a usted su parte del pago en exceso. Siga las instrucciones de la forma.

Si usted no ha presentado su declaración conjunta y sabe que su reembolso conjunto será aplicado contra sus deudas, presente la Forma 8379 con su declaración. Usted debe recibir su reembolso dentro de 14 semanas de la fecha en que la declaración en papel se presenta o dentro de 11 semanas de la fecha en que la declaración se presenta electrónicamente.

Si usted presentó su declaración conjunta y su reembolso conjunto se aplicó contra sus deudas, presente solamente la Forma 8379. Si se presenta después de esa aplicación, se puede tardar hasta 8 semanas para recibir su reembolso. No adjunte la declaración de impuestos que fue presentada anteriormente, pero asegúrese de incluir copias de todas las Formas W-2 y W-2G, en inglés, para ambos cónyuges y cualesquier Formas 1099 que muestren impuesto sobre el ingreso retenido.

Generalmente, debe presentar la Forma 8379 no más de 2 años desde la fecha del Notification of Offset (Aviso sobre Reembolso contra Deudas). Una Forma 8379 distinta debe ser presentada para cada año tributario que se toma en cuenta.

Precaución
Un reclamo de cónyuge lesionado(a) es distinta de una solicitud para alivio del cónyuge inocente. Un(a) cónyuge lesionado(a) utiliza la Forma 8379 para solicitar la división del pago del impuesto en exceso que se le achaca a cada cónyuge. Un(a) cónyuge inocente utiliza la Forma 8857SP, Solicitud para Alivio del Cónyuge Inocente, o la Forma 8857, Request for Innocent Spouse Relief, en inglés, para solicitar alivio de la obligación conjunta para los impuestos, los intereses y las penalidades en una declaración conjunta para las partidas del otro(a) cónyuge (o ex-cónyuge) que no fueron informadas debidamente en la declaración conjunta. Para información sobre los cónyuges inocentes, vea, Alivio de la obligación conjunta , bajo, Presentar una Declaración Conjunta , en el capítulo 2.

Cantidad que Usted Adeuda

Cuando complete su declaración, usted determinará si pagó la cantidad total de impuestos que debe. Si debe impuestos adicionales, deberá pagarlos con su declaración.

Si el IRS le calcula sus impuestos, usted recibirá una cuenta para cualquier impuesto que adeude. Usted deberá pagar esta cuenta dentro de 30 días (o para la fecha de vencimiento de su declaración, si ocurre más tarde). Vea el tema, Impuesto Calculado por el IRS, en el capítulo 30 de la Publicación 17, en inglés.

Precaución
Si usted no paga los impuestos que adeuda antes de la fecha límite, a lo mejor se le impondrá una multa por no pagar. Vea el tema, Multas , más adelante. Para obtener más información acerca del saldo de su cuenta, vea la Publicación 594, The IRS Collection Process, en inglés, o la Publicación 594 SP, El Proceso de Cobro del IRS en español.

Consejo
Si la cantidad que usted debe para el 2005 es cuantiosa, quizás querrá aumentar la cantidad de impuestos sobre el ingreso retenida de su sueldo o hacer pagos de impuesto estimado para el 2006. Vea el capítulo 4 para más información.

Cómo Pagar

Si debe una cantidad en su declaración de impuestos, usted puede pagar con cheque, giro o tarjeta de crédito. Si ha presentado la declaración electrónicamente, pudiera también hacer su pago electrónicamente.

Consejo
No tiene que pagar si la cantidad que usted debe es menor de $1.

Pago con cheque o giro.   Si paga con cheque o giro, haga el cheque a nombre del “United States Treasury” (Tesoro de los Estados Unidos). En la parte delantera de su cheque o giro deberá aparecer su nombre correcto, su dirección, su número de seguro social, su número de teléfono durante el día, el año tributario y el número de la forma. Si presenta una declaración conjunta, anote el primer número de seguro social que aparece en su declaración de impuestos.

  Por ejemplo, si presenta la Forma 1040 para el 2005 y debe impuesto adicional, en la parte delantera de su cheque o de su giro deberá aparecer su nombre correcto, su dirección, su número de seguro social, su número de teléfono durante el día, y el número de la forma de tal manera: “2005 Form 1040”. Si presenta una declaración enmendada (Forma 1040X) para el 2004 y adeuda impuestos, en la parte delantera de su cheque o de su giro deberá aparecer su nombre, su dirección, su número de seguro social, su número de teléfono durante el día y la frase “2004 Form 1040X”.

  Incluya su pago con la declaración, pero no lo adhiera a la forma. Si presentó la Forma 1040, por favor complete la Forma 1040-V, Payment Voucher (Comprobante de Pago), en inglés, y adjúntelo a su pago y a su declaración. La Forma 1040-V nos ayudará a procesar su pago con más exactitud y mejor eficiencia. Siga las instrucciones que acompañan a la forma.

  No envíe pagos en efectivo con su declaración. Si paga en efectivo en una oficina del IRS, quédese con el recibo como parte de sus comprobantes.

Pagos no honrados.   Si su cheque o su giro no es honrado (o sea, no son pagados) por su banco (u otra institución financiera) y el IRS no recibe los fondos, usted todavía adeuda el impuesto. Además, pudiera estar expuesto(a) a una multa por cheque no cobrable.

Opciones para el pago electrónico.   Las opciones para el pago electrónico son métodos convenientes y seguros para pagar sus impuestos individuales. No hay cheque que hacer, ni giro para comprar ni formas para enviar por correo. Los pagos se pueden hacer las 24 horas por día, los 7 días por semana.

Pago con tarjeta de crédito.   Puede usar su tarjeta de crédito American Express®, Discover®, MasterCard® o Visa®.

  Para pagar con tarjeta de crédito, llame al proveedor de servicio y siga las instrucciones grabadas. También puede hacer un pago con tarjeta de crédito en el Internet usando el cibersitio de un proveedor de servicio.

  Los proveedores de servicio cobran un cargo basado en la cantidad que está pagando. Los cargos pueden variar entre los proveedores. Durante la transacción le informarán el monto del cargo y tendrá la opción para continuar o cancelar la transacción. Puede también obtener el monto del cargo llamando al número de teléfono automatizado de servicio al cliente del proveedor de servicio o visitando su cibersitio.

  
Precaución
No agregue el cargo a su pago del impuesto.

  Si paga con tarjeta de crédito, escriba el número de confirmación que recibió al finalizar la transacción y la cantidad del pago de impuestos que abonó en la esquina izquierda superior de la primera página de su declaración de impuestos.
Proveedores de Servicio
Link2Gov Corporation
Para hacer un pago, llame al 1-888-PAY-1040 SM
o 1-888-729-1040
Servicio de Ayuda al Cliente 1-888-658-5465
Cibersitio www.PAY1040.com
Official Payments Corporation
Para hacer un pago, llame al 1-800-2PAY-TAXSM
o 1-800-272-9829
Servicio de Ayuda al Cliente 1-877-754-4413
Cibersitio www.officialpayments.com

  Puede usar el sistema e-file y pagar en un solo paso al autorizar un pago de tarjeta de crédito. Esta opción está disponible por medio de algunos programas para las computadoras para la preparación de declaraciones y preparadores profesionales. También puede pagar con tarjeta de crédito por teléfono o por la red Internet.

Retiro electrónico de fondos.   Puede usar el sistema e-file y pagar en un solo paso al autorizar un retiro electrónico de fondos de su cuenta corriente o de su cuenta de ahorros. Si escoge esta opción de pago, usted necesitará el número de su cuenta, el número de circulación de su institución financiera y el tipo de cuenta (corriente o de ahorros). Puede programar su pago para una fecha futura hasta e incluyendo la fecha en que usted debe presentar su declaración (el 17 de abril del 2006).

  
Precaución
Comuníquese con su institución financiera para saber si permite que se retiren fondos electrónicamente y para obtener los números correctos de su cuenta y de circulación.

Sistema electrónico de pagos de impuestos federales (EFTPS) .   El sistema electrónico de pagos de impuestos federales (conocido por sus siglas en inglés, EFTPS) es un sistema gratuito para pagar los impuestos y del que todos los contribuyentes, que sean individuales o negocios, pueden hacer uso. Usted puede hacer pagos en línea o por teléfono.

  Aquí están algunos de los beneficios de este sistema tan fácil de usar:
  • Cómodo y flexible. Usted lo puede usar para programar pagos por adelantado. Por ejemplo, puede programar pagos de impuesto estimado (Forma 1040-ES) o pagos de un acuerdo de pagos a plazos a base semanal, mensual o trimestral.

  • Rápido y exacto. Usted puede hacer un pago del impuesto en cuestión de minutos. Debido a que hay pasos de verificación intercalados por todo el proceso de pago, usted puede controlar y revisar su información antes de enviarla.

  • Seguro. El sistema brinda la seguridad del más alto nivel. Cada transacción se confirma inmediatamente.

  Para más información o detalles sobre cómo inscribirse, visite el cibersitio www.eftps.gov o llame al número para ayuda al cliente del EFTPS al 1-800-316-6541 (individuos) ó 1-800-555-4477 (negocios).

Pagos del impuesto estimado.   No incluya ningún pago del impuesto estimado para el 2006 en el pago para su declaración de impuestos del 2005. Para más información sobre el pago del impuesto estimado, vea el capítulo 4 .

Intereses

Se cobra interés sobre impuestos que usted no pague para la fecha límite para presentar su declaración. Se le cobra interés aunque usted obtenga una extensión de tiempo para presentar la declaración.

Consejo
Si el IRS le calcula sus impuestos a usted, los intereses no pueden comenzar antes del trigésimo primero día después de que el IRS le envíe una cuenta o factura. Para más información, vea el tema, Tax Figured by IRS (Impuestos Calculados por el IRS) en el capítulo 30 de la Publicación 17, en inglés.

Intereses sobre multas o penalidades.   Se cobran intereses sobre las multas por no presentar la declaración de impuestos, las multas relacionadas con no declarar correctamente y la multa por fraude a partir del día en que usted debía presentar la declaración (incluyendo extensiones) hasta el día en que pague. Los intereses sobre otras multas comienzan desde la fecha de notificación y reclamo, pero no se cobran sobre multas pagadas dentro del período de 21 días calendarios desde la fecha de la notificación (o dentro de 10 días laborables si la notificación es por $100,000 ó más).

Intereses debido a errores o tardanzas del IRS.   Todo o parte de cualquier interés que le fue cobrado puede serle perdonado si el interés fue a causa de un error irrazonable o demora de un(a) oficial o empleado(a) del IRS al desempeñar un acto ministerial o administrativo.

  Un acto ministerial es un acto mecánico o de procedimiento que ocurre durante el proceso de su caso. Un acto administrativo incluye traslados de personal y capacitación extensiva de personal. Una decisión que concierne la aplicación correcta de las leyes tributarias federales no es un acto ministerial o administrativo.

  El interés puede ser perdonado sólo si usted no es responsable en ninguna manera importante por el error o la demora y si el IRS le notifica por escrito sobre la deficiencia o el pago. Para más información, obtenga la Publicación 556, Examination of Returns, Appeal Rights, and Claims for Refund (Examinación de Declaraciones, Derechos de Apelación y Reclamos de Reembolsos), en inglés.

  Los intereses y ciertas multas pueden ser suspendidos por un período limitado si usted presentó su declaración a más tardar en la fecha límite de presentación (incluyendo extensiones) y el IRS no le provee un aviso notificándole específicamente sobre su deuda y la razón sobre la cual se basa antes del cierre del período de 18 meses que comienza en la fecha más tardía entre:
  • La fecha en que presentó su declaración o

  • La fecha en que debía entregar su declaración sin tener en cuenta extensiones.

  Para más información, obtenga la Publicación 556, en inglés.

Acuerdo para Pagar a Plazos

Si usted no puede pagar la cantidad que debe cuando presente su declaración de impuestos, usted puede solicitar un acuerdo para pagar a plazos una parte de, o toda, la cantidad adeudada. Sin embargo, se le cobrarán intereses y tal vez se le cobrará una multa por pago fuera de plazo sobre los impuestos que todavía no se han pagado si paga después del 17 de abril del 2006, aunque se le acepte la solicitud para un acuerdo de pagos a plazo. Si se le acepta la solicitud, también tendrá que pagar un cargo. Para limitar los intereses y multas, pague lo más que pueda con su declaración. Pero antes de pedir que le dejen pagar a plazos, debería considerar otras alternativas menos costosas, tal como los préstamos bancarios.

Para pedir un acuerdo de pagos a plazo, use la Forma 9465-SP, Solicitud para un Plan de Pagos a Plazo o la Forma 9465, Installment Agreement Request, en inglés. Usted debe recibir una respuesta a su solicitud dentro de 30 días. Pero si usted declara sus impuestos después del 31 de marzo, la respuesta puede tardar más.

Además de pagar por cheque o giro, usted puede usar tarjeta de crédito o el sistema EFTPS para hacer pagos a plazo que ha acordado. Vea los temas, Tarjeta de Crédito y Sistema Electrónico de Pagos de Impuestos Federales (EFTPS) , bajo el título, Cómo Pagar, anteriormente.

Disponibilidad garantizada del acuerdo de pagos a plazo.   El IRS debe acceder a aceptar el pago de su deuda a plazos si, el día que usted ofrece entrar en el acuerdo:
  1. El total de sus impuestos (sin contar intereses, multas, añadiduras al impuesto o cantidades adicionales) no son mayores de $10,000.

  2. En los últimos 5 años, usted (y su cónyuge si la deuda se relaciona a una declaración conjunta) no:

    1. Ha fallado en cumplir con su obligación de presentar cualquier declaración de impuestos requerida,

    2. Ha fallado en cumplir con su obligación de pagar cualquier impuesto que aparece en su declaración o

    3. Ha entrado en un acuerdo para pagar a plazos cualquier impuesto sobre el ingreso.

  3. Usted demuestra que no puede pagar por completo su impuesto en la fecha límite,

  4. El impuesto será pagado en total en tres años o menos y

  5. Usted acepta cumplir con las leyes tributarias mientras su acuerdo está vigente.

Regalos Para Reducir la Deuda Pública

Dirección que pudiera necesitar
Usted puede hacer una contribución (donativo) para reducir la deuda pública. Si usted desea hacerlo, haga un cheque por separado a nombre del “Bureau of the Public Debt” (Agencia de la Deuda Pública).

Envíe su cheque a:

Bureau of the Public Debt
Department G
P.O. Box 2188
Parkersburg, WV 26106-2188

También puede incluir este cheque por separado en el sobre con su declaración de impuestos. No añada esta donación a ningún impuesto que usted deba.

Usted puede deducir esta donación como contribución caritativa en su declaración para el próximo año si detalla sus deducciones en el Anexo A (Forma 1040).

Etiqueta de Dirección Despegable

Después de que usted haya completado su declaración, despegue la etiqueta con su nombre y dirección de la parte de atrás de su juego de formas e instrucciones para el impuesto y póngala en el espacio apropiado de la Forma 1040, Forma 1040A o Forma 1040EZ que le envía al IRS. Si usted hace que alguien le prepare su declaración, déle a esa persona su etiqueta para usar en la declaración de impuestos de usted.

Si presenta su declaración electrónicamente y no es elegible para hacerlo o escoge no firmar su declaración usando su PIN seleccionado por usted mismo(a), use su etiqueta en la Forma 8453(SP) ó 8453-OL(SP), o en la Forma 8453 ó 8453-OL, en inglés. (Más información sobre la presentación de impuestos electrónica se halla anteriormente en este capítulo).

La etiqueta ayuda al IRS a identificar su cuenta correctamente. También ahorra costos de procesamiento y facilita el mismo para que los reembolsos puedan ser enviados más pronto.

Precaución
Debe escribir su número de seguro social en los espacios provistos en su declaración de impuestos.

Cómo corregir la etiqueta.   Haga cambios de nombre y de dirección necesarios en la etiqueta. Si tiene un número de apartamento que no se encuentra en la etiqueta, por favor, escríbalo. Si ha cambiado de nombre, vea el tema bajo, Número de Seguro Social, anteriormente.

No hay etiqueta.   Si no recibió un juego de formas e instrucciones para el impuesto con una etiqueta, escriba a mano o a máquina su nombre y dirección en los espacios provistos en la parte de arriba de su Forma 1040 o Forma 1040A. Si está casado(a) que presenta una declaración separada, no escriba el nombre de su cónyuge en el espacio en la parte de arriba. En vez de esto, ponga el nombre de su cónyuge en el espacio provisto en la línea 3 .

  Si presenta la Forma 1040EZ y no tiene etiqueta, escriba esta información en letras de molde o a máquina en los espacios provistos.

Apartado de correos.   Si su oficina de correos no entrega correo a su dirección de calle y usted tiene un apartado postal, escriba su número de apartado en la línea designada para su dirección de domicilio actual en lugar de su dirección de calle.

Dirección en el extranjero.   Si su dirección no es de los Estados Unidos o sus posesiones o territorios, escriba la información en la línea de “City, town or post office, state and ZIP Code” en el siguiente orden:
  1. Ciudad,

  2. Provincia o estado y

  3. Nombre del país extranjero. (No abrevie el nombre del país.)

Siga la costumbre del país al escribir el código postal.

¿Dónde Presento Mi Declaración?

Después de completar su declaración de impuestos, usted debe enviársela al IRS. La puede enviar por correo o pudiera declararla electrónicamente. Vea, ¿Tengo que Presentar Mi Declaración en Papel?, anteriormente.

Enviar su declaración por correo.   Si usted recibió un juego de formas e instrucciones para el impuesto con un sobre que tenía su dirección impresa, debe enviar su declaración en ese sobre.

  Si no tiene un sobre con su dirección impresa, o si se ha mudado durante el año, envíe su declaración por correo a la dirección que se encuentra al final de esta publicación para el área en que vive ahora.

¿Qué Ocurre Después de que Presento Mi Declaración?

Después de que usted envíe su declaración al IRS, usted pudiera tener algunas preguntas. Esta sección discute algunas inquietudes que usted pudiera tener acerca de los archivos o récords que debe mantener, su reembolso y lo que debe hacer si se muda.

¿Qué Archivos o Récords Debo Mantener?

Récors
Usted debe mantener sus récords para que pueda preparar una declaración de impuesto sobre el ingreso correcta y completa. La ley no requiere una forma especial de mantener los archivos o récords. Sin embargo, debería conservar todos los recibos, cheques cancelados y otras pruebas de pago y cualquier otro archivo o récord que pruebe las deducciones y créditos que usted reclama.

Si usted reclama un reembolso, debe probar con sus archivos o récords que usted pagó sus impuestos en exceso.

Cuánto tiempo debe guardar sus archivos o récords.   Usted debe guardar sus archivos o récords mientras sean importantes para las leyes tributarias federales.

  Guarde los archivos o récords que corroboren los detalles del ingreso que aparecen en su declaración hasta que el período de prescripción de su declaración venza. (El período de prescripción es el período después del cual no se pueden tomar acciones legales.) Para la tasación del impuesto que usted debe, este período generalmente es de 3 años a partir de la fecha en que usted presentó la declaración. Para reclamar un crédito o reembolso, es el período de mayor duración entre generalmente 3 años a partir de la fecha en que usted presentó la declaración original ó 2 años después de la fecha en que usted pagó el impuesto. Las declaraciones presentadas antes de la fecha límite o de vencimiento se consideran presentadas en la fecha límite o de vencimiento.

  Si usted no declaró ingresos que debió haber declarado en su declaración, y es más del 25% del total de los ingresos que aparecen en su declaración, el período de prescripción no vence sino hasta 6 años después de que usted presentó su declaración. Si la declaración es falsa o fraudulente con intención de evadir el impuesto, o si no presentó una declaración, una acción generalmente puede ser tomada en cualquier momento.

  Quizás usted necesite conservar archivos o récords relacionados con una propiedad durante más tiempo que el período de prescripción. Conserve esos archivos o récords mientras sean importantes para probar la base de la propiedad original o su reemplazo. Generalmente, esto significa que debe guardarlos mientras usted sea el(la) dueño(a) de una propiedad y, después de que se deshaga de ella, por el período de prescripción que le aplique. Vea el capítulo 13 para más información sobre la base de propiedades.

Aviso:

Si usted recibe una Forma W-2, mantenga la Copia C hasta que usted comience a recibir beneficios del Seguro Social. Esto le ayudará a proteger sus beneficios en caso de que haya preguntas relativas a su historial o récord de trabajo o sobre sus ganancias en algún año en particular. Revise la información que aparece en el informe anual que le envía la Administración del Seguro Social (para trabajadores mayores de 25 años de edad).

Copias de declaraciones de impuestos.   Usted debería guardar copias de las declaraciones de impuestos que haya presentado, así como de las instrucciones, como parte de sus archivos o récords. Las mismas le pudieran resultar muy útiles si necesita enmendar una declaración de impuestos que presentó anteriormente o al prepararlas en el futuro.

  Si necesita obtener una copia de una declaración de impuestos de un año anterior, usted puede obtenerla solicitándosela al IRS. Use la Forma 4506, Request for a Copy of Tax Return (Solicitud de una Copia de una Declaración de Impuestos), en inglés. Tiene que enviar un pago para obtener una copia de su declaración de impuestos cuando presente este formulario. El proceso de contestar su pedido puede tomar hasta 60 días.

Consejo
Si su vivienda principal, lugar de negocios principal o archivos tributarios se ubican en una zona de desastre declarada por el presidente de los Estados Unidos, se omitirá el cargo.

Apógrafos de su declaración.   Si usted necesita solamente información de su declaración de impuestos, puede pedir un apógrafo al llamar a 1-800-829-1040, o al utilizar la Forma 4506-T, Request for Transcript of Tax Return (Solicitud para Apógrafo de Declaración de Impuestos), en inglés. Puede recibir un apógrafo sin cargo alguno.

  Puede solicitar los siguientes artículos:

Apógrafo de la declaración de impuestos.   Esto incluye la mayor parte de las partidas de una declaración de impuestos tal como fue presentada ante el IRS. Se puede obtener este apógrafo para el año en curso y para los 3 años anteriores. La mayoría de los pedidos serán procesados dentro de 10 días laborables.

Apógrafo de cuenta de impuestos.   Esto contiene información sobre el estado financiero de la cuenta, tal como pagos hechos sobre la cuenta, determinación de multas y ajustes que hizo usted o el IRS después de que la declaración fue presentada. Información proveniente de la declaración se limita a artículos tales como el impuesto por pagar y los pagos de impuesto estimado. Los apógrafos de cuenta de impuestos están disponibles para la mayor parte de las declaraciones. La mayoría de las solicitudes serán procesadas dentro de 20 días laborables.

Constancia de cuenta.   Esto es un conjunto de información procedente de las partidas de la declaración de impuestos y ajustes a la cuenta que se hicieron más tarde. Esta información está disponible para el año que cursa y los tres años tributarios anteriores. La mayoría de las solicitudes serán procesadas dentro de 20 días laborables.

Más información.   Para más información sobre el mantenimiento de archivos o récords, obtenga la Publicación 552, Recordkeeping for Individuals (Mantenimiento de Archivos o Récords para Individuos), en inglés.

Interés Sobre Reembolsos

Si debe recibir un reembolso, pudiera recibir intereses sobre el mismo. Las tasas de interés se ajustan cada tres meses.

Si el reembolso se hace dentro de 45 días después de la fecha límite o de vencimiento de la declaración, no se pagarán intereses. Si usted presenta su declaración después de la fecha límite o de vencimiento (incluyendo extensiones), no se pagarán intereses si el reembolso se hace dentro de 45 días después de presentar la declaración. Si el reembolso no se hace dentro de este período de 45 días, se pagarán intereses comenzando con la fecha límite o de vencimiento de la declaración o a partir de la fecha en que usted la presentó, la fecha que ocurra por último.

El aceptar un reembolso no cambia su derecho a reclamar reembolsos adicionales e intereses. Presente su reclamo dentro del período de tiempo que aplica. Vea el tema, Declaraciones Enmendadas y Reclamos de Reembolso, más adelante. Si usted no acepta un cheque de reembolso, no se pagarán más intereses sobre el pago en exceso incluido en el cheque.

Interés sobre reembolsos incorrectos.   Generalmente, todos o parte de los intereses que le fueron cobrados en una declaración incorrecta le serán perdonados. Cualquier interés cobrado por el período antes de que usted pidiera el reembolso será perdonado a menos que:
  1. Usted, o alguien relacionado con usted, causara el reembolso incorrecto en cualquier manera o

  2. El reembolso sea mayor de $50,000.

  Por ejemplo, si usted reclamó un reembolso de $100 en su declaración, pero el IRS cometió un error y le envió $1,000, no le cobrarán intereses por el tiempo en que usted se quedó con la diferencia de $900. Sin embargo, tiene que devolver los $900 cuando el IRS se los pida.

Reembolsos Vencidos

Usted puede verificar el estado de su reembolso del 2005 si han pasado por lo menos 6 semanas desde que envió su declaración de impuestos (3 semanas si declaró electrónicamente). Asegúrese de tener a mano su copia de la declaración del año 2005 porque necesitará saber el estado civil que usó en su declaración, el primer número de seguro social o el número de identificación de contribuyente individual para extranjeros que aparece en su declaración y la cantidad exacta en dólares de su reembolso. Para verificar su reembolso, toma una de las medidas siguientes:

  • Visite el sitio www.irs.gov y pulse sobre el tema, Where's My Refund (Dónde Está Mi Reembolso).

  • Llame al 1-800-829-4477 a cualquier hora del día o de la noche para recibir información automatizada sobre reembolsos y siga las instrucciones grabadas.

  • Llame al 1-800-829-1954 en las horas indicadas en las instrucciones de su forma de impuestos.

Cambio de Dirección

Si se ha mudado, presente su declaración usando su nueva dirección.

Si se muda después de presentar su declaración, debería darle al IRS notificación escrita, clara y concisa, de su cambio de dirección. Envíe la notificación al Centro de Servicio del IRS que sirve a su antigua dirección. Puede usar la Forma 8822, Change of Address (Cambio de Dirección), en inglés. Si espera un reembolso, también avise la oficina de correos sirviendo a su antigua dirección. Eso ayudará a remitir su cheque a su nueva dirección (a no ser que escogiera el depósito directo de su reembolso).

Asegúrese de incluir su número de seguro social (y el nombre y número de seguro social de su cónyuge, si presentó una declaración conjunta) en cualquier correspondencia con el IRS.

¿Qué Sucede si Me Equivoqué?

Los errores en su declaración podrán retrasar su reembolso o causar que se le envíen notificaciones. Si descubre un error, usted puede presentar una declaración enmendada o un reclamo de reembolso.

Declaraciones Enmendadas y Reclamos de Reembolso

Usted debe corregir su declaración de impuestos si, después de haber presentado su declaración, usted descubre que:

  1. Usted no declaró algún ingreso,

  2. Usted reclamó deducciones o créditos que no debió haber reclamado,

  3. Usted no reclamó deducciones y créditos que podría haber reclamado o

  4. Usted debiera haber reclamado un estado civil diferente. (Usted no puede cambiar su estado civil de casado(a) que presenta una declaración conjunta a casado(a) que presenta declaración separada después de la fecha de vencimiento original de su declaración de impuestos. Sin embargo, un(a) albacea quizás podrá hacer este cambio por un(a) cónyuge fallecido(a)).

Si usted necesita una copia de su declaración de impuestos, vea el tema titulado, Copias de declaraciones de impuestos, bajo, ¿Qué Archivos o Récords Debo Mantener?, anteriormente en este capítulo.

Forma 1040X.   Use la Forma 1040X, Amended U.S. Individual Income Tax Return (Declaración Enmendada de Impuestos sobre el Ingreso para Individuos de los Estados Unidos), en inglés, para corregir o enmendar una declaración que ya presentó. Una declaración de impuestos enmendada no puede ser enviada electrónicamente usando el sistema e-file.

Completando la Forma 1040X.   En la Forma 1040X, anote sus ingresos, deducciones y créditos que usted informó en su declaración, los cambios que está haciendo y las cantidades corregidas. Entonces calcule el impuesto sobre las cantidades de ingreso tributable corregidas y la cantidad que usted debe o de su reembolso.

  Si usted debe impuestos, pague el total que debe con la Forma 1040X. El impuesto que usted debe no será restado de ninguna cantidad que usted haya acreditado a su impuesto estimado.

  Si usted no puede pagar el total de lo que debe con su declaración, puede solicitar hacer pagos a plazo mensuales. Vea anteriormente, Acuerdo para Pagar a Plazos.

  Si usted pagó impuesto en exceso, se le puede devolver todo o parte del pago en exceso, o puede aplicar todo o parte del pago en exceso a su impuesto estimado. Si usted elige recibir un reembolso, se le enviará por separado de cualquier reembolso que usted mostró en su declaración original.

Presentando la Forma 1040X.   Cuando termine de llenar su Forma 1040X, verifique que está completa. No olvide indicar el año de su declaración original y explique todos los cambios que ha hecho. Asegúrese de incluir cualesquier formas o anexos necesarios para explicar los cambios. Envíe la Forma 1040X al Centro del Servicio de Impuestos Internos que sirve al área en que usted vive ahora (tal como lo indican las instrucciones de su forma). Sin embargo, si usted está presentando la Forma 1040X como respuesta a una notificación que recibió del IRS, envíela a la dirección que aparece en la notificación. No use las direcciones que se encuentran al final de esta publicación.

  Presente una forma separada para cada año tributario afectado.

Plazo para solicitar un reembolso.   Generalmente, usted debe presentar su solicitud de reclamo para un crédito o reembolso dentro de 3 años después de la fecha en que declaró sus impuestos originalmente o dentro de 2 años después de la fecha en que pagó sus impuestos, cualquier fecha que ocurra por último. Las declaraciones presentadas antes de la fecha de vencimiento (sin contar extensiones) se consideran presentadas en la fecha de vencimiento (aun cuando la fecha haya sido un sábado, domingo o día feriado). Estos plazos de tiempo se suspenden cuando usted está incapacitado(a) económicamente, tema que se discutirá más tarde.

  Si el último día para reclamar un crédito o reembolso es un sábado, domingo o día feriado, usted puede hacer su reclamo el siguiente día laboral.

  Si usted no presenta su reclamo dentro de este plazo, quizás no tenga derecho a un crédito o reembolso.

Declaraciones presentadas tardíamente.   Si se le debe un reembolso pero no presentó una declaración de impuestos, generalmente usted debe presentar una declaración de impuestos dentro de 3 años a partir de la fecha de vencimiento (incluyendo extensiones) para recibir ese reembolso. Generalmente, su declaración debe tener un matasellos de no más tarde de 3 años desde la fecha de vencimiento (incluyendo extensiones). Para más información sobre los matasellos, vea, Presentar su declaración a tiempo, bajo, ¿Cuándo Tengo que Presentar Mi Declaración?, anteriormente.

Límite en la cantidad del reembolso.   Si usted presenta un reclamo dentro de 3 años después de la fecha en que presentó su declaración, el crédito o reembolso no puede ser más que el impuesto pagado dentro del plazo de 3 años (más cualquier extensión de tiempo para presentar su declaración) inmediatamente antes de que haya presentado su reclamo. Este plazo de tiempo se suspende mientras esté económicamente incapacitado(a), como se discutirá más adelante.

Impuestos pagados.   Los pagos, incluyendo pagos de impuestos estimados, hechos antes de la fecha de vencimiento de la declaración de impuestos original (sin tomar en consideración las extensiones) se consideran pagados en la fecha de vencimiento. Por ejemplo, el impuesto sobre el ingreso que fue retenido durante el año se considera pagado en la fecha de vencimiento de la declaración, o sea, el 15 de abril para la mayoría de los contribuyentes.

Ejemplo 1. .5. Ejemplo 1.

Usted pagó $500 de impuestos estimados y recibió una extensión automática hasta el 15 de agosto del 2003 para presentar su declaración de impuestos del año 2002. Cuando usted presentó su declaración de impuestos en esa fecha, pagó $200 adicionales en impuestos. El 15 de agosto del 2006, usted presentó una declaración enmendada y reclamó un reembolso de $700. Porque usted presentó su reclamo dentro de los 3 años de la fecha en que presentó su declaración original, puede recibir un reembolso de hasta $700, es decir, el impuesto pagado dentro de los 3 años más el período de extensión de 4 meses inmediatamente previos a cuando presentó su reclamo.

Ejemplo 1. .6. Ejemplo 2.

La situación es la misma que la del Ejemplo 1, sólo que usted presenta su declaración el 27 de octubre del 2003, 2 meses y medio después de que se acabó el período de extensión. Usted pagó $200 más en esa fecha. El 27 de octubre del 2006, usted presentó una declaración enmendada y reclamó un reembolso de $700. Aunque presentó su reclamación dentro de los 3 años de la fecha en que presentó su declaración original, su reembolso fue limitado a $200, por concepto del impuesto pagado dentro de los 3 años más el período de extensión de 4 meses inmediatamente previos a cuando presentó su reclamo. Los impuestos estimados de $500 pagados antes de ese período no pueden ser reembolsados ni acreditados.

  

  Si usted presenta un reclamo más de 3 años después de presentar su declaración de impuestos, el crédito o reembolso no puede ser mayor del impuesto que usted pagó dentro de los 2 años inmediatamente antes de presentar su reclamo.

Ejemplo 1. .7. Ejemplo.

Usted presentó su declaración de impuestos del 2002 el 15 de abril del 2003. Usted pagó $500 de impuestos. El 3 de noviembre del 2004, después de revisar su declaración del 2002, tuvo que pagar $200 adicionales en impuestos. El 10 de mayo del 2006, presentó un reclamo para un reembolso de $300. Pero, debido a que presentó su reclamo más de 3 años después de haber presentado su declaración, su reembolso será limitado a los $200 que pagó durante los 2 años inmediatamente antes de presentar su reclamo.

Económicamente incapacitado(a).   Los plazos de tiempo para reclamar un reembolso se suspenden durante el período en el cual usted está económicamente incapacitado(a). Para una declaración de impuestos conjunta, sólo un(a) cónyuge tiene que estar económicamente incapacitado(a) para que se suspenda el plazo de tiempo. Usted está económicamente incapacitado(a) si no puede administrar sus asuntos financieros por causa de un impedimento mental o físico que ha sido determinado por autoridades médicas y que se espera que podrá ser mortal o que ha durado o puede esperarse que durará por un período continuo de no menos de 12 meses. Sin embargo, usted no será tratado(a) como económicamente incapacitado(a) durante cualquier período en que su cónyuge u otra persona esté autorizada para actuar de parte de usted en asuntos financieros.

  Para hacer el reclamo de que está económicamente incapacitado(a), usted deberá enviar las siguientes declaraciones escritas con su reclamo para reembolso:
  1. Una declaración de su médico calificado que incluye:

    1. El nombre y descripción de su impedimento físico o mental,

    2. La opinión médica de su médico de que su impedimento no le permitía administrar sus asuntos financieros,

    3. La opinión médica de su médico de que se esperaba que el impedimento resultara en, o puede esperarse que resulte en, muerte, o que ha durado o se espera que va a durar por lo menos 12 meses,

    4. El período de tiempo específico (según el mejor entender del médico) y

    5. La siguiente certificación firmada por un médico: “I hereby certify that, to the best of my knowledge and belief, the above representations are true, correct, and complete” (Por este medio certifico que, a mi mejor entender y creencia, las representaciones anteriores son verídicas, correctas y completas).

  2. Una declaración hecha por la persona firmando el reclamo del crédito o del reembolso que ninguna persona, incluyendo su cónyuge, estuvo autorizada para actuar de parte suya en asuntos financieros durante el período del impedimento (o las fechas exactas en que una persona estuvo autorizada para actuar de parte de usted).

Excepciones para reembolsos de tipos especiales.   Si usted presenta un reclamo para uno de los siguientes artículos, las fechas y limitaciones mencionadas anteriormente quizás no apliquen. Estos artículos, y dónde puede obtener más información, son los siguientes:
  • Deudas incobrables. (Vea el tema titulado, Deudas Incobrables no Comerciales, en el capítulo 14.)

  • Valores sin valor. (Vea el tema titulado, Valores sin valor, en el capítulo 14.)

  • Impuestos extranjeros pagados o devengados. (Vea la Publicación 514, Foreign Tax Credit for Individuals (Crédito por Impuestos Extranjeros para Individuos), en inglés.)

  • Pérdida operativa neta que se incluye al volver a calcular los impuestos de años anteriores. (Vea la Publicación 536, Net Operating Losses (NOLs) for Individuals, Estates, and Trusts (Pérdidas Operativas Netas para Individuos, Caudales Hereditarios y Fideicomisos), en inglés.)

  • Ciertos créditos tributarios comerciales que se aplican a años anteriores. (Vea la Forma 3800, General Business Credit (Crédito General para Negocios), en inglés.)

  • Un reclamo basado en un acuerdo con el IRS extendiendo el período de tasación del impuesto.

Cómo se procesan reclamos para un reembolso.   Generalmente, los reclamos son procesados poco después de que la declaración haya sido presentada. Su reclamo pudiera ser aceptado como usted lo presentó, ser denegado o estar sujeto a revisión. Si un reclamo es revisado, los procedimientos son iguales a los de una revisión de una declaración de impuestos.

  Si su reclamo ha sido denegado, usted recibirá una explicación de por qué fue denegado.

Llevando su reclamo a corte.   Usted puede entablar una demanda por reembolso en la corte (tribunal), pero primero tiene que presentar un reclamo durante el tiempo debido ante el IRS. Si el IRS deniega su reclamo o no atiende su reclamo dentro de 6 meses después de que usted lo presente, entonces usted puede llevar su reclamo a la corte. Para más información sobre la obligación de probar (peso de la prueba) en el proceder de la corte, vea la Publicación 556, en inglés.

  El IRS provee un método rápido para trasladar su reclamo a la corte si:
  • Usted está presentando un reclamo por un crédito o reembolso basado solamente en los impuestos sobre el ingreso disputados o asuntos relacionados al impuesto sobre la herencia o sobre el impuesto sobre donaciones que se han considerado en declaraciones revisadas anteriormente, y

  • Usted quiere llevar su caso a la corte en vez de apelarlo ante el IRS.

  Cuando presente su reclamo con el IRS, usted puede obtener el método rápido si solicita por escrito que su reclamo sea denegado inmediatamente. Una notificación de denegación de reclamo le será enviada prontamente a usted.

  Usted tiene 2 años a partir de la fecha de envío por correo de la notificación de denegación para entablar una demanda por reembolso en el Tribunal de Distrito de los Estados Unidos que tiene jurisdicción o en el Tribunal Federal Estadounidense de Reclamos.

Interés sobre un reembolso.   Si usted recibe un reembolso debido a su declaración enmendada, se pagará interés a partir de la fecha de vencimiento de su declaración de impuestos original o desde la fecha en que usted presentó su declaración de impuestos original, cualquiera que ocurra por último, hasta la fecha en que usted presentó su declaración enmendada. Sin embargo, si el reembolso no se hace dentro de los 45 días después de que usted presente la declaración enmendada, el interés será pagado hasta la fecha en que el reembolso se paga.

Reembolsos reducidos.   Su reembolso pudiera ser reducido por una obligación tributaria adicional que se ha tasado contra usted.

  También su reembolso pudiera ser reducido por cantidades que usted debe por concepto de pagos de pensión para hijos o de manutención atrasadas, cantidades adeudadas a otra agencia federal o por impuestos estatales. Si su cónyuge adeuda estas cantidades, vea, Compensación contra deudas, bajo, Reembolsos, anteriormente, para el procedimiento apropiado que se debe seguir.

Efectos sobre las obligaciones tributarias estatales.   Si su declaración es cambiada por cualquier razón, puede afectar su obligación tributaria estatal. Esto incluye cambios hechos como resultado de una revisión de su declaración por el IRS. Póngase en contacto con su agencia estatal de impuestos para más información.

Multas

La ley dispone de multas por incumplimiento del requisito de presentación de declaraciones o por no pagar impuestos como se requiere.

Multas Civiles

Si no presenta su declaración y no paga sus impuestos para la fecha debida, usted pudiera tener que pagar una multa. Pudiera también tener que pagar una multa si subestima considerablemente sus impuestos, subestima transacciones que se deben declarar, presenta una declaración frívola o falla en proveer su número de seguro social o su número de identificación del contribuyente individual. Si provee información fraudulenta en su declaración, pudiera tener que pagar una multa por fraude civil.

Presentando fuera de plazo.   Si no presenta su declaración para la fecha debida (fecha límite) (incluyendo extensiones), usted pudiera tener que pagar una multa por incumplimiento del requisito de presentación. La multa suele ser el 5% por cada mes o parte del mes en que una declaración se atrasa, pero no mayor del 25%. La multa se basa en los impuestos no pagados en la fecha límite (sin tomar en cuenta extensiones).

Fraude.   Si su incumplimiento del requisito de presentación fue debido a fraude, su multa es el 15% por cada mes o parte del mes en que se atrasa su declaración, hasta el máximo del 75%.

Declaración con más de 60 días de atraso.   Si presenta su declaración más de 60 días después de la fecha debida o de la fecha debida después de una extensión, la multa mínima es de $100 ó del 100% del impuesto no pagado, la cantidad que sea menor.

Excepción.   No tendrá que pagar la multa si puede demostrar que no cumplió con el requisito a tiempo por una causa razonable y no por negligencia intencional.

Pagando impuestos fuera de plazo.   Tendrá que pagar una multa por pago incompleto de la mitad (1/2) del 1%, (o sea, .50%) de sus impuestos no pagados por cada mes o parte del mes después de la fecha en que los impuestos debían ser pagados pero que no son pagados. La multa no aplica durante el período de los 6 meses de extensión automática para presentar si usted pagó por lo menos el 90% de su impuesto adeudado en, o antes de, la fecha límite para la presentación de su declaración y paga el saldo cuando presenta su declaración.

  La tarifa mensual de multa por pago incompleto es la mitad de la tarifa regular (.25% en vez del .50%) si un acuerdo de pagos a plazo está vigente para ese mes. Deberá haber presentado su declaración para la fecha debida (incluyendo extensiones) para calificar para la multa reducida.

  Si se le expide una notificación de intención de embargo, la tarifa aumentará al 1% al comienzo del primer mes empezando por lo menos 10 días después de que se expida la notificación. Si se expide una notificación y demanda por pago inmediato, la tarifa aumentará al 1% al comienzo del primer mes empezando después del día en que la notificación y la demanda por pago se expidan.

  La multa no puede ser mayor del 25% de sus impuestos no pagados. No tendrá que pagar la multa si puede demostrar que usted tenía una buena razón por no pagar sus impuestos a tiempo.

Multas combinadas.   Si ambas multas, tanto por incumplimiento del requisito de presentación como por pago incompleto de impuestos (discutidas anteriormente), aplican en cualquier mes, el 5% (o el 15%) de la multa por incumplimiento del requisito de presentación será reducida por la multa por pago incompleto de impuestos. Sin embargo, si presenta su declaración más de 60 días después de la fecha debida o la fecha debida después de una extensión, la multa mínima es de $100 ó del 100% de los impuestos no pagados, la cantidad que sea menor.

Multas relacionadas con la exactitud.   Quizás tenga que pagar una multa en relación a la exactitud si usted paga insuficientemente sus impuestos porque:
  1. Muestra negligencia o descuido de las reglas o reglamentación o

  2. Subestima substancialmente su ingreso tributable.

  La multa es igual al 20% de su pago incompleto. Esta multa no será calculada sobre ninguna parte de su pago incompleto por la cual la multa por fraude (que se discute más adelante) se le cobre.

Negligencia o descuido.   El término “negligencia” incluye falta de hacer un intento razonable de cumplir con la ley tributaria o de ejercer cuidado ordinario y razonable en la preparación de una declaración. La negligencia incluye también la falta de mantener los libros y los registros adecuados. Usted no tendrá que pagar una multa de negligencia si usted tiene una base razonable por la postura que usted tomó.

  El término “descuido” incluye cualquier negligencia, imprudencia o descuido intencional.

Divulgación adecuada.   Usted puede evitar una multa por descuido de las reglas o reglamentación si divulga o revela adecuadamente en su declaración una postura que contiene por lo menos una base razonable. Vea más adelante, Divulgación de datos específicos pertinentes.

  Esta excepción no aplicará a un artículo que se pueda atribuir a un abrigo tributario. Además, no aplicará si usted deja de mantener libros y registros adecuados o de justificar los artículos apropiadamente.

La subestimación sustancial del impuesto sobre el ingreso.   Usted subestima sus impuestos si el impuesto mostrado en su declaración de impuestos es menor del impuesto correcto. La subestimación es sustancial si es del 10% del impuesto correcto o de $5,000, la cantidad que sea mayor. Sin embargo, la cantidad de la subestimación puede ser reducida hasta el punto en que la subestimación se deba a:
  1. Autoridad sustanciosa o

  2. Divulgación adecuada y una base razonable.

  Si un artículo de su declaración es atribuible a un abrigo tributario, no hay una reducción por divulgación adecuada. Sin embargo, hay una reducción por una postura de autoridad sustanciosa, pero sólo si usted creía razonablemente que su trato tributable fue más probable que no el trato apropiado.

Autoridad sustanciosa.   Sea que exista o no exista una autoridad sustanciosa para tratar un asunto relacionado a los impuestos depende de los hechos y circunstancias. Algunos puntos que se pudieran considerar son las opiniones de tribunales, reglamentación del Tesoro, resoluciones administrativas tributarias, procedimientos administrativos tributarios y notificaciones y anuncios emitidos por el IRS y publicados en el Internal Revenue Bulletin (Boletín de Impuestos Internos) que involucran circunstancias iguales o similares a las suyas.

Divulgación de datos específicos pertinentes.   Para divulgar adecuadamente los hechos pertinentes acerca del tratamiento tributable que usted le da a un artículo, use la Forma 8275, Disclosure Statement (Informe de Divulgación), en inglés. Usted deberá tener una base razonable para tratar a ese artículo de la manera en que usted lo hizo.

  En casos de solamente subestimación sustancial, los artículos que cumplen con los requisitos del Revenue Procedure (Procedimiento Administrativo) 2004-73 (o el más actualizado) son considerados adecuadamente revelados en su declaración sin presentar la Forma 8275.

  Use la Forma 8275-R, Regulation Disclosure Statement (Informe de Revelación según la Reglamentación), en inglés, para divulgar artículos o posturas contrarios a la reglamentación.

Causa razonable.   No tendrá que pagar una multa si puede demostrar una buena razón (causa razonable) por la forma en que usted trató el artículo. También deberá demostrar que actuó de buena fe.

Declaración frívola.   Pudiera tener que pagar una multa de $500 si presenta una declaración frívola. Una declaración frívola es una en que no incluye suficiente información para calcular los impuestos correctos o que contiene información que demuestra claramente que los impuestos que usted informó son sustancialmente incorrectos.

  Tendrá que pagar la multa si usted presentó este tipo de declaración debido a una postura frívola suya o por un deseo de demorar o interferir con la administración de las leyes tributarias federales sobre el ingreso. Esto incluye la alteración o eliminación de lenguaje impreso que está colocado encima del espacio provisto para su firma.

  La multa se agrega a cualquier otra multa impuesta por la ley.

  La multa deberá ser pagada en su totalidad al recibir la notificación y demanda del IRS aunque usted proteste la multa.

Fraude.   Si hay un pago insuficiente del impuesto sobre su declaración debido a fraude, una multa del 75% del pago insuficiente adeudado será agregado a su impuesto.

Declaración conjunta.   La multa por fraude en una declaración conjunta no le aplica al(la) cónyuge a no ser que alguna parte del pago insuficiente se deba al fraude de ese(a) cónyuge.

Incumplimiento de la provisión del número de seguro social.   Si no incluye su número de seguro social o el número de seguro social de otra persona en donde se le exige en una declaración de impuestos, una declaración u otro documento, usted estará sujeto(a) a una multa de $50 por cada instancia de incumplimiento. También estará sujeto(a) a una multa de $50 si no provee su número de seguro social a otra persona cuando se le requiere en una declaración de impuestos, una declaración u otro documento.

  Por ejemplo, si tiene una cuenta de banco que acumula interés, usted deberá darle su número de seguro social al banco. Ese número deberá aparecer en la Forma 1099-INT u otro informe que el banco le envíe. Si no le da su número de seguro social al banco, estará sujeto(a) a una multa de $50. (Pudiera también estar sujeto(a) a la retención adicional de impuestos sobre el ingreso. Vea el capítulo 4.)

  No tendrá que pagar la multa si puede demostrar que el incumplimiento fue por una causa razonable y no por negligencia intencional.

Incumplimiento de la provisión del número de registro de un abrigo tributario.   La persona que le vende (o de otra manera traspasa) a usted algún interés en un abrigo tributario deberá darle el número de registro del abrigo tributario o estará sujeta a una multa de $100. Si reclama una deducción, crédito o algún otro beneficio debido al abrigo tributario, usted deberá adjuntar la Forma 8271, Investor Reporting of Tax Shelter Registration Number (Informe del Inversionista del Número de Registro de un Abrigo Tributario), en inglés, a su declaración para reportar el número de registro del abrigo tributario en su declaración. Tendrá que pagar una multa de $250 por cada instancia en que usted no provee un número de registro de un abrigo tributario en su declaración. La multa puede ser perdonada si usted tiene una causa razonable para no reportar el número.

Penas Criminales

Usted pudiera estar expuesto(a) a enjuiciamiento criminal (llevado(a) a juicio) por acciones tales como:

  1. Evasión de impuestos,

  2. Falta intencional de presentar su declaración, proveer información o pagar impuestos debidos,

  3. Fraude y declaraciones falsas o

  4. Preparación y presentación de declaraciones fraudulentas.

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