Tax Preparation Help  
Publication 579(SP) 2008 Tax Year

11.   Beneficios del Seguro Social y Equivalentes de la Jubilación Para Empleados Ferroviarios

Este capítulo explica las reglas del impuesto federal sobre el ingreso para los beneficios del seguro social y equivalentes de la jubilación para empleados ferroviarios de nivel 1. Explica los siguientes temas:

  • Cómo determinar si sus beneficios son tributables.

  • Cómo usar la hoja de trabajo de beneficios del seguro social (con ejemplos).

  • Cómo declarar los beneficios tributables.

  • Cómo tratar reintegraciones superiores a los beneficios recibidos durante el año.

Los beneficios del seguro social incluyen beneficios mensuales de jubilación, para el sobreviviente y de incapacidad. Éstos no incluyen pagos del ingreso de seguridad suplementario (Supplemental Social Security Income, o SSI, por sus siglas en inglés), los cuales no son tributables.

Los beneficios equivalentes de la jubilación de empleados ferroviarios de nivel 1 son la parte de los beneficios de nivel 1 que un empleado ferroviario o beneficiario habría tenido derecho a recibir bajo el sistema del seguro social. Éstos se conocen habitualmente como la porción del beneficio equivalente del seguro social (Social Security Equivalent Benefit, o SSEB, por sus siglas en inglés) de los beneficios de nivel 1.

Si recibió estos beneficios durante el año 2007, debería haber recibido un Formulario SSA-1099, Social Security Benefit Statement (Declaración de Beneficios del Seguro Social), en inglés, o un Formulario RRB-1099, Payments by the Railroad Retirement Board (Pagos Efectuados por la Junta de Jubilación Ferroviaria), en inglés (o si es extranjero no residente, el Formulario SSA-1042S, Social Security Benefit Statement (Declaración de Beneficios del Seguro Social), o Formulario RRB-1042S, Statement for Nonresident Alien Recipients of: Payments by the Railroad Retirement Board (Declaración para Destinatarios Extranjeros no Residentes de: Pagos Efectuados por la Junta de Jubilación Ferroviaria), en inglés). Estos formularios muestran las cantidades recibidas y reintegradas y los impuestos retenidos durante el año. Tal vez reciba más de uno de estos formularios para el mismo año. Debe sumar todas las cantidades que aparezcan en todos los formularios que reciba para el año para determinar las cantidades “totales” recibidas y reintegradas y los impuestos retenidos durante ese año. Consulte el Appendix (Apéndice) al final de la Publicación 915, Social Security and Equivalent Railroad Retirement Benefits (Beneficios del Seguro Social y Equivalentes de la Jubilación Para Empleados Ferroviarios), en inglés, para más información.

Nota:

El uso del término “beneficios” en este capítulo corresponde tanto a los beneficios del seguro social como a la porción del SSEB de los beneficios de jubilación de empleados ferroviarios de nivel 1.

Lo que no aborda este capítulo.   Este capítulo no cubre las reglas tributarias para los siguientes beneficios de jubilación de empleados ferroviarios:
  • Porción del beneficio no equivalente al seguro social (conocido por sus siglas en inglés, NSSEB) de los beneficios de nivel 1.

  • Beneficios de nivel 2.

  • Beneficios dobles adquiridos.

  • Beneficios suplementarios de anualidad.

Para obtener información acerca de estos beneficios, consulte la Publicación 575, Pension and Annuity Income (Ingreso de Pensión o Anualidad), en inglés.

  Este capítulo tampoco cubre las reglas tributarias sobre los beneficios extranjeros del seguro social. Estos beneficios son tributables como anualidades, a menos que estén exentos de impuestos estadounidenses o sean tratados como un beneficio del seguro social estadounidense bajo un tratado tributario.

Publicación

  • 575 Pension and Annuity Income (Ingreso de Pensión o Anualidad), en inglés

  • 590 Individual Retirement Arrangements (IRAs) (Cuentas Individuales de Ahorro para la Jubilación (Cuentas IRA)), en inglés

  • 915 Social Security and Equivalent Railroad Retirement Benefits (Beneficios del Seguro Social y Equivalentes de Jubilación para Empleados Ferroviarios), en inglés

Formularios (e Instrucciones)

  • 1040-ES
    Estimated Tax for Individuals (Impuesto Estimado para las Personas Físicas), en inglés

  • W-4V
    Voluntary Withholding Request (Solicitud de Retención Voluntaria), en inglés

¿Es Tributable Alguno de sus Beneficios?

Para saber si alguno de sus beneficios puede ser tributable, compare la cantidad base de su estado civil para efectos de la declaración con el total de:

  1. La mitad de sus beneficios, más

  2. Todos los demás ingresos, incluidos los intereses exentos de impuestos.

Al hacer esta comparación, no reste de los demás ingresos ninguna de las siguientes exclusiones:

  • Intereses sobre bonos de ahorros estadounidenses calificados,

  • Beneficios de adopción proporcionados por el empleador,

  • Ingresos ganados en el extranjero o vivienda en el extranjero, ni

  • Ingresos ganados por residentes bona fide de la Samoa Estadounidense o Puerto Rico.

Cómo calcular el ingreso total.   Para calcular el total de la mitad de sus beneficios más los demás ingresos, use la Hoja de Trabajo 11-1 que aparece más adelante en este capítulo. Si el total es mayor que la cantidad base, es posible que parte de sus beneficios sea tributable.

   Si es casado y presenta una declaración conjunta para el año 2007, usted y su cónyuge deben combinar sus ingresos y beneficios para calcular si alguno de los beneficios combinados es tributable. Aun si su cónyuge no recibió beneficio alguno, debe sumar el ingreso de su cónyuge al suyo para calcular si alguno de sus beneficios es tributable.

  
Consejo
Si el único ingreso que recibió durante el año 2007 fue el seguro social o la porción del SSEB de los beneficios de jubilación para empleados ferroviarios de nivel 1, sus beneficios no son generalmente tributables y probablemente no tenga que presentar una declaración. Si tiene ingresos además de beneficios, tal vez tenga que presentar una declaración aun si ninguno de sus beneficios es tributable.

Cantidad base.   La cantidad base es:
  • $25,000 si es soltero, cabeza de familia o viudo que reúna los requisitos,

  • $25,000 si es casado que presenta una declaración por separado y vivió separado de su cónyuge durante todo el año 2007,

  • $32,000 si es casado que presenta una declaración conjunta o

  • $-0- si es casado que presenta una declaración por separado y vivió con su cónyuge en algún momento durante el año 2007.

Hoja de Trabajo 11-1.    Puede usar la Hoja de Trabajo 11-1 para calcular la cantidad de ingresos y compararla con la cantidad base. Ésta es una manera rápida de averiguar si alguno de sus beneficios es tributable.

Tabla Hoja de trabajo en blanco para calcular si alguno de sus beneficios pueden sertributables. Hoja de Trabajo 11-1. Una Manera Rápida de Averiguar si Sus Beneficios Podrían Estar Sujetos a Impuestos.

A. Anote la cantidad del recuadro 5 de todos los Formularios SSA-1099 y RRB-1099. Incluya la cantidad total de los pagos de beneficios en suma global recibidos en el año 2007, para el año 2007 y años anteriores. (Si recibió más de un formulario, combine las cantidades del recuadro 5 y anote el total). A.  
Nota: Si la cantidad de la línea A es cero o menos, deténgase aquí; ninguno de los beneficios es tributable este año.
B. Anote la mitad de la cantidad de la línea A B.  
C. Anote las pensiones, salarios, intereses, dividendos y otros ingresos tributables C.  
D. Anote todos los ingresos de intereses exentos de impuestos (como intereses de bonos municipales) más toda exclusión de los ingresos (enumerados anteriormente) D.  
E. Sume las líneas B, C y D E.  
Nota: Compare la cantidad de la línea E con la cantidad base correspondiente a su estado civil para efectos de la declaración. Si la cantidad de la línea E es igual o menor que la cantidad base correspondiente a su estado civil, ninguno de sus beneficios es tributable este año. Si la cantidad de la línea E es mayor que la cantidad base, algunos de sus beneficios podrían ser tributables. Debe completar la Hoja de Trabajo 1 de la Publicación 915, en inglés, (o la Hoja de Trabajo para Beneficios del Seguro Social del folleto de instrucciones del formulario para la declaración de impuestos).

Ejemplo 11. .1. Ejemplo.

Usted y su cónyuge (ambos mayores de 65 años de edad) presentan una declaración conjunta para el año 2007 y ambos recibieron beneficios del seguro social durante el año. En enero del año 2008, usted recibió un Formulario SSA-1099 que muestra beneficios netos de $7,500 en el recuadro 5. Su cónyuge recibió un Formulario SSA-1099 que muestra beneficios netos de $3,500 en el recuadro 5. Además, usted recibió una pensión tributable de $20,000 e ingresos por intereses de $500. No tuvo ningún ingreso de intereses exentos de impuestos. Sus beneficios no son tributables para el año 2007 debido a que su ingreso, según lo calculado en la siguiente Hoja de Trabajo 11-1, no es mayor que la cantidad base ($32,000) para una persona casada que presenta una declaración conjunta.

Aunque ninguno de sus beneficios es tributable, usted debe presentar una declaración para el año 2007 debido a que su ingreso bruto tributable ($20,500) excede de la cantidad mínima requerida para la presentación de la declaración correspondiente a su estado civil para efectos de la declaración.

Hoja de Trabajo 11-1. Una Manera Rápida de Averiguar si Sus Beneficios Podrían Estar Sujetos a Impuestos.
A. Anote la cantidad del recuadro 5 de todos los Formularios SSA-1099 y RRB-1099. Incluya la cantidad total de los pagos de beneficios en suma global recibidos en el año 2007, para el año 2007 y años anteriores. (Si recibió más de un formulario, combine las cantidades del recuadro 5 y anote el total). A. $ 11,000
Nota: Si la cantidad de la línea A es cero o menos, deténgase aquí; ninguno de los beneficios es tributable este año.
B. Anote la mitad de la cantidad de la línea A B. 5,500
C. Anote las pensiones, salarios, intereses, dividendos y otros ingresos tributables C. 20,500
D. Anote todos los ingresos de intereses exentos de impuestos (como intereses de bonos municipales) más toda exclusión de los ingresos (enumerados anteriormente). D. -0-
E. Sume las líneas B, C y D E. $26,000
Nota: Compare la cantidad de la línea E con la cantidad base correspondiente a su estado civil para efectos de la declaración. Si la cantidad de la línea E es igual o menor que la cantidad base correspondiente a su estado civil, ninguno de sus beneficios es tributable este año. Si la cantidad de la línea E es mayor que la cantidad base, algunos de sus beneficios podrían ser tributables. Debe completar la Hoja de Trabajo 1 de la Publicación 915, en inglés, (o la Hoja de Trabajo para Beneficios del Seguro Social del folleto de instrucciones del formulario para la declaración de impuestos).

Quién tributa.   La persona que tiene el derecho legal a recibir los beneficios debe determinar si los beneficios son tributables. Por ejemplo, si usted y su hijo reciben beneficios, pero el cheque de su hijo está a nombre de usted, debe usar sólo la parte de los beneficios que le corresponde a usted para ver si alguno de los beneficios está sujeto a impuestos para usted. La mitad de la parte correspondiente a su hijo debe sumarse a los demás ingresos de su hijo para saber si alguno de esos beneficios es tributable para su hijo.

Reintegración de beneficios.   Toda reintegración de beneficios que usted hiciera durante el año 2007 debe restarse de los beneficios brutos que recibió en el año 2007. No importa si la reintegración fue por un beneficio que recibió en el año 2007 o en un año anterior. Si la reintegración fue mayor que los beneficios brutos que recibió en el año 2007, consulte Reintegraciones Mayores que los Beneficios Brutos, más adelante.

  Los beneficios brutos aparecen en el recuadro 3 del Formulario SSA-1099 o RRB-1099. Las reintegraciones aparecen en el recuadro 4. La cantidad del recuadro 5 muestra sus beneficios netos del año 2007 (recuadro 3 menos recuadro 4). Use la cantidad del recuadro 5 para calcular si alguno de sus beneficios es tributable.

Retención de impuestos e impuesto estimado.   Puede optar por que se haga la retención del impuesto federal sobre el ingreso de sus beneficios del seguro social y/o de la porción del SSEB de sus beneficios de jubilación para empleados ferroviarios de nivel 1. Si opta por hacerlo, debe completar un Formulario W-4V. Puede optar por retener el 7%, 10%, 15% ó 25% de su pago total de beneficios.

  Si opta por no hacer la retención del impuesto sobre el ingreso, tal vez tenga que solicitar la retención adicional de otros ingresos o pagar un impuesto estimado durante el año. Para más detalles, obtenga la Publicación 505, Tax Withholding and Estimated Tax (Retención de Impuestos e Impuesto Estimado), o las instrucciones para el Formulario 1040-ES, ambas en inglés.

Cómo Declarar los Beneficios

Si parte de los beneficios es tributable, debe usar el Formulario 1040 o el Formulario 1040A. No puede usar el Formulario 1040EZ.

Cómo hacer la declaración en el Formulario 1040.   Declare los beneficios netos (la cantidad del recuadro 5 del Formulario SSA-1099 o del Formulario RRB-1099) en la línea 20a y la parte tributable en la línea 20b . Si es casado que presenta una declaración por separado y vivió separado de su cónyuge durante todo el año 2007, anote también “D” a la derecha de la palabra “benefits” (beneficios) en la línea 20a .

Cómo hacer la declaración en la Formulario 1040A.   Declare los beneficios netos (la cantidad del recuadro 5 del Formulario SSA-1099 o del Formulario RRB-1099) en la línea 14a y la parte tributable en la línea 14b . Si es casado que presenta una declaración por separado y vivió separado de su cónyuge durante todo el año 2007, anote también “D” a la derecha de la palabra “benefits” (beneficios) en la línea 14a .

Beneficios no tributables.   Si presenta el Formulario 1040EZ, no declare beneficio alguno en su declaración de impuestos. Si presenta el Formulario 1040 o Formulario 1040A, declare sus beneficios netos (la cantidad que aparece en el recuadro 5 de su Formulario SSA-1099 o Formulario RRB-1099) en la línea 20a del Formulario 1040 o en la línea 14a del Formulario 1040A. Anote -0- en la línea 20b del Formulario 1040 o en la línea 14b del Formulario 1040A. Si es casado que presenta la declaración por separado y vivió separado de su cónyuge durante todo el año 2007, también anote “D” a la derecha de la palabra “benefits” (beneficios) en la línea 20a del Formulario 1040 o en la línea 14a del Formulario 1040A.

¿Cuánto Es Tributable?

Si parte de los beneficios es tributable, la cantidad que es tributable depende de la cantidad total de los beneficios y otros ingresos. Generalmente, cuanto más alta sea esa cantidad total, mayor es la parte tributable de sus beneficios.

Máxima parte tributable.   Generalmente, hasta el 50% de los beneficios es tributable. Sin embargo, hasta el 85% de los beneficios puede ser tributable si en su caso se da alguna de las siguientes situaciones:
  • El total de la mitad de los beneficios más todos los demás ingresos es mayor de $34,000 ($44,000 si es casado que presenta una declaración conjunta).

  • Es casado que presenta una declaración por separado y vivió con su cónyuge en algún momento durante el año 2007.

Qué hoja de trabajo usar.   En las instrucciones del Formulario 1040 o del Formulario 1040A hay una hoja de trabajo para calcular los beneficios tributables. Puede usar esa hoja de trabajo o la Hoja de Trabajo 1 de la Publicación 915, en inglés, a menos que alguna de las siguientes situaciones corresponda a su caso:
  1. Hizo aportaciones a una cuenta individual de jubilación (conocida por sus siglas en inglés, IRA) tradicional y usted o su cónyuge está cubierto por un plan de jubilación del trabajo. En esta situación, usted debe usar las hojas de trabajo especiales del Apéndice B de la Publicación 590, en inglés, para calcular la deducción por una cuenta IRA y los beneficios tributables.

  2. La situación (1) no es su caso y usted reclama una exclusión por intereses sobre los bonos de ahorros estadounidenses calificados (Formulario 8815), por beneficios de adopción (Formulario 8839), por ingresos ganados en el extranjero o vivienda en el extranjero (Formulario 2555 o Formulario 2555-EZ), o por ingresos ganados en la Samoa Estadounidense (Formulario 4563) o en Puerto Rico reclamados por residentes bona fide. En esta situación, se debe usar la Hoja de Trabajo 1 de la Publicación 915, en inglés, para calcular los beneficios tributables.

  3. Recibió un pago de suma global por un año anterior. En esta situación, complete además la Hoja de Trabajo 2 ó 3 y la Hoja de Trabajo 4 de la Publicación 915, en inglés. Consulte Elección de suma global, a continuación.

Elección de suma global.   Debe incluir la parte tributable de un pago de suma global (retroactivo) de beneficios recibidos en el año 2007 en los ingresos del año 2007, aun si el pago incluye beneficios de un año anterior.

  
Consejo
Este pago global de beneficios no debe confundirse con el pago global de beneficios por fallecimiento que la SSA y el RRB pagan a muchos de sus beneficiarios. Ninguna parte del pago global de beneficios por fallecimiento está sujeta a impuestos.

  Generalmente, se usa el ingreso del año 2007 para calcular la parte tributable del total de beneficios recibidos en el año 2007. Sin embargo, tal vez se pueda calcular la parte tributable de un pago de suma global de un año anterior por separado, mediante el uso del ingreso de ese año anterior. Puede optar por este método si eso reduce los beneficios tributables.

Cómo elegir su opción de pago.   Si recibió un pago global de beneficios en el año 2007 que incluye beneficios de uno o más años anteriores, siga las instrucciones de la Publicación 915, en inglés, bajo Lump-Sum Election (Elección de Suma Global) para saber si realizar la elección reducirá sus beneficios tributables. Ese análisis también explica cómo hacer su elección.

  
Precaución
Debido a que los beneficios tributables de ese año anterior se incluyen en el ingreso del año 2007, no es necesario realizar ningún ajuste en la declaración de ese año anterior. No presente una declaración enmendada para ese año anterior.

Ejemplos

Los siguientes son algunos ejemplos que puede usar como guía para calcular la parte tributable de sus beneficios.

Ejemplo 11. .2. Ejemplo 1.

Jorge Blanco es soltero y presenta el Formulario 1040 para el año 2007. Jorge recibió los siguientes ingresos en el año 2007:

Pensión íntegramente tributable $18,600
Salario de trabajo a tiempo parcial 9,400
Ingreso de intereses tributables 990
Total $28,990

Jorge recibió además beneficios del seguro social durante el año 2007. El Formulario SSA-1099 que recibió en enero del año 2008 muestra $5,980 en el recuadro 5. Para calcular sus beneficios tributables, Jorge completa la hoja de trabajo que aparece aquí.

Hoja de Trabajo 1. Cómo Calcular los Beneficios Tributables
1. Anote la cantidad total del recuadro 5 de TODOS los Formularios SSA-1099 y RRB-1099. Además, anote esta cantidad en la línea 20a del Formulario 1040 o en la línea 14a del Formulario 1040A. $5,980
   
2. Anote la mitad de la línea 1. 2,990
3. Anote el total de las cantidades del:  
  Formulario 1040: Líneas 7, 8a, 9a, de la 10 a la 14, 15b, 16b, de la 17 a la 19 y 21.  
  Formulario 1040A: Líneas 7, 8a, 9a, 10, 11b, 12b y 13 28,990
4. Anote la cantidad, si la hubiera, de la línea 8b del Formulario 1040 o del Formulario 1040A -0-
5. Declarantes que presentan el Formulario 1040: Anote el total de todas las exclusiones o ajustes por:  
 
  • Intereses sobre bonos de ahorros
    estadounidenses calificados (línea 14 del Formulario 8815),

  • Beneficios de adopción (línea
    30 del Formulario 8839),

  • Ingresos ganados en el extranjero o vivienda en el extranjero
    (líneas 45 y 50 del Formulario 2555 o línea 18 del Formulario 2555-EZ) y

  • Ciertos ingresos de residentes bona
    fide
    de la Samoa Estadounidense
    (línea 15 del Formulario 4563) o de Puerto Rico

 
  Declarantes que presentan el Formulario 1040A: Anote el total de todas las exclusiones por intereses sobre los bonos de ahorros estadounidenses calificados (línea 14 del Formulario 8815) o por beneficios de adopción (línea 30 del Formulario 8839). -0-
6. Sume las líneas 2 , 3 , 4 y 5 31,980
7. Declarantes que presentan el Formulario 1040: Anote la cantidad de las líneas 23 a la 32 del Formulario 1040, y toda cantidad que se haya anotado en la línea de puntos directamente al lado de la línea 36 del Formulario 1040.  
  Declarantes que presentan el Formulario 1040A: Anote la cantidad de las líneas 16 y 17 del Formulario 1040A. -0-
8. ¿Es la cantidad de la línea 7 menor que la cantidad de la línea 6 ?  
  No.
No siga
Ninguno de los beneficios del seguro social es tributable. Anote -0- en la línea 20b del Formulario 1040 o en la línea 14b del Formulario 1040A.
  Sí.Reste la línea 7 de la línea 6 31,980
9. Si es:
  • Casado que presenta una
    declaración conjunta, anote $32,000.

  • Soltero, cabeza de familia,
    viudo que reúne los requisitos
    o casado que presenta una
    declaración por separado y vivió
    separado
    de su cónyuge
    durante todo el año 2007, anote $25,000.

25,000
  Nota: Si es casado que presenta una declaración por separado y vivió con su cónyuge en algún momento del año 2007, omita las líneas 9 a la 16 ; multiplique la línea 8 por el 85% (0.85) y anote el resultado en la línea 17 . Luego, pase a la línea 18 .  
10. ¿Es la cantidad de la línea 9 menor que la cantidad de la línea 8 ?  
  No.
No siga
Ninguno de los beneficios es tributable. Anote -0- en la línea 20b del Formulario 1040 o en la línea 14b del Formulario 1040A. Si es casado que presenta una declaración por separado y vivió separado de su cónyuge durante todo el año 2007, asegúrese de haber anotado “D” a la derecha de la palabra “benefits” (beneficios) en la línea 20a del Formulario 1040 o la línea 14a del Formulario 1040A.
 
  Sí.Reste la línea 9 de la línea 8 . 6,980
11. Anote $12,000 si es casado que presenta una declaración conjunta; $9,000 si es soltero, cabeza de familia, viudo que reúne los requisitos o casado que presenta una declaración por separado y vivió separado de su cónyuge durante todo el año 2007 9,000
12. Reste la línea 11 de la línea 10 . Si el resultado es cero o menos, anote -0-. -0-
13. De las líneas 10 y 11, anote la que sea menor. 6,980
     
14. Anote la mitad de la línea 13 . 3,490
15. De las líneas 2 y 14, anote la que sea menor. 2,990
16. Multiplique la línea 12 por el 85% (0.85). Si la línea 12 es cero, anote -0-. -0-
17. Sume las líneas 15 y 16 . 2,990
18. Multiplique la línea 1 por el 85% (0.85). 5,083
19. Beneficios tributables. De las líneas 17 y 18, anote la que sea menor. Además, anote esta cantidad en la línea 20b del Formulario 1040 o en la línea 14b del Formulario 1040A. $2,990
     

La cantidad de la línea 19 de la hoja de trabajo de Jorge muestra que $2,990 de sus beneficios del seguro social son tributables. En la línea 20a de su Formulario 1040, Jorge anota sus beneficios netos de $5,980. En la línea 20b , anota sus beneficios tributables de $2,990.

Ejemplo 11. .3. Ejemplo 2.

Raimundo y Alicia García presentan una declaración conjunta en el Formulario 1040A para el año 2007. Raimundo se jubiló y recibió una pensión íntegramente tributable de $15,500. Además, recibió beneficios del seguro social y su Formulario SSA-1099 para el año 2007 muestra beneficios netos de $5,600 en el recuadro 5. Alicia trabajó durante el año y tuvo un salario de $14,000. Ella realizó un pago deducible a su cuenta IRA de $1,000. Raimundo y Alicia tienen dos cuentas de ahorros con un total de $250 de ingresos de intereses sujetos a impuestos. Ellos completan la Hoja de Trabajo 1 y descubren que ninguno de los beneficios del seguro social de Raimundo es tributable. En la línea 3 de la hoja de trabajo, anotan $29,750 ($15,500 + $14,000 + $250). En el Formulario 1040A, anotan $5,600 en la línea 14a y -0- en la línea 14b.

Hoja de Trabajo 1. Cómo Calcular los Beneficios Tributables
1. Anote la cantidad total del recuadro 5 de TODOS los Formularios SSA-1099 y RRB-1099. Además, anote esta cantidad en la línea 20a del Formulario 1040 o en la línea 14a del Formulario 1040A. $5,600
   
2. Anote la mitad de la línea 1 2,800
3. Anote el total de las cantidades del:  
  Formulario 1040: Líneas 7, 8a, 9a, de la 10 a la 14, 15b, 16b, de la 17 a la 19 y 21.  
  Formulario 1040A: Líneas 7, 8a, 9a, 10, 11b, 12b y 13 29,750
4. Anote la cantidad, si la hubiera, de la línea 8b del Formulario 1040 o del Formulario 1040A -0-
5. Declarantes que presentan el Formulario 1040: Anote el total de todas las exclusiones o ajustes por:  
 
  • Intereses sobre bonos de ahorros estadounidenses calificados (línea 14 del Formulario 8815),

  • Beneficios de adopción (línea
    30 del Formulario 8839),

  • Ingresos ganados en el extranjero o
    vivienda en el extranjero (líneas 45
    y 50 del Formulario 2555 o línea 18 del Formulario 2555-EZ) y

  • Ciertos ingresos de residentes
    bona fide de Samoa
    Estadounidense (línea 15 del
    Formulario 4563) o de Puerto Rico

 
  Declarantes que presentan el Formulario 1040A: Anote el total de todas las exclusiones por intereses sobre los bonos de ahorros estadounidenses calificados (línea 14 del Formulario 8815) o por beneficios de adopción (línea 30 del Formulario 8839). -0-
6. Sume las líneas 2 , 3 , 4 y 5 . 32,550
7. Declarantes que presentan el Formulario 1040: Anote la cantidad de las líneas 23 a la 32 del Formulario 1040, y toda cantidad que se haya anotado en la línea de puntos directamente al lado de la línea 36.  
  Declarantes que presentan el Formulario 1040A: Anote la cantidad de la línea 16 y 17 del Formulario 1040A 1,000
8. ¿Es la cantidad de la línea 7 menor que la cantidad de la línea 6 ?  
  No.
No siga
Ninguno de los beneficios es tributable. Anote -0- en la línea 20b del Formulario 1040 o en la línea 14b del Formulario 1040A.
  Sí.Reste la línea 7 de la línea 6 31,550
9. Si es:
  • Casado que presenta una
    declaración conjunta, anote
    $32,000.

  • Soltero, cabeza de familia, viudo que reúne los requisitos
    o casado que presenta una declaración por separado y vivió
    separado
    de su cónyuge
    durante todo el año 2007, anote
    $25,000.

32,000
  Nota. Si es casado que presenta una declaración por separado y vivió con su cónyuge en algún momento del año 2007, omita las líneas 9 a la 16 ; multiplique la línea 8 por el 85% (0.85) y anote el resultado en la línea 17 . Luego, pase a la línea 18 .  
     
10. ¿Es la cantidad de la línea 9 menor que la cantidad de la línea 8 ?  
  No.
No siga
Ninguno de los beneficios es tributable. Anote -0- en la línea 20b del Formulario 1040 o en la línea 14b del Formulario 1040A. Si es casado que presenta una declaración por separado y vivió separado de su cónyuge durante todo el año 2007, asegúrese de haber anotado “D” a la derecha de la palabra “benefits” (beneficios) en la línea 20a del Formulario 1040 o la línea 14a del Formulario 1040A.
 
  Sí.Reste la línea 9 de la línea 8 .  
11. Anote $12,000 si es casado que presenta una declaración conjunta; $9,000 si es soltero, cabeza de familia, viudo que reúne los requisitos o casado que presenta una declaración por separado y vivió separado de su cónyuge durante todo el año 2007.  
12. Reste la línea 11 de la línea 10 . Si el resultado es cero o menos, anote -0-.  
13. De las líneas 10 y 11, anote la que sea menor  
14. Anote la mitad de la línea 13  
15. De las líneas 2 y 14, anote la que sea menor  
16. Multiplique la línea 12 por el 85% (0.85). Si la línea 12 es cero, anote -0-.  
17. Sume las líneas 15 y 16 .  
18. Multiplique la línea 1 por el 85% (0.85).  
19. Beneficios tributables. De las líneas 17 y 18, anote la que sea menor. Además, anote esta cantidad en la línea 20b del Formulario 1040 o la línea 14b del Formulario 1040A.  
     

Ejemplo 11. .4. Ejemplo 3.

José y Beatriz Pérez presentan una declaración conjunta en el Formulario 1040 del año 2007. José es empleado ferroviario jubilado y en el año 2007 recibió la porción del beneficio equivalente del seguro social (conocido por sus siglas en inglés, SSEB) de los beneficios de jubilación para empleados ferroviarios de nivel 1. El Formulario RRB-1099 de José muestra $10,000 en el recuadro 5. Beatriz es funcionaria del gobierno jubilada y recibe una pensión íntegramente tributable de $38,000. Ellos tuvieron $2,300 de ingresos de intereses sujetos a impuestos más $200 de intereses sobre bonos de ahorros estadounidenses calificados. Los intereses sobre bonos de ahorros calificaron para la exclusión. Calculan sus beneficios tributables completando la Hoja de Trabajo 1. En la línea 3 de la hoja de trabajo, anotan $40,300 ($38,000 + $2,300).

Hoja de Trabajo 1. Cómo Calcular los Beneficios Tributables
1. Anote la cantidad total del recuadro 5 de TODOS los Formularios SSA-1099 y RRB-1099. Además, anote esta cantidad en la línea 20a del Formulario 1040 o en la línea 14a del Formulario 1040A. $10,000
   
2. Anote la mitad de la línea 1 5,000
3. Anote el total de las cantidades del:  
  Formulario 1040: Líneas 7, 8a, 9a, de la 10 a la 14, 15b, 16b, de la 17 a la 19 y 21.  
  Formulario 1040A: Líneas 7, 8a, 9a, 10, 11b, 12b y 13 40,300
4. Anote la cantidad, si la hubiera, de la línea 8b del Formulario 1040 o del Formulario 1040A -0-
5. Declarantes que presentan el Formulario 1040: Anote el total de todas las exclusiones o ajustes por:  
 
  • Intereses sobre bonos de ahorros estadounidenses calificados (línea 14 del Formulario 8815),

  • Beneficios de adopción (línea
    30 del Formulario 8839),

  • Ingresos ganados en el extranjero
    o vivienda en el extranjero
    (líneas 45 y 50 del Formulario 2555 o
    línea 18 del Formulario 2555-EZ) y

  • Ciertos ingresos de residentes
    bona fide de la Samoa
    Estadounidense (línea 15 del Formulario 4563) o de Puerto Rico

 
  Declarantes que presentan el Formulario 1040A: Anote el total de todas las exclusiones por intereses sobre los bonos de ahorros estadounidenses calificados (línea 14 del Formulario 8815) o por beneficios de adopción (línea 30 del Formulario 8839). 200
6. Sume las líneas 2 , 3 , 4 y 5 . 45,500
7. Declarantes que presentan el Formulario 1040: Anote la cantidad de las líneas 23 a la 32 del Formulario 1040 y toda cantidad que se haya anotado en la línea de puntos directamente al lado de la línea 36.  
  Declarantes que presentan el Formulario 1040A: Anote la cantidad de las líneas 16 y 17 del Formulario 1040A. -0-
8. ¿Es la cantidad de la línea 7 menor que la cantidad de la línea 6 ?  
  No.
No siga
Ninguno de sus beneficios es tributable. Anote -0- en la línea 20b del Formulario 1040 o en la línea 14b del Formulario 1040A.
  Sí.Reste la línea 7 de la línea 6 45,500
9. Si es:
  • Casado que presenta una
    declaración conjunta, anote $32,000.

  • Soltero, cabeza de familia, viudo que reúne los requisitos
    o casado que presenta una declaración por separado y vivió
    separado
    de su cónyuge durante
    todo el año 2007, anote $25,000.

32,000
  Nota. Si es casado que presenta una declaración por separado y vivió con su cónyuge en algún momento del año 2007, omita las líneas 9 a la 16 ; multiplique la línea 8 por el 85% (0.85) y anote el resultado en la línea 17 . Luego, pase a la línea 18 .  
10. ¿Es la cantidad de la línea 9 menor que la cantidad de la línea 8 ?  
  No.
No siga
Ninguno de los beneficios es tributable. Anote -0- en la línea 20b del Formulario 1040 o en la línea 14b del Formulario 1040A. Si es casado que presenta una declaración por separado y vivió separado de su cónyuge durante todo el año 2007, asegúrese de haber anotado “D” a la derecha de la palabra “benefits” (beneficios) en la línea 20a del Formulario 1040 o la línea 14a del Formulario 1040A.
 
  Sí.Reste la línea 9 de la línea 8 . 13,500
11. Anote $12,000 si es casado que presenta una declaración conjunta; $9,000 si es soltero, cabeza de familia, viudo que reúne los requisitos o casado que presenta una declaración por separado y vivió separado de su cónyuge durante todo el año 2007. 12,000
12. Reste la línea 11 de la línea 10 . Si el resultado es cero o menos, anote -0-. 1,500
13. De las líneas 10 y 11, anote la que sea menor. 12,000
14. Anote la mitad de la línea 13 . 6,000
15. De las líneas 2 y 14, anote la que sea menor. 5,000
16. Multiplique la línea 12 por el 85% (0.85). Si la línea 12 es cero, anote -0-. 1,275
17. Sume las líneas 15 y 16 . 6,275
18. Multiplique la línea 1 por el 85% (0.85). 8,500
19. Beneficios tributables. De las líneas 17 y 18, anote la que sea menor. Además, anote esta cantidad en la línea 20b del Formulario 1040 o en la línea 14b del Formulario 1040A. $6,275
     

Más del 50% de los beneficios netos de José son tributables debido a que el ingreso de la línea 8 de la hoja de trabajo ($45,500) es mayor que $44,000. José y Beatriz anotan $10,000 en la línea 20a del Formulario 1040 y $6,275 en la línea 20b del Formulario 1040.

Deducciones Relacionadas con los Beneficios

Tal vez tenga derecho a deducir ciertas cantidades relacionadas con los beneficios que reciba.

Pagos por incapacidad.   Tal vez haya recibido pagos por incapacidad de su empleador o de una compañía de seguros que usted incluyó como ingresos en la declaración de impuestos de algún año anterior. Si recibió un pago de suma global de la SSA o del RRB y tuvo que reintegrar al empleador o compañía de seguros los pagos por incapacidad, puede reclamar una deducción detallada por la parte de los pagos que incluyó en los ingresos brutos de ese año anterior. Si la cantidad que reintegra es más de $3,000, tal vez pueda reclamar un crédito tributario en su lugar. Reclame la deducción o crédito de la misma manera que se explica bajo Reintegraciones Mayores que los Beneficios Brutos, más adelante.

Gastos por asuntos legales.   Normalmente se pueden deducir gastos por asuntos legales pagados, o en los que se hayan incurrido, para producir o cobrar ingresos tributables o relacionados con la determinación, el cobro o el reembolso de algún impuesto.

  Los gastos por asuntos legales por el cobro de la parte tributable de sus beneficios son deducibles como una deducción miscelánea detallada en la línea 23 del Anexo A (Formulario 1040).

Reintegraciones Mayores que los Beneficios Brutos

En algunas situaciones, el Formulario SSA-1099 o el Formulario RRB-1099 mostrará que el total de beneficios reintegrados (recuadro 4) es mayor que los beneficios brutos (recuadro 3) recibidos. Si esto ocurre, los beneficios netos del recuadro 5 serán una cifra negativa (una cifra entre paréntesis) y ninguno de los beneficios será tributable. No use una hoja de trabajo en este caso. Si recibe más de un formulario, una cifra negativa en el recuadro 5 de un formulario compensa una cifra positiva en el recuadro 5 de otro formulario para ese mismo año.

Si tiene alguna duda acerca de esta cifra negativa, comuníquese con la oficina local de la SSA o la oficina regional del RRB.

Declaración conjunta.   Si usted y su cónyuge presentan una declaración conjunta, y su Formulario SSA-1099 o RRB-1099 tiene una cifra negativa en el recuadro 5, pero la de su cónyuge no, reste la cantidad del recuadro 5 de su formulario de la cantidad del recuadro 5 del formulario de su cónyuge. Esto se hace para obtener los beneficios netos al calcular si los beneficios combinados son tributables.

Ejemplo 11. .5. Ejemplo.

Juan y María presentan una declaración conjunta para el año 2007. Juan recibió el Formulario SSA-1099 que muestra $3,000 en el recuadro 5. María también recibió el Formulario SSA-1099 y la cantidad en el recuadro 5 fue ($500). Juan y María anotarán $2,500 ($3,000 menos $500) en concepto de beneficios netos al calcular si alguno de sus beneficios combinados es tributable.

Reintegración de beneficios recibidos en un año anterior.   Si la cantidad total que aparece en el recuadro 5 de todos los Formularios SSA-1099 y RRB-1099 es una cifra negativa, puede reclamar una deducción detallada por la parte de esta cifra negativa que representa los beneficios que usted incluyó en el ingreso bruto de un año anterior.

  Deducción de $3,000 o menos. Si esta deducción es de $3,000 o menos, está sujeta al límite del 2% del ingreso bruto ajustado que corresponde a ciertas deducciones misceláneas detalladas. Reclámela en la línea 23 del Anexo A (Formulario 1040).

   Deducción de más de $3,000. Si esta deducción es mayor de $3,000, usted debe calcular el impuesto de dos maneras:
  1. Calcule el impuesto para el año 2007 con la deducción detallada incluida en la línea 28 del Anexo A.

  2. Calcule el impuesto para el año 2007 en los pasos siguientes:

    1. Calcule el impuesto sin la deducción detallada incluida en la línea 28 del Anexo A.

    2. Para cada año después de 1983 para el cual una parte de la cifra negativa representa una reintegración de beneficios, vuelva a calcular los beneficios tributables como si el total de los beneficios para el año hubiera sido reducido por aquella parte de la cifra negativa. Luego, vuelva a calcular el impuesto para ese año.

    3. Reste el total de las cantidades de impuestos recalculadas en (b) del total de las cantidades de impuestos reales.

    4. Reste el resultado del apartado (c) del resultado del apartado (a).

Compare el impuesto calculado con los métodos (1) y (2). Su impuesto para el año 2007 es la menor de las dos cantidades. Si el método (1) genera menos impuestos, reclame la deducción detallada en la línea 28 del Anexo A (Formulario 1040). Si el método (2) genera menos impuestos, reclame un crédito por la cantidad del paso 2(c), indicado arriba, en la línea 70 del Formulario 1040 y escriba “I.R.C. 1341” al margen izquierdo de la línea 70 . Si ambos métodos generan el mismo impuesto, deduzca el reembolso de la línea 28 del Anexo A (Formulario 1040).

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