Tax Preparation Help  
Publication 579(SP) 2008 Tax Year

2.   Estado Civil para Efectos de la Declaración

Este capítulo le ayuda a determinar qué estado civil debe usar para efectos de la declaración. Los cinco estados civiles para efectos de la declaración son:

  • Soltero.

  • Casado que presenta una declaración conjunta.

  • Casado que presenta una declaración por separado.

  • Cabeza de familia.

  • Viudo calificado con hijo calificado.

Consejo
Si usted reúne los requisitos de más de un estado civil, elija el que le permita pagar menos impuestos.

Usted debe determinar su estado civil para efectos de la declaración antes de que pueda determinar los requisitos para la presentación (vea el capítulo 1), su deducción estándar (vea el capítulo 20) y su impuesto correcto (vea el capítulo 30 de la Publicación 17, en inglés). También utilizará su estado civil para determinar si reúne los requisitos o no para reclamar ciertas deducciones y créditos.

Publicación

  • 501 Exemptions, Standard Deduction, and Filing Information (Exenciones, Deducción Estándar e Información para la Presentación de la Declaración), en inglés

  • 519 U.S. Tax Guide for Aliens (Guía Tributaria sobre los Impuestos Estadounidenses para Extranjeros), en inglés

  • 555 Community Property (Comunidad de Bienes Matrimoniales), en inglés

Estado Civil

Por lo general, su estado civil para efectos de la declaración depende de si a usted se le considera casado o soltero. Para fines del impuesto federal, un matrimonio significa sólo la unión legal entre un hombre y una mujer como marido y mujer.

Personas no casadas.   A usted se le considera no casado durante todo el año si, en el último día de su año tributario, usted no está casado o está legalmente separado de su cónyuge por decreto de divorcio o de manutención por separación. La ley estatal es la que rige al determinar si está casado o legalmente separado por decreto de divorcio o de manutención por separación.

Personas divorciadas.   Si está divorciado por decreto final de divorcio para el último día del año, a usted se le considera no casado por todo el año.

Divorcio y nuevo matrimonio.   Si obtiene el divorcio en un año determinado con el exclusivo fin de que usted y su cónyuge puedan presentar declaraciones de impuesto como solteros y en el momento de efectuarse el divorcio usted y su cónyuge tenían la intención de volverse a casar, y así lo hicieron en el año tributario siguiente, usted y su cónyuge están obligados a presentar la declaración como casados.

Matrimonios anulados.   Si obtiene de un tribunal una sentencia de anulación de matrimonio, estableciendo que no existió matrimonio válido alguno, se le considerará soltero aun si ha presentado declaraciones conjuntas en años anteriores. Tiene que presentar una declaración enmendada (Formulario 1040X, Amended U.S. Individual Income Tax Return (Declaración Enmendada del Impuesto Federal sobre el Ingreso)), en inglés, reclamando su estado civil de soltero o cabeza de familia para cada año tributario afectado por la anulación de matrimonio que no esté excluido por la ley de prescripción para presentar una declaración de impuestos. Por lo general, la ley de prescripción no vence hasta 3 años después de haberse presentado la declaración original.

Cabeza de familia o viudo calificado con hijo dependiente.   Si a usted se le considera soltero, puede presentar la declaración como cabeza de familia o como viudo calificado con hijo dependiente. Vea Cabeza de Familia y Viudo Calificado con Hijo Dependiente, para saber si califica.

Personas casadas.   Si se le considera casado durante todo el año, usted y su cónyuge pueden presentar una declaración conjunta o declaraciones por separado.

Personas consideradas casadas.   A usted se le considera casado durante todo el año si, en el último día de su año tributario, usted y su cónyuge cumplen con cualquiera de las siguientes condiciones:
  1. Ambos están casados y viven juntos como marido y mujer.

  2. Ustedes viven juntos por matrimonio consensual o por matrimonio de hecho reconocido en el estado en que viven o en el estado en que el matrimonio consensual o de hecho comenzó.

  3. Ambos están casados y viven aparte, pero no están legalmente separados por decreto de divorcio o de manutención por separación.

  4. Ambos están separados por un decreto temporal de divorcio. Para propósitos de una declaración conjunta, a usted no se le considera divorciado.

Cónyuge fallecido.   Si su cónyuge falleció durante el año, a usted se le considera casado el año entero para efectos del estado civil en la declaración.

  Si no se ha vuelto a casar antes de terminar el año tributario, puede presentar una declaración conjunta en nombre suyo y de su cónyuge fallecido. También podría tener derecho, durante los dos años siguientes, a los beneficios especiales que se explican más adelante en la sección titulada Viudo Calificado con Hijo Dependiente.

  Si usted se ha vuelto a casar antes de terminar el año tributario, puede presentar una declaración conjunta con su nuevo cónyuge. El estado civil para efectos de la declaración de su cónyuge fallecido será el de casado que presenta una declaración separada para el año en cuestión.

Personas casadas que viven aparte.   Si usted vive aparte de su cónyuge y satisface ciertos requisitos, se le puede considerar soltero. Si esto es aplicable en su caso, puede presentar la declaración como cabeza de familia aunque usted no esté divorciado o legalmente separado. Si reúne los requisitos para presentar una declaración como cabeza de familia, en vez de casado que presenta la declaración por separado, la cantidad correspondiente a su deducción estándar será mayor. Además, el impuesto correspondiente podría ser menor y es posible que pueda reclamar el crédito por ingreso del trabajo. Vea más adelante Cabeza de Familia.

Soltero

Su estado civil para efectos de la declaración es soltero si, el último día del año, usted no está casado o está legalmente separado de su cónyuge por decreto de divorcio o de manutención por separación y usted no reúne los requisitos para otro estado civil. Para determinar su estado civil el último día del año, vea el apartado anterior titulado Estado Civil.

Viudo.   Usted podría declarar el estado civil como soltero si antes del 1 de enero del año 2007 enviudó y no se volvió a casar antes de finalizar ese año. Sin embargo, quizás pueda utilizar otro estado civil que le permita pagar menos impuestos. Vea Cabeza de Familia y Viudo Calificado con Hijo Dependiente, más adelante, para determinar si reúne los requisitos.

Cómo presentar la declaración.   Usted puede presentar el Formulario 1040EZ (si no tiene dependientes, tiene menos de 65 años de edad y no es ciego y cumple con otros requisitos), o presentar el Formulario 1040A o el Formulario 1040. Si presenta el Formulario 1040A o el Formulario 1040, indique su estado civil de soltero marcando el recuadro en la línea 1. Utilice la columna de Soltero en la Tabla de Impuestos o en la Sección A de la Hoja de Trabajo para el Cálculo del Impuesto.

Casados que Presentan una Declaración Conjunta

Puede elegir el estado civil de casado que presenta una declaración conjunta si está casado y usted y su cónyuge deciden presentar una declaración conjunta. En dicha declaración, debe incluir su ingreso combinado y deducir sus gastos combinados permisibles. Puede presentar una declaración conjunta aunque uno de ustedes no tuviera ingresos o deducciones.

Si usted y su cónyuge deciden presentar una declaración conjunta, es posible que su impuesto sea menor que el impuesto combinado de los otros estados civiles. Además, su deducción estándar (si no detalla sus deducciones) podría ser mayor y le ayudaría a satisfacer los requisitos para recibir beneficios tributarios no aplicables a otros estados civiles.

Consejo
Si usted y su cónyuge tienen ingresos, quizá les convendría calcular el impuesto en una declaración conjunta y en declaraciones separadas (usando el estado civil de casado que presenta la declaración por separado). Seleccione el método que les permita pagar la menor cantidad de impuesto combinado.

Cómo presentar la declaración de impuestos.   Si está casado y presenta la declaración conjunta, puede utilizar el Formulario 1040 o el Formulario 1040A. Si no tiene dependientes, tiene menos de 65 años y no es ciego y cumple con otros requisitos, puede presentar el Formulario 1040EZ. Si presenta el Formulario 1040 o el Formulario 1040A, indique este estado civil marcando el recuadro de la línea 2. Utilice la columna para Casado que presenta la declaración conjunta en la Tabla de Impuestos o en la Sección B de la Hoja de Trabajo para el Cálculo de Impuesto para calcular su impuesto.

Cónyuge fallecido durante el año.   Si su cónyuge falleció durante el año, a usted se le considera casado todo el año y puede elegir estado civil de casado que presenta una declaración conjunta. Vea la sección anterior titulada Cónyuge fallecido, para más información.

Personas divorciadas.   Si para el último día del año usted está divorciado de acuerdo a una sentencia definitiva de divorcio, se le considerará soltero durante todo el año y no podrá utilizar la clasificación de casado que presenta declaración conjunta como estado civil para efectos de la declaración de impuesto.

Presentación de la Declaración Conjunta

Usted y su cónyuge deben incluir todos sus ingresos, exenciones y deducciones en la declaración conjunta.

Período contable.   Usted y su cónyuge deben utilizar el mismo período contable, pero pueden usar diferentes métodos contables. Vea Períodos Contables y Métodos Contables, en el capítulo 1.

Responsabilidad conjunta.   Usted y su cónyuge pueden ser responsables, individual y conjuntamente, del impuesto y cualquier interés o multa por pagar en su declaración. Un cónyuge puede ser responsable de todo el impuesto adeudado, aunque dichos ingresos provengan del trabajo del otro cónyuge.

Contribuyente divorciado.   Usted puede ser independiente y conjuntamente responsable de todo impuesto, además de todo interés y multa por pagar, en una declaración conjunta presentada antes de su divorcio. Esta responsabilidad puede ser aplicable aun en el caso en que su decreto de divorcio establezca que su ex cónyuge es responsable de cualquier cantidad adeudada correspondiente a declaraciones de impuesto conjuntas presentadas anteriormente.

Exoneración tributaria en el caso de responsabilidad conjunta.   En algunos casos, en una declaración conjunta uno de los cónyuges puede ser exonerado de la responsabilidad conjunta de impuestos, intereses y multas por partidas correspondientes al otro cónyuge que fuesen declaradas incorrectamente en una declaración conjunta. Usted puede solicitar que lo exoneren de dicha responsabilidad, por pequeña que sea la obligación.

  Hay cuatro tipos de exoneración tributaria:
  1. Exoneración de la responsabilidad tributaria del cónyuge inocente.

  2. Separación de responsabilidades, que corresponde a las personas que presenten una declaración conjunta y que sean divorciadas, viudas, legalmente separadas o que no hayan vivido juntas durante el período de 12 meses que termine en la fecha en que se presente la solicitud de esta exoneración.

  3. Exoneración equitativa.

  4. Exoneración de la responsabilidad tributaria a raíz de la aplicación de las leyes de bienes gananciales.

  Usted debe presentar el Formulario 8857(SP), Solicitud para Alivio del Cónyuge Inocente, o el Formulario 8857, Request for Innocent Spouse Relief, en inglés, para solicitar cualquiera de estas clases de exoneración tributaria. En la Publicación 971, Innocent Spouse Relief (Exoneración del Cónyuge Inocente), en inglés, puede encontrar información detallada sobre este tema, así como sobre quién califica para recibir dicha exoneración.

Firma de la declaración conjunta.   Cada cónyuge está obligado, por lo general, a firmar la declaración; de lo contrario, no se considerará una declaración conjunta.

Si el cónyuge falleció antes de haber firmado la declaración.   Si su cónyuge falleció antes de haber firmado la declaración, el albacea o administrador tiene que firmar la declaración en nombre de dicho cónyuge. Si usted u otra persona aún no ha sido nombrado albacea o administrador, puede firmar la declaración en nombre de su cónyuge y escribir “Filing as surviving spouse” (Declaración como cónyuge sobreviviente) en el espacio donde firma la declaración.

Cónyuge ausente del hogar.   Si su cónyuge se encuentra ausente del hogar, usted debe preparar la declaración, firmarla y enviarla a su cónyuge para que la firme, de manera que pueda presentarla a tiempo.

Impedimento para firmar la declaración debido a enfermedad o lesión.   Si su cónyuge no puede firmar por razón de enfermedad o lesión y le pide a usted que firme, puede firmar el nombre de su cónyuge en el espacio correspondiente en la declaración seguida por las palabras “By” (su nombre), “Husband” (esposo) o “Wife” (esposa). Asegúrese también de firmar en el espacio correspondiente a su firma. Incluya una declaración fechada y firmada por usted, junto con su declaración de impuestos. Esa declaración debería incluir el número del formulario que presente, el año tributario, la razón por la cual su cónyuge no puede firmar dicha declaración y el consentimiento de su cónyuge para que usted firme por él o ella.

Si firma como tutor de su cónyuge.   Si usted es tutor de su cónyuge, el cual se encuentra mentalmente incapacitado, usted puede firmar la declaración por esa persona como tutor.

Cónyuge en zona de combate.   Si su cónyuge no puede firmar la declaración porque está en una zona de combate (como el área del Golfo Pérsico, Yugoslavia o Afganistán), o en áreas calificadas y de alto peligro (Bosnia y Herzegovina, Croacia y Macedonia) y usted no tiene poder legal u otro tipo de autorización escrita, puede firmar por su cónyuge. Adjunte una declaración firmada a su declaración de impuestos en la que explique que su cónyuge está prestando servicios en una zona de combate. Para obtener información adicional sobre las reglas tributarias especiales para personas que están prestando servicios en una zona de combate, o que han sido declaradas desaparecidas en una zona de combate, vea la Publicación 3, Armed Forces' Tax Guide (Guía de Impuestos para las Fuerzas Armadas), en inglés.

Otras razones por las cuales su cónyuge no puede firmar.   Si su cónyuge no puede firmar la declaración por cualquier otra razón, usted puede firmar por él o ella únicamente si se le otorga un poder legal válido (un documento legal en el cual se le autoriza para actuar en nombre de su cónyuge). Adjunte el poder (o una copia de éste) a su declaración de impuestos. Para este propósito, puede utilizar el Formulario 2848, Power of Attorney and Declaration of Representative (Poder Legal y Declaración del Representante), en inglés.

Extranjero no residente o extranjero con doble residencia.   Por lo general, no se puede presentar una declaración conjunta si uno de los cónyuges es extranjero no residente en algún momento durante el año tributario. Sin embargo, si un cónyuge era extranjero no residente o extranjero con doble residencia y estaba casado con un ciudadano o residente de los Estados Unidos al finalizar el año, ambos cónyuges pueden optar por presentar una declaración conjunta. Si decide presentar dicha declaración, a ambos se les considerará residentes de los Estados Unidos durante todo el año tributario. Vea el capítulo 1 de la Publicación 519, en inglés, para obtener información sobre esta opción.

Casados que Presentan Declaraciones Separadas

Si está casado, usted y su cónyuge pueden optar por usar el estado civil de casados que presentan declaraciones separadas. Pueden beneficiarse de este método si quieren responsabilizarse únicamente de su propio impuesto o si dicho impuesto resultara ser menor que el impuesto declarado en una declaración conjunta.

Si usted y su cónyuge no están de acuerdo en presentar la declaración conjunta, es posible que tenga que presentar su declaración por separado a menos que reúna los requisitos para el estado civil de cabeza de familia que se discute a continuación.

Usted puede elegir el estado civil de cabeza de familia si vive aparte de su cónyuge, reúne ciertos requisitos y se le considera soltero (explicado más adelante bajo Cabeza de Familia). Esto es aplicable a usted aunque no esté divorciado o legalmente separado. Si califica para presentar la declaración como cabeza de familia, en vez de casados que presentan declaraciones separadas, es posible que pague menos impuestos y que pueda reclamar el crédito por ingreso del trabajo y otros créditos adicionales. Su deducción estándar será mayor. El estado civil de cabeza de familia le permite escoger la deducción estándar aunque su cónyuge opte por detallar sus deducciones. Para información adicional, vea Cabeza de Familia, más adelante.

Consejo
A menos que usted y su cónyuge tengan que presentar declaraciones separadas, deben calcular su impuesto de las dos maneras (en una declaración conjunta y en declaraciones separadas). De esta manera usted puede asegurarse de utilizar el método mediante el cual pagarán el menor impuesto entre los dos. Sin embargo, por lo general, pagarán un mayor impuesto combinado en declaraciones separadas de lo que pagarían en una declaración conjunta por las razones detalladas en el párrafo sobre Reglas Especiales que aparece más adelante.

Cómo presentar la declaración.   Si presenta una declaración por separado, normalmente declara únicamente su propio ingreso, exenciones, créditos y deducciones en dicha declaración. Puede reclamar una exención por su cónyuge si éste no recibe ingresos brutos y no es dependiente de otro contribuyente. Sin embargo, si su cónyuge recibe algún ingreso bruto o es dependiente de otra persona, usted no puede reclamar la exención a favor de él o ella en su declaración separada.

  Si usted declara sus impuestos como casado que presenta una declaración por separado, puede utilizar el Formulario 1040A o el Formulario 1040. Elija este estado civil marcando el recuadro en la línea 3 de cualquiera de estos formularios. También debe escribir el nombre completo de su cónyuge en los espacios provistos. Asimismo, debe anotar el número de seguro social (SSN) y el número de identificación del contribuyente individual (ITIN) de su cónyuge en los espacios provistos salvo que éste no tenga ninguno de los dos y no esté obligado a tenerlos. Utilice la columna para Casado que presenta por separado en la Tabla de Impuestos o en la Sección C de la Hoja de Trabajo para el Cálculo del Impuesto.

Reglas Especiales

Si opta por usar el estado civil de casado que presenta por separado, las siguientes reglas especiales serán aplicables. Debido a estas reglas especiales, por lo general usted pagará más impuesto en una declaración por separado que lo que pagaría si utilizara otro estado civil bajo el cual califica.

  1. Su tasa de impuesto generalmente será mayor que la de una declaración conjunta.

  2. La cantidad de la exención para calcular el impuesto mínimo alternativo será la mitad de la cantidad permitida para un declarante que presenta declaración conjunta.

  3. No podrá reclamar el crédito por gastos de cuidado de hijos y dependientes en la mayoría de los casos y la cantidad que puede excluir del ingreso en un programa de ayuda del empleador para el cuidado de dependientes es un máximo de $2,500 (en vez de $5,000 si presentara una declaración conjunta). Para más información sobre estos gastos, el crédito y la exclusión, vea el capítulo 16.

  4. No puede reclamar el crédito por ingreso del trabajo.

  5. No puede reclamar la exclusión o crédito por gastos de adopción en la mayoría de los casos.

  6. No puede reclamar los créditos tributarios por enseñanza superior (el crédito Hope y el crédito vitalicio por aprendizaje) o la deducción por intereses sobre un préstamo estudiantil. Tampoco se puede reclamar la deducción por costo de matrícula y gastos escolares.

  7. No puede excluir ningún ingreso de intereses procedentes de un bono de ahorros de los Estados Unidos calificado que haya utilizado para sus gastos de enseñanza superior.

  8. Si vivió con su cónyuge en algún momento durante el año tributario:

    1. No puede reclamar el crédito para ancianos o para personas incapacitadas,

    2. Deberá incluir en sus ingresos más de los beneficios del seguro social o beneficios equivalentes de la jubilación ferroviaria que haya recibido (hasta el 85%) y

    3. No puede reinvertir cantidades de una cuenta de ahorros de jubilación tradicional para individuos (IRA) a una cuenta de ahorros Roth de jubilación. (Roth IRA).

  9. Los siguientes créditos y deducciones se reducen a un nivel de ingreso que constituye la mitad de lo que serían en una declaración conjunta:

    1. El crédito tributario por hijos,

    2. El crédito por contribuciones a ahorros para la jubilación,

    3. Deducciones detalladas y

    4. La deducción por exenciones personales.

  10. Su deducción por pérdida de capital se limita a $1,500 (en vez de $3,000 si usted presentara una declaración conjunta).

  11. Si su cónyuge detalla sus deducciones, usted no puede reclamar la deducción estándar. Si usted puede reclamar la deducción estándar, entonces la cantidad básica de su deducción estándar es la mitad de la cantidad permitida en una declaración conjunta.

Cuentas de ahorros de jubilación para individuos (IRA).   Es posible que no pueda deducir la totalidad o parte de sus contribuciones a una cuenta tradicional de ahorros de jubilación para individuos (conocida por sus siglas en inglés, IRA) si usted o su cónyuge estuviera cubierto por un plan de jubilación durante el año en su trabajo. Su deducción se reduce o se elimina si su ingreso sobrepasa cierta cantidad. Esta cantidad es mucho menor para las personas casadas que presentan la declaración por separado y que vivieron juntas en algún momento del año. Para más información, vea How Much Can You Deduct? (¿Cuánto Puede Deducir?), en el capítulo 17 de la Publicación 17, en inglés.

Pérdidas de actividades de alquiler.   Si usted participó activamente en una actividad pasiva de alquiler de bienes raíces que haya generado una pérdida, normalmente puede deducir la pérdida de su ingreso no pasivo, hasta $25,000. Esto se llama asignación especial. Sin embargo, las personas casadas que presentan una declaración por separado que vivieron juntas en algún momento del año no pueden reclamar esta asignación especial. Las personas casadas que presentan una declaración por separado que vivieron aparte en todo momento durante el año pueden obtener cada una por separado una máxima asignación especial de $12,500 por pérdidas de actividades pasivas de bienes raíces. Vea Límites sobre las Pérdidas de Alquiler en el capítulo 9.

Estados donde rige la ley de bienes gananciales.   Si vive en Arizona, California, Idaho, Luisiana, Nevada, Nuevo México, Tejas, Washington o Wisconsin y presenta una declaración separada, es posible que su ingreso se considere por separado o como bienes gananciales para efectos del impuesto sobre el ingreso. Vea la Publicación 555, en inglés.

Declaración Conjunta Después de Presentar Declaraciones Separadas

Usted puede cambiar su estado civil para efectos de la declaración presentando una declaración enmendada, para lo cual deberá usar el Formulario 1040X.

Si usted o su cónyuge (o ambos) presenta una declaración separada, generalmente puede cambiar a una declaración conjunta en cualquier momento dentro de un plazo de 3 años a partir de la fecha límite para presentar la declaración o declaraciones separadas. Este plazo no incluye prórroga alguna. Una declaración separada incluye una declaración que usted o su cónyuge haya presentado con uno de los tres estados civiles siguientes: casado que presenta la declaración por separado, soltero o cabeza de familia.

Declaraciones Separadas Después de Presentar Declaración Conjunta

Una vez que haya presentado una declaración conjunta, no podrá optar por presentar declaraciones separadas para ese año después de la fecha límite para declarar.

Excepción.   El representante personal de un difunto puede cambiar una declaración conjunta elegida por el cónyuge sobreviviente a una declaración por separado para el difunto. El representante personal tiene hasta 1 año a partir de la fecha de vencimiento de la declaración (incluidas prórrogas) para hacer el cambio. Vea la Publicación 559, Survivors, Executors, and Administrators (Sobrevivientes, Albaceas y Administradores), en inglés, para más información sobre la presentación de la declaración final para un difunto.

Cabeza de Familia

Usted puede presentar la declaración como cabeza de familia si cumple con todos los requisitos siguientes:

  1. Usted es “no casado” o “se le consideraba no casado” en el último día del año.

  2. Pagó más de la mitad del costo de manutención de un hogar durante el año.

  3. Una “persona calificada” vivió con usted en el hogar durante más de la mitad del año (excepto por ausencias temporales, como para cursar estudios). Sin embargo, si la “persona calificada” es su padre o madre dependiente, él o ella no tiene que vivir con usted. Vea la Regla especial para los padres, más adelante, en la sección titulada Persona Calificada.

Consejo
Si reúne los requisitos para presentar la declaración como cabeza de familia, su tasa de impuesto será, por lo general, menor que las tasas para solteros o casados que presentan declaraciones separadas. Usted recibirá, además, una deducción estándar mayor que la que recibe cuando usa el estado civil de soltero o de casado que presenta declaraciones por separado.

Hijos secuestrados.   Por su condición de padre o madre, puede calificar para presentar la declaración como cabeza de familia, aun cuando su hijo haya sido secuestrado. Para más información, vea la Publicación 501, en inglés.

Cómo presentar la declaración de impuestos.   Si usted presenta la declaración como cabeza de familia, puede utilizar el Formulario 1040A o el Formulario 1040. Indique su estado civil para efectos de la declaración marcando el recuadro de la línea 4 en cualquiera de estos formularios. Utilice la columna para Cabeza de familia en la Tabla de Impuestos o en la Sección D de la Hoja de Trabajo para el Cálculo del Impuesto.

Personas Consideradas no Casadas

Para calificar para el estado civil de cabeza de familia, debe ser no casado o considerado no casado el último día del año. A usted se le considera no casado el último día del año tributario si reúne los requisitos siguientes:

  1. Presenta una declaración separada, definida anteriormente en la sección titulada Declaración Conjunta Después de Presentar Declaraciones Separadas.

  2. Pagó más de la mitad de los costos de mantenimiento de su hogar durante el año tributario.

  3. Su cónyuge no vivió con usted en el hogar durante los últimos 6 meses del año tributario. Se considera que su cónyuge ha vivido en el hogar aun si él o ella se ausenta temporalmente debido a circunstancias especiales. Vea más adelante Ausencias temporales bajo Persona Calificada.

  4. Su hogar fue la residencia principal de su hijo, hijastro o hijo de crianza durante más de la mitad del año. (Vea Hogar de una persona calificada bajo Persona Calificada, más adelante, para las reglas que son aplicables al nacimiento o fallecimiento de un hijo o a la ausencia temporal del mismo durante el año).

  5. Debe tener derecho a reclamar una exención por el hijo. Sin embargo, usted cumple con este requisito si no puede reclamar una exención por su hijo solamente porque el padre que no tiene la custodia puede reclamarlo usando las reglas que se describen en Hijos de padres divorciados o separados bajo Hijo Calificado en el capítulo 3 , o en Requisito de Manutención para Hijos de Padres Divorciados o Separados bajo Pariente Calificado del capítulo 3 . Las reglas generales para reclamar la exención por un dependiente se explican en el capítulo 3 bajo Exenciones por Dependientes.

Precaución
Si se le consideraba casado por parte del año y vivió en un estado donde rige la ley de bienes gananciales o matrimoniales (indicados anteriormente bajo la sección titulada Casados que Presentan Declaraciones Separadas), es posible que sean aplicables reglas especiales para determinar su ingreso y sus gastos. Vea la Publicación 555, en inglés, para más información.

Cónyuge extranjero que no es residente.   Se le considera no casado para reclamar el estado civil de cabeza de familia si su cónyuge fue extranjero no residente en alguna parte del año y usted no opta por tratar a su cónyuge no residente como extranjero residente. Sin embargo, su cónyuge no lo califica a usted para propósitos del estado civil de cabeza de familia. Usted debe tener otra persona calificada y reunir los demás requisitos necesarios para poder presentar la declaración como cabeza de familia.

Crédito por ingreso del trabajo.   Aun si se le considera a usted no casado para propósitos del estado civil de cabeza de familia porque está casado con un extranjero no residente, todavía se le considera casado para propósitos del crédito por ingreso del trabajo (a menos que usted cumpla con los cinco requisitos indicados anteriormente). Usted no tiene derecho al crédito a menos que presente una declaración conjunta con su cónyuge y reúna otras condiciones. Vea la Publicación 596SP, Crédito por Ingreso del Trabajo, para más información.

Elección de tratar al cónyuge como residente.   Se le considera casado si ha optado por tratar a su cónyuge como extranjero residente.

Personas que Mantienen una Vivienda

Para tener derecho a reclamar el estado civil para la declaración de cabeza de familia, debe pagar más de la mitad de los gastos de mantener un hogar durante el año. Para determinar si usted pagó más de la mitad del costo de mantener un hogar, use la hoja de cálculo que aparece más adelante.

Gastos que se incluyen.   Incluya en los gastos de mantenimiento gastos tales como alquiler, intereses hipotecarios, impuestos sobre bienes raíces, seguro de la vivienda, reparaciones, servicios públicos y alimentos consumidos en el hogar.

Si usó pagos recibidos bajo el programa Temporary Assistance for Needy Families (Asistencia Temporal para Familias Necesitadas, conocido por sus siglas en inglés, TANF) u otros programas de asistencia pública a fin de pagar parte del costo de mantener su vivienda, no los puede incluir como dinero que haya pagado. Sin embargo, debe incluirlos en la totalidad del costo de mantener su vivienda para calcular si pagó más de la mitad del costo.

Gastos que no se incluyen.   No incluya en los gastos de mantenimiento gastos tales como ropa, educación, tratamiento médico, vacaciones, seguro de vida o gastos de transporte. Tampoco incluya el valor del alquiler de una vivienda de la cual usted es dueño absoluto ni el valor de los servicios prestados por usted o por un miembro de su hogar.

Tabla Costo de mantener la unidad familiar. Gastos de manutención de la vivienda

       
    Cantidad que usted pagó Gasto total
Impuestos sobre la propiedad $ $
Gasto por intereses hipotecarios
Alquiler
Gastos de servicios públicos
Mantenimiento y reparaciones
Seguro de la propiedad
Alimentos consumidos en el local
Otros gastos del hogar
Total $ $
Menos: La cantidad total que usted pagó   ( )
Cantidad que otras personas pagaron   $
Si el total de lo que usted pagó es más de lo que otros pagaron, usted reúne el requisito de pagar más de la mitad del mantenimiento de la vivienda.

Persona Calificada

Vea la Tabla 2-1 para determinar quién es una persona calificada.

Toda persona no descrita en la Tabla 2-1 no es una persona calificada.

Hogar de una persona calificada.   Por lo general, la persona calificada debe vivir con usted durante más de la mitad del año.

Regla especial para los padres.   Si la persona calificada es su padre o madre, puede tener derecho al estado civil de cabeza de familia al presentar su declaración, aunque su padre o madre no viva con usted. Sin embargo, debe poder reclamar una exención por su padre o madre. También tiene que pagar más de la mitad de los gastos de mantener un hogar que fue el hogar principal de su madre o padre durante todo el año. Usted mantiene un hogar principal para su padre o madre si paga más de la mitad de los gastos de mantenimiento de su padre o madre en un asilo o residencia para ancianos.

Ausencias temporales.   Se considera que usted y la persona calificada residen en el mismo hogar aun en el caso de una ausencia temporal suya, de la otra persona o de ambas, debido a circunstancias especiales, tal como enfermedad, educación, negocios, vacaciones o servicio militar. Debe ser razonable suponer que la persona ausente volverá al hogar después de la ausencia temporal. Usted debe continuar manteniendo el hogar durante la ausencia.

Muerte o nacimiento.   Es posible que pueda presentar la declaración como cabeza de familia si la persona que lo califica para este estado civil nace o muere durante el año. Usted debe haber provisto más de la mitad del costo de mantener un hogar que fue la residencia principal de la persona durante más de la mitad del año o, en el caso de ser menos tiempo, el período durante el cual la persona vivió.

Ejemplo 2. .1. Ejemplo.

Usted es no casado. Su madre, por la cual usted puede reclamar una exención, vivía sola en un apartamento. Ella falleció el 2 de septiembre. El costo de mantener su apartamento durante el año hasta su muerte era de $6,000. Usted pagó $4,000 y su hermano pagó $2,000. Su hermano no hizo ningún otro pago para la manutención de su madre. Su madre no tuvo ingresos. Debido a que pagó más de la mitad del costo de mantener el apartamento de su madre desde el 1 de enero hasta su muerte, y puede reclamar una exención por ella, puede presentar la declaración como cabeza de familia.

Viudo Calificado con Hijo Dependiente

Si su cónyuge falleció en el año 2007, usted puede utilizar el estado civil de casado que presenta una declaración conjunta para el año 2007 si satisface los otros requisitos para utilizar dicho estado civil para efectos de la declaración. El año de fallecimiento es el último año para el cual puede presentar una declaración conjunta con su cónyuge fallecido. Vea la sección anterior, Casados que Presentan una Declaración Conjunta.

Es posible que pueda presentar su declaración utilizando el estado civil de viudo calificado con hijo dependiente durante los dos años siguientes al año del fallecimiento de su cónyuge. Por ejemplo, si su cónyuge falleció en el año 2006 y usted no se ha vuelto a casar, quizás pueda reclamar este estado civil para efectos de la declaración para los años 2007 y 2008.

Este estado civil le da el derecho de usar las tasas impositivas para la declaración conjunta y la deducción estándar máxima (si no detalla sus deducciones). Dicho estado civil no le da el derecho de presentar la declaración conjuntamente.

Cómo se presenta la declaración.   Si usted presenta la declaración como viudo calificado con hijo dependiente, puede usar el Formulario 1040A o el Formulario 1040. Indique su estado civil para la declaración marcando el recuadro 5 de cualquiera de los dos formularios. Para determinar su impuesto, utilice la columna correspondiente a Casados que presentan la declaración conjuntamente, la cual aparece en la Tabla del Impuesto, o en la Sección B de la Hoja de Cálculo del Impuesto.

Requisitos.   Tiene derecho a presentar la declaración del año 2007 como viudo calificado con hijo dependiente si cumple con todos los requisitos siguientes:
  • Tenía derecho a presentar una declaración conjunta con su cónyuge para el año en que éste falleció. No importa si usted de hecho llegó a presentar una declaración conjunta.

  • Su cónyuge falleció en el año 2005 o en el año 2006 y usted no se volvió a casar antes de terminar el año 2007.

  • Tiene un hijo o hijastro por el cual usted puede reclamar una exención. Esto no incluye a un hijo de crianza.

  • Este hijo vivió en su hogar durante todo el año, a excepción de ausencias temporales. Vea Ausencias temporales, anteriormente, bajo Persona Calificada. También hay excepciones, las cuales se describen más adelante, que corresponden a un hijo que nació o murió durante el año y a un hijo secuestrado.

  • Pagó más de la mitad del costo de mantener un hogar durante el año. Vea Personas que Mantienen una Vivienda, anteriormente, bajo Cabeza de Familia.

Tabla Tabla para determinar quién es una Persona Calificada paraPresentar la Declaración como Cabeza de Familia. Tabla 2-1. ¿Quién le Da Derecho a Presentar la Declaración como Cabeza de Familia? 1

Aviso:Vea el texto de este capítulo para los demás requisitos que usted debe reunir para reclamar el estado civil para efectos de la declaración de cabeza de familia.
SI la persona es su . . . Y . . . ENTONCES esa persona . . .
hijo calificado (tal como un hijo o un nieto que vivió con usted durante más de la mitad del año y reúne otros requisitos) 2 él o ella es soltero es una persona calificada, independientemente de si usted puede o no reclamar una exención por dicha persona.
él o ella está casado y usted puede reclamar una exención por él o ella es una persona calificada.
él o ella está casado y usted no puede reclamar una exención por él o ella no es una persona calificada. 3
pariente calificado 4 que sea su padre o madre usted puede reclamar una exención por él o ella 5 es una persona calificada. 6
usted no puede reclamar una exención por él o ella no es una persona calificada.
 
pariente calificado 4 que no sea su padre o madre (tal como un abuelo o hermano que reúne ciertos requisitos) él o ella vivió con usted durante más de la mitad del año y él o ella es uno de los parientes mencionados en Parientes que no tienen que vivir con usted en el capítulo 3, y usted puede reclamar una exención por él o ella 5 es una persona calificada.  
él o ella no vivió con usted durante más de la mitad del año no es una persona calificada.  
él o ella es uno de los parientes mencionados en Parientes que no tienen que vivir con usted en el capítulo 3, y es su pariente calificado sólo por vivir con usted todo el año como miembro de su unidad familiar no es una persona calificada.  
usted no puede reclamar una exención por él o ella no es una persona calificada.  
1 Una persona no puede calificar a más de un contribuyente para poder usar el estado civil de cabeza de familia para la declaración en el año.  
2El término “hijo calificado” se define en el capítulo 3. Aviso: Si usted es padre o madre sin custodia, el término “hijo calificado” para el estado civil de cabeza de familia no incluye a un hijo que sea su hijo calificado para propósitos de una exención tributaria debido solamente a las reglas descritas bajo Hijos de padres divorciados o separados bajo Hijo Calificado, en el capítulo 3. Si usted es el padre o la madre que tiene custodia y le corresponden estas reglas, el hijo generalmente es su hijo calificado para el estado civil de cabeza de familia aunque el hijo no sea un hijo calificado por el cual usted puede reclamar una exención.  
3Esta persona es una persona calificada si la única razón por la cual usted no puede reclamar la exención es que usted puede ser reclamado como dependiente en la declaración de otra persona.  
4El término “pariente calificado” se define en el capítulo 3.  
5Si usted puede reclamar una exención por una persona sólo porque existe un acuerdo de manutención múltiple, dicha persona no es
una persona calificada. Vea la sección titulada Acuerdo de Manutención Múltiple, en el capítulo 3.
 
6Vea Regla especial para los padres en este capítulo para un requisito adicional.  

Precaución
Como se menciona anteriormente, este estado civil se puede utilizar solamente durante los dos años siguientes al año del fallecimiento de su cónyuge.

Ejemplo 2. .2. Ejemplo.

La esposa del Sr. Juan Rodríguez falleció en el año 2005. El Sr. Rodríguez no se ha vuelto a casar. Durante los años 2006 y 2007, él continuó manteniendo un hogar para él y su hijo (que vive con él y por el cual puede reclamar una exención). En el año tributario 2005, él tenía derecho a presentar una declaración conjunta para sí mismo y su esposa fallecida. En los años 2006 y 2007 tiene derecho a presentar una declaración como viudo calificado con hijo dependiente. Después del año 2007, él puede reclamar el estado civil de cabeza de familia si reúne los requisitos para dicho estado civil.

Muerte o nacimiento.   Usted puede reunir los requisitos para presentar una declaración como viudo calificado con hijo dependiente si el hijo que lo califica a usted para este estado civil nace o muere durante el año. Debe haber provisto más de la mitad del costo de mantener un hogar que fue la residencia principal del hijo durante toda la parte del año durante el cual el hijo estuvo vivo.

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